MCyP recurre la sentencia de Cocheras “por fundamentarse en un artículo inconstitucional”
La batalla judicial por la protección o no de las Cocheras de Metro en Cuatro Caminos reabre en uno de sus dos frentes: la asociación Madrid Ciudadanía y Patrimonio (MCyP) no acepta la sentencia del TSJM que impidió la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) para este entorno y dejó despejada por el lado patrimonial la operación inmobiliaria que levantará varios edificios residenciales, gestionados por la cooperativa Metropolitan.
“Recurrimos a la sala de casación del TSJM, porque la sentencia se fundamenta en un artículo inconstitucional”, señala MCyP. Y añade que este fallo “se fundamenta jurídicamente en el artículo 2.2. de la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico que define que Serán Bienes de Interés Cultural los bienes que, formando parte del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid, tengan un valor excepcional y así se declaren expresamente”. La asociación defensora del patrimonio añade que “la excepcionalidad se argumenta repetidamente a lo largo de la sentencia, por lo que el TSJM estimaba que el margen discrecional de la Dirección General de Patrimonio a la hora de decidir no proteger las Cocheras era jurídicamente oportuno en base a esa definición”.
“Dicho artículo fue expulsado del ordenamiento jurídico en 2014, siendo declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, por lo que la sentencia de enero no se ajusta a derecho desde nuestro punto de vista y nuestro equipo jurídico.”, concluye MCyP a la hora de argumentar su recurso en casación, al considerar que la decisión del TSJM podría quedar invalidada por tal motivo.
Este nuevo movimiento judicial, que sigue su periplo en el TSJM (en principio MCyP indicó que recurría al Tribunal Supremo, cosa que luego rectificó) se une a los cientos de alegaciones al Plan Parcial del Ayuntamiento para el entorno, presentadas por vecinos y asociaciones que se oponen a la construcción de seis edificaciones, entre ellas una torre de 31 plantas.
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