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Uno de cada tres colegios concertados de Madrid puede ser sancionado por cobrar irregularmente a las familias

El hall de un colegio de Valladolid lleno de niños y niñas. / Efe

Sofía Pérez Mendoza

Los inspectores de la Comunidad de Madrid están volviendo desde principios de octubre a los 167 centros concertados de la región a los que abrieron expediente tras detectar irregularidades en su gestión de las actividades extraescolares. Son casi uno de cada tres colegios (32%) visitados por la inspección, que pasó por 522. Todos los que, según la Consejería de Educación, ofrecen este tipo de servicios fuera de horario lectivo y que son un 92% de los 566 centros privados que funcionan con fondos públicos en la Comunidad.

Estos centros, según una respuesta del Gobierno de Cristina Cifuentes al Grupo Socialista, no informan a las familias de que las actividades son voluntarias y no lucrativas, no reflejan adecuadamente en la información que remiten a la administración la existencia de estas actividades, las ofrecen en bloque, sin desglosar precios y sin posibilidad de elección o incluyen conceptos erróneos como servicios complementarios.

Estas actuaciones, confirmadas también por la viceconsejera de Organización Escolar María José García-Patrón, contravienen el artículo 88 de la Lomce, que dice que “en ningún caso podrán los centros públicos o privados concertados percibir cantidades de las familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito, imponer a las familias la obligación de hacer aportaciones a fundaciones o asociaciones ni establecer servicios obligatorios, asociados a las enseñanzas, que requieran aportación económica, por parte de las familias de los alumnos”. Y la ley prevé sanciones en caso de incumplimiento, a las que hace referencia una resolución de la Comunidad de Madrid de 2016.

“Los inspectores tienen que reflejar si el centro ha subsanado las deficiencias comunicadas. Y en caso contrario se propondrá la medidas previstas en la norma”, dijo en septiembre la viceconsejera García-Patrón, que explicó que una vez detectada la irregularidad, la administración debe abrir una Comisión de Conciliación –compuesta por el titular del centro, una persona del Consejo Escolar y otra en representación de la administración– que acuerde medidas para corregirla. Por el momento solo ha abierto una, pese a que se han detectado 166 casos más.

Lo que sale de esa comisión es de obligado cumplimiento para el centro, que cometería una infracción grave si no actúa como se marca. Estas infracciones conllevan multas económicas que oscilan entre el total y el doble de una parte del dinero público reservado a ese concierto que dejarían de percibir. Concretamente el reservado en las partidas a “otros gastos”: entre 6.900 y 9.200 euros por aula al año, según el nivel educativo.

Multas de más de 100.000 euros

Por ejemplo, en un colegio de Primaria de tamaño medio con dos clases por nivel la sanción ascendería a 124.200 euros por curso. Multiplicada por dos, 350.000. Y a mayor número de aulas, mayor cuantía en la multa. Estas sanciones, no obstante, solo se extienden según normativa durante dos años. Después prescriben.

Pasa lo mismo con las muy graves, ligadas a la retirada del concierto, aunque los titulares podrían volver a solicitarlo pasados tres años. Para que la administración considere que la sanción llega a este nivel, el centro debe reincidir en incumplimientos graves, como “impartir las enseñanzas objeto del concierto contraviniendo el principio de gratuidad” o “incumplir los acuerdos de la Comisión de Conciliación”.

La normativa –recogida en los artículos 61 y 62 de la LODE– también habla de “incumplimientos leves”, que prescriben en un curso, conllevan apercibimiento de la administración y, de demostrarse que tienen como fin último el ánimo de lucro, pueden convertirse en graves.

Son la mayoría de los detectados por la inspección. Entre ellos, “percibir cantidades por actividades escolares complementarias o extraescolares o por servicios escolares que no hayan sido autorizadas por la Administración educativa o por el Consejo Escolar del centro” o “infringir el principio de voluntariedad y no discriminación de las actividades complementarias, extraescolares y servicios complementarios”.

Cuotas de 148 euros al mes

En cualquier caso, la norma marca un largo recorrido para que la sanción llegue a hacerse efectiva y da oportunidades a los titulares para subsanar las irregularidades, señaladas además de por los propios datos de la Consejería de Educación, por informes de la Organización de Consumidores y Usuarios y más recientemente por dos estudios encargados por la FAPA Giner de los Ríos y CICAE a consultoras privadas.

Estos últimos concluyen que el 100% de los centros visitados exigen un pago fijo obligatorio que alcanza los 148 euros de media al mes. El 77% de ellos no menciona la voluntariedad de cuotas en la visita informativa de los padres, y de estos el 39% tampoco lo refleja por escrito. Los que sí lo cuentan a las familias y lo ponen por escrito, de manera verbal explican, según los informes, que tienen carácter obligatorio e incluso que “la Administración les obliga a ponerlo así”.

La Comunidad de Madrid tiene un volumen de escuela concertada muy superior al de otras regiones. Es la cuarta comunidad autónoma –solo por detrás de Euskadi, Navarra y Baleares– que dedica más presupuesto público a este modelo educativo: fueron 943 millones de euros en 2014, uno de cada cinco euros del gasto total en educación (20%). La media está en un 14,7%.

Y sigue creciendo este curso. El Gobierno de Cristina Cifuentes ha incrementado la partida para 2017-2018 en 15 millones de euros, lo que se traduce en el aumento de 210 aulas.

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