El modelo territorial según Ciudadanos
Rivera no quiere romper España, solo quiere reformarla. A él le gusta la España de las autonomías, la de la Constitución del 78, solo que con un “ligero” retoque. A Rivera le va bien que la descentralización territorial dependa del Gobierno central y el Tribunal Constitucional (artículos 148 y ss.) o que puedan utilizarse sanciones tan extravagantes como las que prevé el artículo 155, pero el modelo se le queda un poquito corto. Lo que quiere Rivera realmente es blindar las fronteras interiores con el fin de debilitarlas y volver a la vigilia de esa España una y grande de la que parece que no nos vamos a librar nunca.
El diseño territorial de Ciudadanos pasa por una reforma constitucional profundamente recentralizadora que ‘rigidifica’ el modelo autonómico vigente, para evitar fórmulas escapistas o mínimamente ambiguas; elimina cualquier amago de debate acerca del reparto de competencias, dejando claras únicamente las del Estado central al que otorga, además, una mayor fortaleza legislativa, ejecutiva y de inspección; sacrifica significativamente la autonomía de los municipios más pequeños, y hace todo esto en un contexto en el que, por imperativo legal, las prestaciones sociales, hoy delegadas, podrían ir a parar a manos de las empresas privadas. Con todo, y a pesar de este vaciamiento de soberanías interiores, sorprende que a Ciudadanos no le duela en prendas entregarse a las fauces de la Unión Europea realmente existente (esa que está ahora negociando el TTIP con EEUU y orquestando el austeritarismo) sin más límites que los que establece el impreciso Título Preliminar de nuestra Constitución (Propuesta 30).
Las Propuestas 23 y 24 que propone Ciudadanos plantean enumerar las 17 Comunidades y las dos ciudades autónomas para “fijar” el mapa autonómico de manera definitiva. Algo que, obviamente, supone suprimir de inmediato la disposición transitoria cuarta que contempla la posible incorporación de Navarra al País Vasco, y anima a Ciudadanos, además, a eliminar cualquier intento de ejercer ese “derecho a la autonomía” que prevé vagamente el artículo 2. Un derecho por el que, eventualmente, ciertas provincias y territorios insulares podrían acceder al autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas (tal como establecen los artículos 143, 144 y 146, eliminados, por supuesto, en la reforma de Ciudadanos).
Las Propuestas, además, derogan el artículo 148 que, sospechosamente, es el que establece las competencias de las CCAA, pero manteniendo y reforzando, sin embargo, las del Estado central (artículo 149). Se aclara, por las dudas, que las competencias ejecutivas de las CCAA estarán sometidas “a la vigilancia y control por parte del Estado, a través […] de la alta inspección” y se suprime el artículo 150.2 para que, a futuro, no haya ninguna posibilidad de ampliar transferencias o delegar en las instancias autonómicas las competencias adjudicadas al Estado central. Todo atado y bien atado, al punto de la asfixia.
En fin, Dios nos libre de pretensiones secesionistas, pero por si existiera algún tipo de conflicto, queda claro que regirá siempre el principio de supletoriedad y prevalencia de la legislación del Estado. Y, por si alguno insiste, la Propuesta 24E otorga al Estado la posibilidad de legislar con “eficacia jurídica plena y directa” a fin de garantizar condiciones de vida equivalentes a lo largo y ancho del territorio nacional, la unidad jurídica y económica, y la igualdad básica de todos los españoles (por cierto, que la Propuesta 25C revisa el actual sistema de cupo que favorece a vascos y navarros, en favor de la solidaridad colectiva. Amén). Es decir, ya solo para cerriles: que si hay algún Estatuto autonómico por ahí perdido en el que se reflejen pretensiones “a la catalana”, nuestro estelar Tribunal Constitucional tiene metralla de sobra para despacharse a gusto. Porque, España, amigos, es solo para los españoles o para los europeos, pero no para catalanes, gallegos, vascuences, y otros “pueblos” y “regiones” menores del orbe.
Y, bueno, si hablamos de financiación y dinero, que es lo único relevante, lo primero que hay que asumir es que la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera no puede quedar en manos del gobierno sino que ha de ser considerada una “disposición jurídica de disciplina que se ha de cumplir por todos y en los términos que establece” (Propuesta 25G). Solo faltaría! A Rivera no es que no le guste el 135CE (que ahora el Psoe se apresura a moderar para incorporar condiciones de salvaguarda de la “estabilidad social” del Estado), es que se le ha quedado cortito también. Su indudable impacto regresivo sobre nuestras políticas sociales es un mal menor que hay que asumir, habida cuenta de las circunstancias. Y, en todo caso, su principal problema no es este. Su problema es que erosiona demasiado poco el principio democrático en sentido territorial, no desactiva suficientemente las competencias de las instancias autonómicas y municipales, ni limita su financiación en el punto en que sería necesario para cumplir con nuestras “obligaciones” presupuestarias.
Es más, se diría que ni siquiera es suficiente la combinación de este artículo con la ley vigente de régimen local (Ley 27/2013, de 27 de Diciembre) que, por mor de la estabilidad financiera, reduce drásticamente las competencias de los municipios (especialmente, las de los más pequeños) impidiendo su ampliación por medio de leyes autonómicas o trasladándolas a las Diputaciones Provinciales (o similares). Una ley que viola, abiertamente, la garantía institucional de la autonomía local (por la que vela, por ejemplo, la Carta Europea de la Autonomía Local) y que supone un retroceso considerable sobre nuestro ya limitadísimo texto constitucional. Pues bien, la combinación del artículo 135 y de esta ley, también se le ha quedado corta a Ciudadanos. Todo es poco si se trata de defender la unidad de España.
En su Propuesta 28, Ciudadanos plantea la necesidad de forzar la fusión de municipios cuando no se adecúen a los índices de sostenibilidad fijados por el Estado, y considera necesario reformar el artículo 140 de la Constitución para consignar tanto el criterio de sostenibilidad como para habilitar al Estado a regular la fusión [de los municipios] en caso de incumplir tal criterio. Vaya, que, así, de un plumazo, la ley de régimen local pasaría de ser sospechosamente inconstitucional, a ser “constitucionalísima” porque no puede violarse el principio de la autonomía local si tal principio deja de existir.
Finalmente, en su Propuesta 27, Ciudadanos elimina también las Diputaciones Provinciales (ni una palabra sobre las forales), y lo hace en un contexto en el que, por imperativo legal, los municipios de menos de 20.000 habitantes solo pueden mantener sus prestaciones si su coste efectivo resulta ser inferior al que ofrece la Diputación o, en su caso, la Comunidad Autónoma. La cuestión es que sin el más mínimo oxígeno político ni económico, malamente podrán ocuparse municipios y CCAA de semejante tarea, ¿qué sucederá entonces?
Veamos. Si combinamos el vigente artículo 135, la ley de régimen local en vigor, la rígida disciplina de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera que propugna esta reforma (P25G), el sacrosanto memorándum europeo (en cuyo altar deposita Ciudadanos nuestras facultades y derechos soberanos – P30), y la propuesta de reforma del 140 (P28), parece que, lamentablemente, no nos va a quedar más remedio que externalizar las prestaciones sociales, esto es, dejarlas en manos de nuestros amigos “los emprendedores”.
Así que, finalmente, Ciudadanos consigue hacer realidad su profecía autocumplida: hay que recentralizar primero, para para privatizar después, porque, como todo el mundo sabe, el sector público no puede ni podrá satisfacer jamás nuestros derechos sociales de manera “sostenible”. Desde luego, está claro que esto del neoliberalismo “políticamente correcto” es un arte de lo más sofisticado.