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Derogar la Audiencia Nacional

La juez de la Audiencia Nacional se ratifica en que los disturbios de Pamplona son terrorismo

Elisa Beni

Los últimos acontecimientos en materia de represión de la libertad de expresión han vuelto a poner el objetivo en la función actual de la Audiencia Nacional. Un tercio de los procedimientos por terrorismo que se manejan en el tribunal tienen que ver ya con actividades relacionadas con la opinión. Una cifra que es preocupante. Terminado el terrorismo etarra que la hizo nacer: ¿busca ocupación ahora la Audiencia Nacional?, ¿tiene sentido su permanencia?, ¿no es hora de devolver a la jurisdicción territorial las competencias y acabar con los vicios y problemas derivados de la anómala existencia de este órgano?

La Audiencia Nacional ha cumplido cuarenta años de vida tras su creación −por decreto ley 1/1977, de 1 de enero− dos años antes de la aprobación de la Constitución. Años marcados profundamente por su lucha contra el terrorismo de ETA. Hay que resaltar esta función. Los miembros del tribunal pagaron incluso con su vida esa tarea. No podemos dejar de recordar aquí a la fiscal Carmen Tagle, asesinada en 1989, o el atentado sufrido por uno de sus presidentes. Tampoco los dramáticos relatos que he oído en primera persona de cómo, en los años de plomo, algunos de sus magistrados han vivido custodiados en el interior de su propia vivienda.

No, no podemos olvidar que cuando ETA asesinaba, era imposible que el terrorismo se juzgara en el mismo territorio en el que se producía. Recordemos el caso de Otegi, absuelto por un jurado popular de Gipuzkoa del asesinado de dos ertzainas, cuyo juicio tuvo que ser anulado y llevado finalmente a la Audiencia Nacional. Era impensable que nueve ciudadanos pudieran ser imparciales en aquellas circunstancias. Por otra parte, era más fácil proteger a 25 magistrados que trabajaban en juntos en un búnker que a todos los del País Vasco o de los territorios en que se produjeran los atentados. Esa experiencia se extrapoló al actual terrorismo yihadista. Los procesos contra las células del 11-S y el 11-M son sólo una muestra. No obstante, el terrorismo internacional no aboca necesariamente a una protección especial de los encargados de enjuiciarlo. De hecho la mayoría de las escoltas fueron retiradas al finalizar la actividad armada de ETA.

¿Por qué deberíamos replantearnos la existencia de este al menos atípico tribunal? Terminado el terrorismo de ETA, la AN parece vagar en busca de contenido. Se presenta como un tribunal especializado en terrorismo y en crimen organizado pero lo cierto es que nada asegura que sus miembros lo estén. Esa es una de sus grandes paradojas. La especialización del tribunal le viene dada por la cantidad de procedimientos que sus magistrados manejan relativos a temas que son de su exclusiva competencia pero a nada más. No existe ninguna otra garantía de especialización a la hora de reclutar a sus miembros.

Por poner un ejemplo, la magistrada Lamela que tan segura está de que lo de Alsasua es terrorismo, ¿qué especialización posee si llegó a la AN cuando ETA hacía años que ya no mataba? Lo mismo sucede con otras competencias. Extradiciones. Corrupción. Por cierto, que los avatares de los innumerables casos de estos delitos en los últimos años ya nos han mostrado que ésta se puede manejar también desde los tribunales territoriales. No es posible afirmar que los miembros de la carrera judicial destinados en ellos estén peor preparados que los de la AN para hacer frente a estos desafíos.

Frente a estas ventajas esgrimidas, tenemos que analizar los inconvenientes de centralizar tamaño poder en un único tribunal que trabaja demasiado cerca de los poderosos. La centralización que se nos presenta como una ventaja es también uno de los mayores inconvenientes. Las presiones del poder político también se focalizan. Es más fácil colonizar, influir y hacer ingeniería judicial si todo el esfuerzo ha de dirigirse a una treintena de magistrados que si hay que distribuirlo entre miles de jueces de todo el territorio.

Los que se dedican a llevarlo a efecto lo saben bien. Cuando un asunto de gran calado político recalaba en un tribunal lejano del poder central, las preocupaciones se multiplicaban. Hubo planes para arrebatar la competencia de Nóos a la Audiencia de Palma y llevarla a la AN. Pensaban, no sin motivo, que era más fácil hacer sentir a esta lo “sensible” del tema. No en vano recordemos que se trata del único tribunal cuyo presidente carece por ley de atribuciones jurisdiccionales. ¿Por qué el presidente de la Audiencia Nacional no ejerce de juez? No lo hace porque está diseñado como un puente de enlace entre el Ejecutivo y el tribunal. Cuando se diseñó el órgano, sonrojaba democráticamente que un juez en activo fuera a despachar directamente con el presidente del Gobierno sobre temas concretos como de hecho hace. En ningún otro tribunal del Estado sucede que el presidente carezca de jurisdicción.

La centralización de la AN es una garantía de politización. En los últimos años los nombramientos y la adscripción de magistrados así lo ha demostrado. Es cierto que, en principio, los puestos se cubren por antigüedad como en el resto de tribunales pero ya se han ocupado de poder saltarse este inconveniente cuando es preciso. La cobertura de plazas de magistrados que están en servicios especiales -quizá eran más incómodos en su puesto que en sus canonjías-, la designación de refuerzos y otras han conseguido de facto que muchos de sus jueces hayan llegado con el dedo de un CGPJ controlado políticamente. Sin ir más lejos, el juez Ruz encargado durante años de casos de enorme relevancia, era un juez sin plaza, un juez sin antigüedad para estar en la AN, un juez precario al que cada seis meses tenían que renovarle su permanencia. O las pequeñas o grandes trampas para que ocuparan plaza en él Enrique López o Concepción Espejel. Hablemos de inamovilidad.

La especialización también queda discutida, como hemos visto. Además el poder y la visibilidad de la Audiencia Nacional tiene una vis atractiva de ciertas personalidades que no pasan por ella sin consecuencias. No sólo eso, sino que podría afirmarse que el propio tribunal tiene cierta facultad para cambiar las personalidades de sus integrantes. No sólo de sus jueces sino también de sus fiscales, de los que también es preciso hablar. La Fiscalía de la Audiencia Nacional está integrada por fiscales que son designados, todos ellos, a dedo por el ejecutivo. Adiós al escalafón y a las plazas cubiertas como en el resto del territorio. Ahora analicen ciertas acusaciones pasmosas, como las de los titiriteros u otras.

El tema es largo y apasionante, inapropiado para un artículo de prensa. No obstante se trata de un debate que es necesario poner sobre la mesa y más a la luz de los acontecimientos. Si la AN continúa afianzando de forma espuria su función represora, si continúa vaciando el significado del concepto de terrorismo a base de banalizarlo, estará construyendo su propia trampa. Aunque es muy difícil que el poder político acepte acabar con el Triángulo de la Villa de París. No es el de las Bermudas, pero en ese eje en el que se asientan la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial pueden acabar por desaparecer cosas importantes para el Estado de Derecho.

La salud democrática, cada vez más depauperada, no puede obviar este debate. El poder, seguro que prefiere hacerlo.

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