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El Tribunal Superior de Galicia condena a la Xunta a pagar 32.000 por el retraso del diagnóstico de una anciana que falleció

Vista general del hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.

elDiario.es Galicia

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado una condena de casi 32.000 euros que deberá abonar el Servizo Galego de Saúde (Sergas) por retrasarse al diagnosticar a una anciana que falleció en septiembre de 2018 en el hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo. La sentencia desestima el recurso de apelación presentado por la Xunta contra una resolución anterior de un juzgado de Vigo que concluía que hubo un “funcionamiento anormal” en la atención que recibió la mujer, que falleció pocos días después.

Los jueces recogen en la sentencia que la anciana fue urgencias el 8 de mayo de 2018 por un dolor abdominal localizado. Se le hizo un TAC en el que no se apreciaba “patología abdominal” y se hizo una intervención para extraer una acumulación de heces que se había detectado, tras lo que la mujer recibió el alta. Unos meses después, el 21de septiembre de 2018, acudió de nuevo a urgencias por un dolor abdominal difuso generalizado de varios días de evolución. El tratamiento fue un enema de limpieza. La mujer recibió de nuevo el alta, pero do días después volvió a urgencias y entonces se le detectó una perforación intestinal.

A partir de este momento, se le aplicaron “medidas de confort” y los sanitarios le explicaron a la hija de la mujer que el cuadro era irreversible si no se hacía una operación. Finalmente la anciana falleció tres días después por una diverticulitis de colon con perforación y absceso. Su hija presentó denuncia porque consideró que el diagnóstico no se hizo a tiempo y esto provocó un retraso en el tratamiento quirúrgico.

El TSXG cree que “existen elementos probatorios suficientes” en el expediente administrativo, la historia clínica y el informe pericial practicado para deducir que “no se pusieron a disposición” de la paciente “todos los medios” de la sanidad pública para detectar, “con antelación suficiente”, la perforación intestinal que “finalmente determinó su fallecimiento”. Agrega que la atención, en especial en la segunda ocasión en la que acudió a urgencias, “no se adecuó a las exigencias derivadas de los alarmantes signos externos y datos clínicos”. La sentencia considera que era necesario un TAC en ese momento, que habría permitido ver la perforación intestinal. Las pruebas, concluye, “revelan la concurrencia de una mala praxis por error de diagnóstico en una fase relevante del proceso asistencial”.

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