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El “agujero negro” de las personas sordas en prisión: sanciones por no atender la megafonía y otras discriminaciones

carcel sevilla 1

Javier Ramajo

  • Otra sentencia condena de nuevo al hombre sin DNI, que sigue sin poder regularizar su situación administrativa y acceder así al sistema de protección social

El verano pasado trascendió el caso de un paciente de Almería que estuvo esperando siete horas en urgencias de un hospital sin que le atendieran. Se le avisó varias veces por megafonía pero, pese a que advirtió a su llegada de que era sordo, nadie lo tuvo en cuenta y se marchó sin ser atendido. No es el único lugar regido por la administración pública donde ocurre este tipo de cosas. En Algeciras se expedientó a un preso con una falta grave por retrasar el recuento de internos y no atender lo avisos de megafonía. No se había enterado de las llamadas porque era una persona sorda. La sanción fue posteriormente archivada, tras la intervención de un agente externo, pero puede ser buena muestra del “agujero negro” que supone la estancia de las personas sordas en las cárceles de España.

Esa y otras sanciones le constan a un preso sordo de nacimiento y analfabeto que desde 2009 cumple condena de 15 años en Botafuegos, actualmente asisitido por Verónica, letrada del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP). Hasta el punto de que solicitó su inclusión en un programa de rehabilitación de condenados por delitos de violencia de género pero no se le permitió participar por su condición de sordo, pese a estar indicado como actividad prioritaria en su Programa Individualizado de Tratamiento (PIT), “al no contar con personal adecuado para su adaptación a sus circunstancias personales”, dijo el juzgado de Vigilancia Penitenciaria, según ha comprobado este periódico.

En las observaciones de su programa consta tal cual: “interno con discapacidad (criterio de exclusión en el programa de tratamiento)”. Es decir, esta persona, por su discapacidad, no puede asistir a un programa de reinserción, echando por tierra nada menos que el artículo 25.2 de la Constitución o el artículo 60 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Su exclusión de aquel curso para el que estaba seleccionado ha sido recientemente reprobada por dicho juzgado al estimar su queja y ha acordado oficiar a la Secretaría General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria para que pueda realizar el curso y “que permita recuperarlo para la sociedad o, al menos, intentarlo”. Fuentes de Instituciones Penitenciarias añaden al respecto, sin mayor explicación y sin atender a lo dictado en el auto, que “es un interno que no cumple los requisitos mínimos y básicos para poder participar en el programa”.

Esa resolución judicial, de la que ha pasado casi medio año sin que nada haya cambiado, es la “punta del iceberg” de la situación de las personas sordas en las prisiones españolas: “una vulneración del principio de accesibilidad y no discriminación por razón de discapacidad por ausencia de aplicación del reconocimiento de la lengua de signos”. Muchas veces los hechos que ocurren dentro de las cárceles resultan acreditados por los juzgados de Vigilancia Pentenciaria por el testimonio de los funcionario actuantes, que gozan de una presunción de veracidad y que suelen servir como prueba de cargo.

Así lo explica a este periódico un funcionario de vigilancia de Instituciones Penitenciarias, Juan Manuel Abad, al que ha acudido eldiario.es Andalucía a través de la citada abogada del interno de Algeciras ante el desconocimiento sobre esta realidad, por sus actuaciones y experiencia que viene desempeñando de forma voluntaria en este tipo de casos. De padres sordos y con competencia para comunicar en lengua de signos, desde 1992 viene informando a la institución para la que trabaja y a las administraciones públicas de la situación en la que ha encontrado a distintos sordos que venían ingresando en el sistema, alertando de la “degeneración y exclusión institucional” que presentaban y de las peticiones de auxilio que le solicitaban por encontrarse incomunicados. Lo califica en general como un “agujero negro” y niega tajantemente la versión oficial expuesta por Instituciones Penitenciarias respecto a las razones para la exclusión del curso de violencia de género al citado interno de Algeciras.

“Las personas sordas que ingresan por distintas razones bajo la tutela de instituciones en las que quedan a merced de sus decisiones para el desarrollo de su vida y relaciones, con límites en su capacidad de autonomía, sometidas a un régimen de vida dirigido muy normativizado, con continua trasmisión de órdenes y diversos avisos generales, sufren una verdadera discriminación”, señala.

“Deficiencias puntuales”

Un nuevo protocolo destinado a la atención de personas con discapacidad en el medio penitenciario, aprobado por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias no sin dificultades para su puesta en marcha, trata desde finales de mayo de acabar con algunas de las situaciones como las descritas pero, de momento, no impide que se incumplan e infrinjan la mayoría de los preceptos protegidos en normativas y leyes españolas e internacionales, según el funcionario. Según fuentes de Instituciones Penitenciarias, el protocolo “tratará de mejorar las posibles deficiencias que se hayan podido dar de forma puntual”. “Esta todo legislado, el problema es que nadie lo cumple”, replica el funcionario, que apunta que el protocolo “ha olvidado incluir la accesibilidad comunicativa” en el apartado de 'Accesibilidad', por ejemplo. 

Junto a la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) está tratando que la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad del Ministerio de Sanidad considere “el archivo de actuaciones sancionadoras sobre personas sordas en prisión de manera que se pueda descartar incompatibilidad hechos-discapacidad”. La normativa “no evita el distinto trato, discriminación y la ausencia de accesibilidad que les sitúa en exclusión”. “¿Es aceptable que una institución delegue sus responsabilidades y servicios en la buena disposición y altruismo de algún funcionario? ¿Y en el resto de casos o cuando se ausenta?”, se pregunta.

Este funcionario ha sido testigo de cómo la situación es “peor de lo que imaginaba al entrar en contacto con varios internos en la actualidad” y tener acceso al dato de que el Gobierno tiene reconocidos 114 casos de internos sordos o discapacitados auditivos sobre los que, a la vista de la situación en la que se encuentran los que conoce en primera persona, están siendo “privados y restringidos en su sistema de comunicación”, agravados en casos de analfabetismo que son “numerosos y prolongados durante años”.

Desde el momento de su ingreso una persona sorda pierde toda capacidad de comunicación al negarse la institución, pese a que hay normas que obligan a ello, no hay profesionales capacitados para comunicarse ya que “nunca se ha facilitado un solo intérprete”, como ha reconocido en respuestas oficiales. “Esto les sitúa en un estado de discriminación, exclusión, trato degradante y en ocasiones torturas, al verse sometidos a un estado de aislamiento comunicativo”, señala el funcionario.

“Algunas de estas personas se encuentran instaladas en un estado de degradación psicológica y personal desde el que están lanzando llamadas de auxilio, que son ignoradas permaneciendo en un estado de discriminación, exclusión y desigual trato que son merecedoras de investigación y amplificación por lo inaceptable de su realidad”, como se puede comprobar en la rudimentaria nota elaborada por un interno compañero de una persona sorda (“el antonio no escucha, es muo”, “por favor no pegarle”).

“No se trata de que se les reduzcan las penas o se les trate de forma más favorable en el cumplimiento de sus penas, pero eso no debe de ser excusa para incumplir el trato adaptado que requieren y que les sitúa en indefensión y menosprecio, situando a las instituciones en un comportamiento como el que han reprochado a estas personas para condenarlas y demostrando que la discapacidad quien realmente la presenta son las administraciones que no están modernizadas ni actualizadas conforme al RDL 1/2013 y al compromiso de 'Accesibilidad Universal. Lo que está ocurriendo excede de lo admisible en un estado democrático y de derecho, que pretende exigir a sus súbditos lo que él mismo no cumple”, dice el funcionario.

Revisión de expedientes disciplinarios

Entre las situaciones descritas por el funcionario están que, cuando se les incoa un expediente disciplinario, no tienen acceso a la información y son sometidos a un proceso sin la intervención de intérprete, siendo sancionados a permanecer aislados. Otras veces, como se ha comentado respecto al interno de Algeciras, son directamente excluidos por su limitación comunicativa del tratamiento para su reeducación y reinserción que se facilita al resto de internos. También se presentan a la consulta médica sin intermediario y se producen distorsiones en la trasmisión de síntomas, estados y en las prescripciones y tratamientos pautados, sobre todo en aquellos que comportan complejidad.

Tampoco tienen acceso al consentimiento informado de distintos trámites importantes o permanecen vagando por patios masificados de internos, con gran hostilidad a su alrededor sin la capacidad de trasmitir su ostracismo o los posibles abusos o amenazas, viéndose envueltos en peleas o agresiones físicas, y quedando relegados a la declaración de los oyentes sin posibilidad de desplegar su versión.

También se ven sometidos a órdenes que les son transmitidas de forma oral y que no perciben como tales, siendo sancionados, si se infiere desobediencia por parte de personas que no son competentes en su diversidad. En general, el acceso a cualquier otro servicio (servicios sociales, psiquiatra, psicólogo, ONG,...) está muy condicionado por los problemas y distorsiones en la comunicación sin personas “referentes” que tengan algún manejo de la lengua de signos.

El Defensor del Pueblo Español tiene abierto un expediente después de que la familia del preso de Algeciras advirtiera de que, ya que “la administración penitenciaria no ha sido capaz de materializar adecuadamente los servicios exigidos por la ley, situando a los internos Sordos en vulnerabilidad, discriminación y menoscabo de sus derechos”, se proceda a la “revisión de todos los expedientes disciplinarios, de manera que se pueda descartar incompatibilidad hechos-discapacidad y garantizar que ha habido intervención de intérprete competente”, así como a la “revisión del estado de clasificación de todos los internos sordos, a los que se les ha negado el acceso al tratamiento reeducador y resocializador, la alternativa está basada en la exclusiva represión, de manera que puedan disfrutar de los beneficios penitenciarios en igualdad, si son merecedores de ellos, en virtud de criterios científicos y normalizados”.

“Las instituciones responsables de su defensa están desaparecidas y la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad está mostrando incapacidad y poca sensibilidad para detectar, contrastar y verificar aquellos hechos, situaciones, prácticas, métodos, carencias, omisiones y consecuencias perjudiciales o degradantes que puedan estar dándose, dejando a su suerte a estas personas con discapacidad”, concluye este funcionario.

Por otra parte, se acaba de dictar una nueva sentencia que condena de nuevo al hombre sin DNI, igualmente sordo, que no puede regularizar su situación y acceder al sistema de protección social hasta que salga de la cárcel, resignándose como viene haciendo desde 1991 a pasar su condena sin posibilidad de acceder a los fines de reeducación y reinserción que establecen las normas fundamentales en materia penitenciaria del Estado español.

La nueva pena de nueve meses más de cárcel por un robo el 28 de julio de 2015 sobre un vehículo en Sevilla (el juicio se celebró el pasado 18 de junio) advierte en la sentencia las “deficiencias evidentes” en su forma de comunicarse y relacionarse aunque “no resultan precisas ni en su diagnóstico ni en su alcance”, lamentando el juez que su defensa no aportara documentación médica ni reconocimiento forense. Respecto al caso de este hombre, que Cáritas colaboró en que se hiciera público, la entidad no quiere hacer ahora valoraciones hasta que este hombre no salga de prisión ya que sus asuntos judiciales están en manos de los abogados que de oficio le atienden.

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