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Murcia y aparte es un blog de opinión y análisis sobre la Región de Murcia, un espacio de reflexión sobre Murcia y desde Murcia que se integra en la edición regional de eldiario.es.

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Abuso, no agresión: sentencia de la violación grupal de Manresa

Juristas: el caso de Manresa apuntala la necesidad de cambiar el Código Penal

Noelia Garberí

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No me puedo creer que esté pasando otra vez.

La sección 22 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco de los acusados de la violación por turnos de Manresa a penas de entre 10 y 12 años de prisión por abuso sexual con agravante por ser menor. Se tipifica como abuso porque debido al estado de la victima no hubo violencia … ¿Cómo? ¿No es violencia que usen tu cuerpo como quieran en turnos de 15 minutos? No es una cuestión de años, sino de llamar a las cosas por su nombre.

Además, sorprende este cambio de agresión a abuso y la absolución del delito de amenazas. La víctima, que en aquel momento tenía 14 años, en las sesiones de julio declaró que uno de los acusados (Bryan Andrés, el que comenzó la cadena de violaciones) tenía una pistola y se sintió intimidada por lo que accedió al chantaje de hacerles una felación a él y a Maikel Pascual. ¿No es intimidación eso? ¿Se puede practicar una felación estando inconsciente? ¿Cómo han resuelto estas contradicciones los magistrados? Por otro lado ¿Qué ha pasado con los testigos que aseguraban haber sido coaccionados para no decir nada?

En la sentencia queda recogido que Marco Antonio, otro de los violadores, tenía en las manos “algo que parecía una pistola” y el Tribunal cree que no se puede saber “con certeza si aquello que la víctima dijo que iba recordando acerca de lo que ocurrió, los flashes de ciertas escenas que mencionó, son efectivamente una rememoración tardía de las percepciones sensoriales conservadas en la memoria o fruto de la interiorización del relato sentido por otras personas”. O sea, que no la creen. Otra vez lo mismo de siempre.

Dos años más tarde la víctima sigue en tratamiento psicológico y lo que igual les cuesta entender a estos magistrados es que tanto a ella como a sus familiares los 12.000 euros de la indemnización por considerar que “el ataque a la indemnidad sexual de la víctima fue extremadamente intensa y especialmente denigrante, y además, se produjo sobre una menor que se encontraba en situación de desamparo” les da exactamente igual. Que no todo se paga con dinero y que hay cosas que no tienen precio porque no eres un objeto, eres una persona y no estás ahí (inerte o no) para satisfacer los deseos de nadie. Y eso es lo que no consiguen meterse en sus cabezas.

Da igual que estés inconsciente o consciente, que se aprovechen de ti en turnos al grito de “te toca a ti” es violencia porque tu cuerpo es solo tuyo incluso cuando no puedes pronunciarte. De ahí la famosa frase de 'Solo sí es sí'.

En julio del 2018 el gobierno del PSOE anunció una reforma del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que la calificación no dependa de la interpretación de los jueces. Se propuso la desaparición de abuso y agresión sexual y que se considere violación cualquier agresión sexual con penetración, reforma que aún no se ha producido.

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