El arbitraje invalida las solicitudes de voto por correo en las elecciones sindicales de la Administración
El laudo arbitral, clave para decidir en qué modalidad habrá voto por correo en las próximas elecciones sindicales a la Administración foral, ha decidido invalidar la posibilidad de solicitar el voto por correo en nombre de otra persona aportando el DNI y una firma. La árbitro del proceso estima las impugnaciones realizadas por los sindicatos ELA, CCOO y LAB y considera que en las solicitudes de voto por correo, la autorización debería realizarse mediante poder notarial o una autorización con firma legitimada por notario. Contra esta decisión, no obstante, cabe presentar recurso, y el sindicato Afapna ya ha adelantado que así lo hará.
El sistema de voto por correo y sus más de 300 solicitudes han generado tensiones entre los sindicatos, hasta el punto de hablarse de un intento de “pucherazo”, que han acabado con este proceso. Por un lado, Afapna defendió la validez de las solicitudes de voto presentadas y denunció que otras centrales intentaran “silenciar” a parte de los trabajadores y trabajadoras, mientras que, desde el otro, sindicatos como ELA criticaron que Afapna estaba “haciendo piña” con el Gobierno Foral para, según aseguró, sacar adelante un proceso “fraudulento”. “Ambas entidades defienden que pueda solicitarse el voto en nombre de otra persona con la mera presentación de una firma y la fotocopia del DNI”, censuraron. Afapna, por su parte, aseguró que las autorizaciones estaban disponibles para realizar un estudio grafológico y que ninguna había sido falsificada.
Así, el sindicato Afapna confió en que el laudo arbitral finalmente respaldara las solicitudes de la polémica, pero no ha sido así. En la decisión adoptada, se declaran nulas las solicitudes de voto por correo realizadas “por personas distintas al elector” en las que la representación u autorización no se haya otorgado a través de poder notarial o una autorización con la firma legitimada por notario.
Desde ELA han valorado que se invalide la modalidad de voto delegado “que impuso el Gobierno de Navarra con el apoyo incondicional de Afapna, ANPE y otros sindicatos corporativos”. La vía que se mantiene, por tanto, es la del voto por correo ordinario, o delegado con poder notarial, y el proceso sigue su curso para que, en principio, las elecciones sindicales en la Administración foral puedan celebrarse el próximo 20 de mayo.
CCOO, por su parte, que también impugnó el sistema del voto con estas solicitudes más simples, considera que así queda probado que se estaba intentado utilizar el voto por correo de forma “fraudulenta” al vulnerarse las características principales de la normativa electoral: que el voto sea libre, secreto, personal y directo.
Por el contrario, desde Afapna han mostrado su rechazo al laudo arbitral y han anunciado que presentarán recurso: “Desde este sindicato creemos que Función Pública se ha plegado a las exigencias de otros sindicatos que, tras darse cuenta de que esta vez Afapna se ha movilizado para conseguir más votos, han visto peligrar su representatividad”.