Artistas y juristas piden liberar a la presa del GRAPO María José Baños a un año de cumplir condena: “Su salud es crítica”
“O te arrepientes o te vas a morir aquí”. Con estas palabras se dirigió supuestamente a la presa del GRAPO María José Baños, de 61 años, un funcionario de tratamiento penitenciario de Murcia II (Campos del Río) donde cumple condena, relata al otro lado del teléfono su abogada Alejandra Matamoros. “Son conscientes de su delicado estado de salud, de lo mal que está, de que no puede prácticamente moverse y de que no tiene fuerzas ni para acudir a las comunicaciones familiares; no la quieren soltar y le queda menos de un año para cumplir condena”. Cuenta tajante Matamoros, su abogada desde hace dos años y letrada también de Marcos Martín Ponce, pareja de María José, igualmente preso del GRAPO en el mismo penal y en huelga de hambre desde hace diez días para exigir la hospitalización y libertad provisional de su mujer.
Baños, de una familia murciana emigrada a Francia, fue condenada por su participación en actividades terroristas vinculadas al GRAPO (Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre) en 2002. Aunque pasó por distintos penales españoles desde 1992 al año 2000. Como ella relata en una carta fue entre rejas donde entró en contacto con presos políticos. “A primeros de mayo de 2001 me incorporé en un comando de los GRAPO, plenamente consciente, orgullosa y convencida”, escribe. En 2002 fue detenida en Vitoria por integración en banda terrorista.
Diagnosticada de VIH “en estado avanzado” junto con una trombocitopenia crónica (recuento bajo de plaquetas), desnutrición calórica severa, claudicación intermitente grave (enfermedad arterial), hepatitis C y otras patologías, según la plataforma que pide su liberación, “se le está retirando medicación de forma arbitraria y sin ofrecer ninguna explicación médica”, aseguran en un comunicado desde PRES.O.S., que ha lanzado un manifiesto de apoyo firmado ya por más de medio centenar de artistas para denunciar lo que entienden como “una negación sistemática de sus derechos básicos”. Entre los firmantes se encuentran nombres como los de Javier Bardem, Luis Tosar, Nacho Vegas, Willy Toledo o Pablo Hasel.
María José arrastra estos problemas de salud, “desde hace décadas; el VIH se lo detectaron hace más de veinte años y durante el tiempo que ha pasado en la cárcel se le han ido sumando otras patologías”, cuenta Alejandra Matamoros. “El problema es que en la cárcel de Campos del Río, y en otras en las que ha estado, no recibe siempre el tratamiento médico adecuado y ha pasado muchos periodos sin medicación”.
Negligencia o “práctica deliberada”
Cuando pasa en “repetidas” ocasiones, apunta, “empiezas a creer que no es una negligencia, sino una práctica deliberada”. La última vez que sucedió, anota, fue hace menos de un año “después de que la Audiencia Nacional nos denegara la libertad condicional por falta de arrepentimiento; se quedó dos semanas sin las pastillas para el corazón”.
“Se pasa el día en la celda, casi todo el tiempo en la cama; no puede caminar más de 300 metros sin cansarse”, relata Alejandra. Hace dos semanas tuvieron que hospitalizarla en la enfermería de Campos del Río “y suministrarle suero, porque tenía las constantes vitales muy bajas”. Una situación, el estado de salud de Baños, “acreditada por informes médicos en los que se le concede un 69 por ciento de discapacidad”.
Entre las peticiones de su defensa y su entorno, y que han motivado la huelga de hambre de su marido, Marcos Martín Ponce, “pedimos que pueda acudir al hospital para que le hagan revisiones más exhaustivas y revisen su medicación, lleva un año sin ir y en este tiempo ha empeorado mucho”. Ponce, que se encuentra en su décimo día de huelga de hambre, ha perdido ya seis kilos. “No está consumiendo absolutamente nada sólido, ni líquido, salvo agua; ni toma suplementación ni vitaminas de ningún tipo”, apunta Alejandra Matamoros al tiempo que recuerda que “lo máximo que aguanta el cuerpo humano sin comer son entre 40 y 60 días”.
María José “ha estado en un estado muy crítico”, se queja su abogada quien añade que “ni siquiera” la dejaron ver a su cliente cuando estuvo ingresada: “Me personé para visitarla a ella y a Marcos, pero no me dejaron; es cierto que no había horario de visita, pero era un motivo de urgencia”. No es, argumenta, el procedimiento habitual y fue “ridículo” y “notoria” la vulneración de sus derechos. “Me pidieron que acreditara la urgencia de la visita cuando sabían perfectamente que mi cliente estaba ingresada en la enfermería”
“También pedimos que si la trasladan lo hagan en un vehículo medicalizado y no en uno policial, en el que tiene que ir atada por detrás para cumplir los protocolos, los espacios son muy reducidos y los trayectos pueden durar hasta dos horas; demasiado para una mujer que no puede ni caminar”.
“No estamos pidiendo nada fuera de lo normal, la medida de gracia lo prevé en el reglamento si se han cumplido al menos las tres cuartas partes de la condena y ha habido buen comportamiento” y, según su abogada, cumple ambos requisitos.
La falta de arrepentimiento
La defensa de Baños ha pedido la libertad condicional por su situación médica, “pero tuvimos que solicitar previamente la progresión de grado y la junta se lo denegó por falta de arrepentimiento; la cuestión es que estamos reclamándolo por motivos humanitarios”, insiste.
Según Matamoros, Baños se encuentra anímicamente “muy mal” y está “muy preocupada porque sabe que en cualquier momento su cuerpo puede volver a colapsar y volver a la enfermería”.
Además del manifiesto firmado por representantes del mundo de la cultura, otro medio centenar de firmas del ámbito jurídico y médico se han unido a las reclamaciones del entorno de María José Baños. “Se le ha denegado el tercer grado y la libertad condicional, no por razones de peligrosidad, riesgo de reincidencia o criterios médicos, sino exclusivamente por motivos de arrepentimiento ideológico”, señalan en su manifiesto. Una postura que, según escriben, “vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en su artículo 3, al someterla a un trato inhumano y degradante, el artículo 2, al generar un riesgo real para su vida, y el 8, al impedirle afrontar el deterioro de su salud en condiciones de dignidad”.
Suspensión de la privación de libertad por enfermedad
Según la instrucción 06-2018 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, hay dos supuestos para tramitar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por enfermedad muy grave. El primero de ellos hace referencia a la existencia de un riesgo inminente y muy claro para la vida del interno. En ese caso, el procedimiento es directo. El médico que evalúa la situación clínica del paciente, si considera que la enfermedad es muy grave e incurable con peligro patente para la vida del interno, traslada la información al director del centro penitenciario, y de ahí pasa al juzgado de vigilancia penitenciaria para resolver el expediente.
En el segundo supuesto, en el que no hay un riesgo tan inminente pero sí un padecimiento incurable, el médico responsable comunica la situación al director del centro penitenciario y en la junta de tratamiento se estudia si concurren los requisitos que han de darse para obtener el tercer grado, indispensable para iniciar el expediente de libertad condicional.
A este respecto, la abogada Alejandra Matamoros señala que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos “entiende que con que haya enfermedad incurable, que cause sufrimiento en la cárcel es posible la excarcelación”.
Coincide María Molina, abogada penalista de la Asociación Libre de Abogados: “A Baños se le denegó la progresión al tercer grado por falta de arrepentimiento ideológico, pero no está recogido en la ley; se pide la excarcelación en base al artículo 80.4 del Código Penal, que está pensado para proteger la dignidad de la persona y la vida”. Al estar “tan grave de salud”, continúa la penalista, “el mejor entorno para cubrir sus necesidades no es una institución penitenciaria, donde no se le van a poder dar todos los tratamientos que necesita”.
4