Prohibido aparcar en Madrid centro este 28 de diciembre por alta polución
No es una inocentada. La alta contaminación registrada durante el día 26 de diciembre y las malas previsiones para esta semana han hecho que el Ayuntamiento prohíba el aparcamiento de no residentes en toda la almendra central, medida prevista en el Escenario 2 del protocolo contra la polución municipal.
La medida permanecerá activa durante todo el horario del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) y durante todo el día de las APPS y los parquímetros informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar en la zona SER y no se expenderán tiques.
Hasta cinco estaciones de medición superaron los niveles máximos tolerados de contaminación el 26 de diciembre. Se trata de las situadas en Plaza de España, Escuelas Aguirre, Ramón y Cajal, Cuatro Caminos, Barrio del Pilar, Castellana, Plaza de Castillas y San Chinarro. El protocolo prevé que se llega al nivel de aviso que obliga a activar el escenario 2 cuando se superan los 200 microgramos/m3 de dióxido de nitrógeno durante dos horas seguidas en al menos dos estaciones de la misma zona.
De no tener efecto las medidas anticontaminación anunciadas, los actuales niveles de polución y las previsiones indican que esta semana sería posible activar por primera vez las restricciones a la circulación de coches en el centro de Madrid (además de las ya existentes en la Gran Vía).
El Ayuntamiento ya se vio en una situación similar a inicios del mes de noviembre y podría haber ejecutado la medida el día 1 de ese mes, pero prefirió no hacerlo para facilitar la vuelta del Puente de todos los Santos.
Este miércoles 28 de diciembre las restricciones serán:
- Prohibición de estacionamiento de vehículos de no residentes en toda la zona SER durante su horario de funcionamiento.
- Limitar la velocidad en la M-30 a 70 km/h y en las carreteras de acceso a Madrid (a partir de la M-40).
- Medidas de promoción del transporte público
Medidas que podrían también aplicarse el día 29 de diciembre si la contaminación no disminuye:
- Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (área interior de la M-30) de todos los vehículos cuya matrícula acabe en número par (excepto transporte público, transporte escolar, vehículos comerciales, ciclomotores, motos, bicicletas, vehículos “cero emisiones”, de personas con movilidad reducida y servicios esenciales).
- Se recomienda la no la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central.
De la prohibición de circular estarían exentos:
- Transporte público colectivo.
- Bicicletas.
- Vehículos de alta ocupación (tres personas mínimo).
- Vehículos que dispongan del distintivo “cero emisiones” establecido por la DGT7 y lo exhiban en lugar visible.
- Vehículos híbridos o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido.
- Vehículos de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
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