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La CorteIDH rechaza una recusación presentada por Colombia en el caso de una periodista torturada

La CorteIDH rechaza una recusación presentada por Colombia en el caso de una periodista torturada
San José —

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San José, 17 mar (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) rechazó este miércoles un escrito de recusación presentado por Colombia contra 4 de los 6 jueces del tribunal, a los que acusó de “falta de objetividad” y de “prejuzgar” al Estado el pasado lunes durante la audiencia por el caso del secuestro, tortura y violación que sufrió la periodista Jineth Bedoya en el año 2000.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, emitió una resolución firmada por los jueces Eduardo Vio Grossi y Eduardo Ferrer Mac-Gregor, los dos que no fueron recusados, en la que declaró improcedentes todas las peticiones presentadas por el Estado.

El Estado recusó a la presidenta de la CorteIDH, Elizabeth Odio; al vicepresidente, Patricio Pazmiño, y a los jueces Raúl Zaffaroni y Ricardo Pérez, y solicitó declarar nulo todo lo actuado por la Corte desde que conoció la recusación.

El Estado también pretendía que se excluyera del expediente internacional las preguntas formuladas por los jueces que dieron lugar a la solicitud de recusación y que este incidente fuera resuelto por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

Tras rechazar todas esas solicitudes, la CorteIDH determinó que los seis jueces continuarán la audiencia en una fecha por definir.

En el año 2000, Bedoya fue secuestrada por paramilitares a las afueras de la cárcel La Modelo de Bogotá cuando hacía una investigación para el diario El Espectador, torturada y violada.

La representación estatal, encabezada por el director de la Defensa Jurídica del Estado, Camilo Gómez, se retiró de la audiencia el lunes pasado y la Corte decidió suspender las sesiones del martes y del miércoles, en las que estaba previsto que declararan peritos y que las partes presentaran los alegatos finales.

En su resolución de este miércoles, la CorteIDH explicó que los Estados pueden presentar sus inconformidades durante el proceso de acuerdo con los reglamentos del tribunal y criticó el retiro de la representación del Estado colombiano de la audiencia.

“En lugar de optar por estas múltiples y válidas alternativas procesales, el Estado decidió motu proprio abandonar la audiencia en la primera jornada de la celebración de esta, tras la declaración de una presunta víctima, en una actuación inédita en la historia de esta Corte; carente, como se ha razonado previamente, de justificación, y absolutamente desproporcionada, todo lo cual ha supuesto además una revictimización de la señora Bedoya”, indica la resolución.

La Corte negó que haya existido falta de objetividad y prejuzgamiento contra el Estado durante las preguntas de los jueces a la víctima y resaltó que en este tipo de procesos, la actividad indagatoria es “fundamental” y se materializa “en poder realizar las preguntas que estimen pertinentes”.

“Si bien el incidente promovido tiene la aparente intención de perseguir el resguardo de la imparcialidad de este Tribunal, su efecto sería precisamente el contrario: silenciar a los jueces y a la jueza, coartándolos en el ejercicio de su libertad de expresión en el marco de su ejercicio jurisdiccional, de modo que su actuar se amolde al parecer o interés de una de las partes, minar la independencia judicial de la Corte, y en suma, debilitar al Tribunal Interamericano y obstaculizar el acceso a la justicia de las presuntas víctimas de este caso”, expresa la resolución.

La CorteIDH advirtió que, en anteriores ocasiones en las que se ha cuestionado la imparcialidad de los jueces, “el Estado concernido ha acatado la resolución del Tribunal” y expresó su confianza en que Colombia continuará con esa práctica “en respeto a las presuntas víctimas del presente caso, las representantes y la Comisión (Interamericana de Derechos Humanos), así como acorde a su tradición histórica que le caracteriza en cumplimiento de buena fe de las obligaciones interamericanas”.

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