Multa para la operación asfalto de Botella por vulnerar la ley electoral
La Junta Electoral de Madrid ha sancionado a la alcaldesa, Ana Botella, con una multa de seiscientos euros porque su 'operación asfalto' vulnera la ley electoral al haber dado comienzo dentro del plazo en el que se prohíbe realizar este tipo de actos para evitar el condicionamiento del voto de los electores.
Los miembros de la Junta consideran, por cuatro votos a favor y uno en contra, que el acto de inauguración el pasado 25 de abril de la 'operación asfalto' es constitutivo de una infracción prevista en el artículo 50.3 de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral GeneralLey Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General, ya que no era necesaria «una inauguración formal publicada en los medios» y que este llamamiento a la prensa «constituye una injerencia en el proceso electoral».
Como consecuencia, se ha establecido para Ana Botella una multa de 600 euros, dentro de un baremo que oscila entre los 300 y los 3.000 euros de multa para autoridades y funcionarios, según el artículo 153 de la mencionada ley. Sin embargo, el Ayuntamiento ya ha anunciado que recurrirá esta resolución.
Según fuentes municipales, «la operación asfalto se lleva haciendo 25 años en el Ayuntamiento y el Consitorio no puede parar porque haya unas elecciones». Además, han alegado que se trataba de una simple visita a las obras, no de una inauguración, y que «tenía que empezarse cuando las condiciones climatológicas lo permitieran», situación que no fue posible hasta abril.
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