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Una sentencia obliga a los bancos a devolver cantidades cobradas de más en hipotecas

Foto: EFE

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Toledo ha sentado precedente al decretar a un banco la devolución del dinero ingresado de una hipoteca a través de una cláusula suelo, una cláusula que marca un nivel mínimo para el Euribor a pagar aunque éste se encuentre por debajo de dicho umbral.

Concretamente el caso es el de un particular que denunció a su entidad, Cajasol, por la existencia de dicha cláusula en su hipoteca contratada en el año 2008. Los tribunales han dictado la primera sentencia del caso contra la que cabe recurso y obliga a la entidad bancaria, ahora CaixaBank ya que Cajasol entró dentro de este grupo, a la devolución de todos los importes cobrados de más con su existencia.

El Tribunal Supremo ya decretó el 9 de mayo de 2013 en un auto que las cláusulas suelo de las hipotecas eran ilegales; sin embargo la gran mayoría de créditos hipotecarios la tienen y las entidades siguen cobrando por ella sin que ningún banco haya sido condenado o castigado por ello desde ningún organismo. Para que el banco devuelva las cantidades cobradas ilegalmente y de forma abusiva es el cliente el que tiene que entrar en pleito con el banco acreedor para la eliminación de dicha cláusula y la devolución del importe de más cobrado.

La sentencia emitida en Toledo es una más de las que ya se han emitido a lo largo de toda la geografía nacional, si bien según Diego Rodríguez, abogado de Ausbanc, entidad que ha llevado jurídicamente el caso, sienta algunos precedentes legales por determinados aspectos particulares. Además, Rodríguez señala que “es una sentencia histórica que abre el camino para que la gente afectada por cláusulas suelo pueda recuperar las cantidades pagadas de más”. “Es pionera en la provincia. Llevamos ya más de cuatro años luchando contra esta mala práctica bancaria”.

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ordena la devolución del dinero cobrado de más

En otra sentencia paralela, la Audiencia Provincial de Ciudad Real mediante un auto ha señalado que las cantidades cobradas de más por los bancos a los contratantes de hipoteca deben ser devueltas, y todas ellas se declaran nulas. De hecho el tribunal ha tomado la decisión por unanimidad de todos sus miembros al considerarla “nulas por infracción del deber de transparencia y por su abusividad del artículo 86 de la Ley de Consumidores y Usuarios”.

A pesar de decretar su ilegalidad, el Tribunal Supremo no tiene unanimidad en cuanto a decidir la devolución de lo cobrado por esta cláusula, algo que en la provincia de Ciudad Real ahora los afectados podrán hacer en proceso judicial.

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