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La ley que castiga con cárcel las terapias para 'curar' la homosexualidad afronta su primer examen en el Congreso

Un hombre levanta una bandera durante una manifestación por el Orgullo LGTBI.

Marta Borraz

16 de junio de 2026 22:02 h

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La ley que pretende llevar al Código Penal las pseudoterapias de conversión contra personas LGTBI está a punto de pasar su primera prueba en el Congreso. Tras el acercamiento de posturas al que llegaron hace tres semanas, los grupos debatirán y votarán este miércoles el dictamen en la Comisión de Igualdad. Aun así, quedan flecos pendientes y continúa negociándose la redacción definitiva de una norma que busca endurecer la respuesta frente a estas prácticas, dirigidas a tratar de modificar la orientación sexual o la identidad de género.

Sobre la mesa hay una enmienda transaccional en la que confluyen el PSOE, impulsor de la ley, Sumar, ERC, Compromís, BNG y Bildu, a la que, según fuentes parlamentarias, ya se ha sumado el PNV. Los grupos de izquierdas intentan ahora que Junts dé también el visto bueno para que una primera versión del texto salga adelante. Según las mismas fuentes, las dudas versan sobre la intención de incorporar a la redacción una frase que apunta a que será independiente el consentimiento de la persona afectada para que la terapia sea considerada perseguible. El partido catalán no ha respondido a las preguntas de este medio.

Los grupos, sin embargo, confían en que de la Comisión de Igualdad salga este miércoles una primera versión con el mayor consenso posible. El Congreso inició el trámite en junio del año pasado con 311 votos a favor, incluidos los del Partido Popular, que no ha adelantado qué hará este miércoles. La enmienda transaccional que se está negociando incorpora, además, a la pena de cárcel una multa de ocho a 24 meses, algo que no figuraba en la redacción inicial.

Promover terapias de conversión es considerado actualmente una infracción administrativa muy grave, con multas de hasta 150.000 euros, según la Ley Trans de 2023. La norma que se debate en el Congreso pretende “elevar la respuesta” y “dar un paso más” para incorporarlas al Código Penal debido a que “no estamos ante casos aislados, sino ante una de las formas más graves de ataque y denigración del colectivo LGTBI”, justifica la propuesta.

La iniciativa considera que, “a pesar de los avances”, está todavía “pendiente” una actuación “más enérgica” contra estas terapias pseudocientíficas, consideradas un riesgo grave para la salud física y mental de las personas LGTBI. La ley propone su inclusión en el artículo 173 del Código Penal, que persigue las torturas y los delitos contra la integridad moral. El objetivo es castigar con la pena de prisión de seis meses a dos años al que “aplique o practique” actos, métodos, programas, técnicas o procedimientos “de aversión o conversión” destinados a “modificar, reprimir, eliminar o negar” la identidad de una persona.

Así consta la redacción en el informe de la Ponencia, al que ha tenido acceso elDiario.es, sobre el que previsiblemente se harán cambios este miércoles debido a que los grupos mantienen todavía varias enmiendas vivas. El texto incluye una salvaguarda en la exposición de motivos acordada el pasado 17 de mayo a raíz de una transaccional del PSOE que aclara que la respuesta penal “no está referida” a los métodos o técnicas que “proporcionen apoyo y comprensión” y se apliquen conforme a los estándares profesionales internacionales.

“Un paso importante”

La Federación Estatal LGTBI+ (FELGTBI+) se muestra optimista con este primer paso en el Congreso y asegura que, si esta ley llega finalmente a ser aprobada —tras la Comisión de Igualdad deberá pasar por el pleno del Congreso y el Senado—, supondrá “un paso importante en la protección de la integridad de las personas LGTBI+”, explica su presidenta Paula Iglesias. Aunque desde 2023 las prácticas de conversión están prohibidas en España, las sanciones “son fácilmente asumibles por organizaciones” que, en ocasiones, “están financiadas internacional o eclesiásticamente”, prosigue Iglesias, que justifica la necesidad de la respuesta penal.

La presidenta de la FELGTBI+ también avala que se incorpore a la redacción que la pena de cárcel sobre las terapias podrá ser impuesta aunque exista consentimiento de la persona LGTBI o de su representante legal. “Establecer la nulidad del consentimiento es esencial. En estos casos, el consentimiento está viciado, ya que se da desde una situación de vulnerabilidad y desde un contexto hostil que es usado por un supuesto profesional para ofrecer una salida en forma de sufrimiento”, explica Iglesias.

Varios son los casos que se han hecho públicos en los últimos años. En 2025 el Ministerio de Igualdad inició una investigación tras la denuncia de la Asociación Española Contra las Terapias de Conversión contra siete diócesis españolas. La denunciaba señalaba específicamente a un proyecto llevado a cabo en al menos 13 parroquias entre 2023 y 2024 bajo la idea de que la homosexualidad es fruto de un trauma y que puede cambiarse. La iniciativa prescribía una vida “en castidad” y prácticas religiosas diarias para alcanzar ese supuesto objetivo.

Otro de los casos con más trascendencia pública ha sido el de la 'coach' Elena Lorenzo, que según adelantó elDiario.es, será juzgada por delito de odio para responder por artículos y vídeos de 2022 en los que patologiza la homosexualidad y oferta cursos de “coaching de identidad” para superarla.

Su nombre trascendió por primera vez en 2016 cuando fue denunciada ante la Comunidad de Madrid por promover, en esencia, terapias contra la homosexualidad. La multa de 20.000 euros que le impuso el ejecutivo regional tras años de procedimiento terminó anulada por defectos de forma pero, en paralelo, un juzgado abrió un proceso penal contra ella por el que la Audiencia Provincial de Madrid la sentará en el banquillo próximamente.

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