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La Justicia vuelve a dar la razón al 'coño insumiso': no hubo intención de ofender los sentimientos religiosos

22 febrero 2021 - 22:21 h
El 'aquellarre feminista' durante su parada en el arco de la Iglesia de la Macarena.

Apenas unos días después de que quedara archivada la causa contra 'Maculadas sin Remedio', la muestra denunciada por Vox y PP, la Audiencia de Sevilla ha confirmado la absolución de las tres mujeres de Sevilla que resultaron ya absueltas en octubre de 2019 por participar en la llamada procesión del 'coño insumiso' el 1 de mayo de 2014 . La Sección Primera ha decidido en una sentencia fechada este 15 de febrero, y contra la que no cabe recurso ordinario alguno, desestimar el recurso de apelación interpuesto por la representación de la Asociación Española de Abogados Cristianos, confirmando aquella resolución que amparó aquella manifestación en el debate sobre el aborto en España.

Después de que el Gobierno de España, paralelamente a la entrada en prisión del rapero Pablo Hasel, haya anunciado que planteará una revisión de los delitos “más controvertidos” relacionados con la libertad de expresión para evitar que puedan dar lugar a penas de prisión, las mujeres de Sevilla que llevan años litigando tras aquella marcha han vuelto a ganar en los tribunales. La Audiencia de Sevilla conviene con el magistrado de lo Penal que “la actividad realizada por las acusadas era absolutamente prescindible y gratuita, sobre todo si nos ceñimos al objeto de la reivindicación, cual era una protesta en el contexto social propio de aquellas fechas por el debate sobre el contenido del proyecto sobre la reforma de la ley del aborto”, pero consideran los jueces que la sentencia recurrida desgranó unos hechos de los que se desprende la ausencia de un propósito ofensivo.

Por Javier Ramajo.

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