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Meta y YouTube, condenadas a pagar 3 millones de dólares por resultar adictivas y dañar la salud mental de una usuaria

Mark Zuckerberg en Washington, a 31 de enero de 2024

Andrés Gil

25 de marzo de 2026 18:35 h

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Meta y Youtube han actuado con negligencia en el diseño de sus aplicaciones, perjudicando a una joven usuaria mediante características que resultaron adictivas y provocaron un deterioro en su salud mental.

De acuerdo con el veredicto del jurado conocido este miércoles, Meta y YouTube deberán pagar 3 millones de dólares en daños compensatorios por el dolor y el sufrimiento infligidos, así como por otras cargas financieras. Meta es responsable del 70% de dicho coste, mientras que YouTube responderá por el resto.

Este caso emblemático —presentado por una mujer que ahora tiene 20 años e identificada como K.G.M.— acusaba a las empresas de redes sociales de crear productos tan adictivos como los cigarrillos o los casinos digitales.

K.G.M. demandó a Meta —propietaria de Instagram y Facebook— y a YouTube —propiedad de Google— a causa de características como el “desplazamiento infinito” infinite scroll y las recomendaciones algorítmicas, las cuales, según alegó, le provocaron ansiedad y depresión.

El jurado, compuesto por siete mujeres y cinco hombres, continuará deliberando para determinar qué daños punitivos adicionales deberían pagar las empresas por concepto de dolo o fraude.

El veredicto en el caso de K.G.M. —una de las miles de demandas presentadas por adolescentes, distritos escolares y fiscales generales estatales contra Meta, YouTube, TikTok y Snap (propietaria de Snapchat)— constituye una victoria significativa para los demandantes.

El fallo valida una teoría jurídica según la cual los sitios o aplicaciones de redes sociales pueden causar daños personales. Es probable que este precedente influya en casos similares que se prevé irán a juicio este año, lo cual podría exponer a los gigantes de internet a mayores sanciones económicas y obligarlos a realizar cambios en sus productos.

Los miembros del jurado escucharon durante aproximadamente un mes los argumentos de los abogados, los testimonios y las pruebas; asimismo, escucharon a la propia demandante —una joven de 20 años identificada en los documentos como KGM, o Kaley, como la llamaron sus abogados durante el juicio—, así como a los directivos de Meta, Mark Zuckerberg y Adam Mosseri. El director ejecutivo de YouTube, Neal Mohan, no fue citado a declarar.

Kaley afirma que comenzó a utilizar YouTube a los 6 años e Instagram a los 9, y relató al jurado que, durante su infancia, pasaba “todo el día” en las redes sociales, informa AP.

Los abogados que representan a Kaley, liderados por Mark Lanier, tuvieron la tarea de demostrar que la negligencia de los respectivos demandados constituyó un factor sustancial en la causación del daño sufrido por Kaley. Señalaron características de diseño específicas que, según argumentaron, fueron concebidas para “enganchar” a los usuarios jóvenes; entre ellas, la naturaleza “infinita” de los feeds —que permitía un suministro inagotable de contenido—, las funciones de reproducción automática e, incluso, las notificaciones.

Meta argumentó de manera reiterada que Kaley ya padecía problemas de salud mental con independencia de su uso de las redes sociales, haciendo referencia a menudo a su turbulenta vida familiar. Asimismo, en un comunicado emitido tras los alegatos de clausura, Meta afirmó que “ninguno de sus terapeutas identificó a las redes sociales como la causa” de sus problemas de salud mental. No obstante, los demandantes no estaban obligados a demostrar que las redes sociales fueran la causa directa de las dificultades de Kaley, sino únicamente que constituyeron un “factor sustancial” en la causación de su daño.

YouTube centró menos su defensa en los expedientes médicos y el historial de salud mental de Kaley, y más en su patrón de uso de la plataforma y en la naturaleza intrínseca de esta. Argumentaron que YouTube no constituye una forma de red social, sino más bien una plataforma de video equiparable a la televisión, y señalaron la disminución en el uso de YouTube por parte de Kaley a medida que esta crecía.

Este juicio es uno de los varios que las empresas de redes sociales afrontan este año y en el futuro. Representan la culminación de años de escrutinio sobre estas plataformas en lo referente a la seguridad infantil, así como la cuestión de si dichas empresas las diseñan para ser adictivas y difunden contenidos que derivan en depresión, trastornos alimentarios o suicidio.

Algunos expertos consideran que este momento de rendición de cuentas evoca los casos judiciales contra las industrias del tabaco y de los opioides; los demandantes, por su parte, confían en que las plataformas de redes sociales se enfrenten a consecuencias similares a las que tuvieron que afrontar los fabricantes de cigarrillos, las compañías farmacéuticas, las farmacias y los distribuidores.

El veredicto de este miércoles se produce tras un fallo emitido por un jurado de Nuevo México en otro caso —presentado por el fiscal general de dicho estado—, en el que se declaró a Meta responsable de violar la legislación estatal al no proteger a los usuarios de sus aplicaciones frente a depredadores de menores.

Ese jurado decidió que Meta debía pagar 375 millones de dólares en el caso presentado por el fiscal general de Nuevo México.

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