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¿Por qué abandonan el procedimiento judicial las víctimas de violencia de género?

El Pleno de la Diputación expresa su apoyo a las víctimas de violencia de género

Miguel A. Parra Anguita

Nueve de cada diez mujeres víctimas de violencia de género tienen el coraje y la valentía de llegar hasta el final en el procedimiento judicial contra sus maltratadores, según datos del Consejo General del Poder Judicial referentes a 2013. Algo que puede considerarse un éxito de las políticas de atención y protección social. Sin embargo, hay un 12 por ciento de víctimas que no llega a finalizar el proceso. ¿Cuáles son los motivos para que estas mujeres acaben dejando de lado un sistema que podría sacarlas del infierno?

Un estudio realizado por el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), en colaboración con el Departamento de Psicología Experimental de la Facultad de Psicología de la Universidad de Sevilla, se ha adentrado en los motivos por los que esa minoría renuncia, con el objetivo de “poder ayudar a las mujeres que quedan más desprotegidas”. El informe revela cuatro grandes razones de abandono:

La situación sociodemográfica: en concreto, el nivel educativo (las mujeres sin estudios registran un mayor porcentaje de renuncias), el conocimiento del idioma (las mujeres de habla no hispana renunciaron significativamente más), el escaso apoyo familiar y social, y la falta de recursos económicos (3 de cada 4 mujeres que renunciaron no tenían ingresos o ingresaban menos de 500 euros al mes).

El propio procedimiento penal: su desconocimiento (3 de cada 4 reconocen no saber nada) o el desfase entre las expectativas de la víctima, que esperan que la denuncia acabe de raíz con la situación de violencia, y la realidad del procedimiento. “De hecho, el porcentaje de renuncias es menor cuando las mujeres denuncian tras una decisión meditada y mayor cuando son empujadas por un suceso traumático pero sin planificación”, asegura el estudio. También influyen los tiempos “excesivamente dilatados de los procesos judiciales” y la “excesiva burocratización”. Así, de los 131 casos estudiados, el mayor número de renuncias se produjo en el periodo de instrucción (45%) o en las primeras 72 horas (35%), mientras que hubo bajo nivel de renuncia en los juicios orales (8%) y los juicios rápidos (12%).

Los efectos derivados de la violencia de género: Los expertos destacan situaciones como el miedo de la víctima a la actuación de su ex pareja y de su entorno familiar; el chantaje del agresor por la pensión de los hijos o por su custodia; el riesgo de que la víctima dé otra oportunidad al agresor; el sentimiento de culpa de la mujer por que él pueda ir a prisión; la minimización del riesgo que corre; o la incertidumbre sobre su futura situación.

La situación psicológica de la mujer: Como consecuencia del maltrato, la víctima sufre una serie de problemas psicológicos de los que no es consciente, según el IAM, pero que influyen en su renuncia al proceso judicial: deterioro personal, ansiedad, falsas creencias sobre el amor, dependencia emocional, sentimiento de vergüenza…

A través de entrevistas a profesionales y víctimas y tras realizar más de 800 cuestionarios a mujeres que han sufrido malos tratos, la investigación revela que la mitad de las víctimas que denuncian y luego abandonan no han recurrido a apoyo psicológico, mientras que sólo una cuarta parte de las que sí lo tienen renuncia, “lo que pone de relieve la importancia del respaldo social”. Es decir, que cuanto más acompañadas están, más probable es que finalicen el procedimiento judicial. La cifra de renuncia es aún menor cuando este apoyo es prestado por los servicios sociales, lo que evidencia “la necesidad por parte de la víctima de un acompañamiento integral durante todo el proceso”, señala el estudio, titulado La renuncia a continuar en el procedimiento judicial en mujeres víctimas de violencia de género: un estudio en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Los resultados de la investigación ponen de manifiesto “la especial vulnerabilidad a la que están expuestas estas mujeres” y, sobre todo, las necesidades que se deben cubrir: la independencia económica, la superación de trabas como el desconocimiento del proceso o el propio idioma, la mayor implicación de los profesionales de la abogacía y el apoyo social y psicológico a lo largo de todo el procedimiento.

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