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Murcia y aparte es un blog de opinión y análisis sobre la Región de Murcia, un espacio de reflexión sobre Murcia y desde Murcia que se integra en la edición regional de eldiario.es.

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Okupas

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La constitución establece, en su artículo 47 que “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación…”.

Hay personas en España, tanto españoles como extranjeros sin la ciudadanía nacional, que no tienen acceso a la “vivienda digna y adecuada” que establece la constitución.

Hay inmuebles no utilizados como vivienda habitual por sus propietarios. Esto incluye tanto segundas viviendas de ciudadanos particulares como construcciones vacías pertenecientes a bancos y otras instituciones.

Dado el progresivo incremento de valor de los bienes inmuebles, las viviendas habituales, y muy especialmente los inmuebles no habitados, son susceptibles de ser usados para la especulación por parte de sus propietarios.

Si los poderes públicos tienen la obligación de evitar la especulación con los bienes inmuebles, esta obligación se hace más acuciante al haber gente sin casa que se ve excluida del acceso a la vivienda por el alto precio de esta, debido en parte dicha especulación.

Ante esta situación y la percepción de inacción (o acción insuficiente) por parte del estado para remediarla, algunas personas han optado por “okupar” viviendas vacías, arrogándose a título particular la implementación del derecho que les atribuye el artículo 47 de la constitución. En esto proceden de acuerdo con la tradición de “El Alcalde de Zalamea”, donde el rey dice “que errar lo menos no importa si así acertó lo principal”. En esta obra plantea Calderón que si la autoridad competente no administra justicia, es lícito atribuirse la ejecución de esta a título particular, aún a costa de violar los procedimientos legales del estado. Esta dinámica cuenta con el apoyo de una parte de las fuerzas políticas y de sectores de la población.

Atribuirse la ejecución de la justicia (como entidad abstracta o concretada en la constitución) en contra de la ley es un movimiento peligroso. El sistema legal está limitado por una serie de procedimientos que pretenden evitar errores y perversiones que deriven en la producción de injusticias cuando se pretende actuar justamente. Actuar fuera de la ley elimina estas garantías y, la historia nos enseña que suele acabar haciendo más daño que beneficio.

Además, en el caso de los “okupas”, se superponen los roles de juez y parte interesada, logrando los individuos que se ponen por encima de la ley en nombre de la justicia un beneficio personal en forma de vivienda. El conflicto de intereses que se plantea incapacitaría a una persona para tomar estas decisiones incluso si se respetasen el resto de garantías procesales que reconoce la ley, mucho más si encima el potencial vicio de la voluntad se despliega fuera de la ley.

En la práctica, surgen mafias que se enriquecen a costa de asaltar viviendas y cobrar a las personas a las que facilitan la “okupación” y/o a los dueños legales que quieren recuperar su propiedad. Es mi opinión que la proliferación de mafias cuando se mueven intereses económicos fuera de la ley no es un accidente ni una anomalía en este tipo de procedimientos, sino la consecuencia lógica y esperable de ello.

Otro elemento importante a tener en cuenta cuando los “okupas” se apropian de una vivienda es que alguien sale perjudicado, el legítimo propietario del inmueble. Las leyes que deben garantizar el derecho a la vivienda deben, a la vez, garantizar el derecho a la propiedad privada y evitar que el ejercicio de un derecho conduzca al avasallamiento del titular de otro derecho. El Estado debe encontrar un punto de equilibrio entre derechos contrapuestos y, si este punto de equilibrio se encuentra sesgado hacia una parte debe modificarse dentro del sistema legal, no conducir a la anulación de dicho sistema.

En momentos históricos puntuales se ha impuesto la percepción de que el sistema legal no funciona, que está muy sesgado hacia la defensa de una parte de la sociedad frente al resto, o que es ineficaz. En esos momentos pueden surgir revoluciones, cambios bruscos de sistema legal, frecuentemente acompañados de baños de sangre. Ante la caída del sistema legal, frecuentemente la autoridad queda encarnada por un único individuo que ofrece la esperanza de la restauración de la justicia. Si bien se puede argumentar que en ocasiones estos dictadores han beneficiado a la comunidad (Augusto siendo un aparente ejemplo de esto), en la mayoría de los casos aparece un Robespierre o un Stalin, un hombre que, no constreñido por leyes, tradiciones ni por la moral tradicional tiraniza al pueblo en nombre de alguna forma de justicia.

Personalmente, soy partidario de las formas democráticas (por imperfectas que sean) y del imperio de la ley. A pesar del descrédito actual de las instituciones del estado (no sólo, pero especialmente en España) estas son los baluartes que nos separan de la barbarie. En un país donde una parte importante de las fuerzas políticas y de la ciudadanía no siente que el marco legal sea adecuado para el funcionamiento de la sociedad, se hace necesario modificar aspectos de este. Sin embargo, me parece que la evolución desde dentro del sistema, por difícil que parezca, es preferible a romper la baraja y, como dicen los ingleses “tirar al bebé junto al agua del baño”, destruir todo lo que tiene de valioso el marco de convivencia. Aún estamos a tiempo.

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