Incorporadas 2.100 viviendas con fines turísticos en el registro obligatorio en la primera semana del decreto
En la primera semana desde la entrada en vigor el pasado 11 de mayo del decreto de viviendas con fines turísticos que obliga a sus propietarios a presentar una declaración responsable de inicio de actividad han sido 4.486 los que han cumplimentado este trámite. De éstos, prácticamente la mitad (2.100) han culminado el proceso con su inscripción en el registro de la Junta de Andalucía, que se ha convertido en obligatoria también para este tipo de alojamientos, cuyo volumen no se conoce todavía pero que los técnicos de la Consejería de Turismo estiman en más de 50.000.
El mayor número de las viviendas con fines turísticos incluidas ya en el registro están en la provincia de Málaga (1.379). El resto de provincias van más retrasadas: Cádiz (251), Sevilla (189), Córdoba (87), Granada (68), Almería (65), Huelva (50) y Jaén (11). El hecho de que de momento sólo sean 2.100 se debe a que las que entran automáticamente en el registro es porque sus propietarios cumplimentan todos los trámites por vía telemática, mientras que en el resto hay que ir haciendo todas las comprobaciones desde que entregan la declaración responsable y requiere más tiempo.
Desde la Junta de Andalucía apuntan que la cifra va creciendo por día con nuevas incorporaciones y se espera que en las próximas semanas se multiplique. De hecho, pese a que ya es obligatorio que todas las viviendas con fines turísticos estén en el registro -o serán sancionadas- las inspecciones tendrán en cuenta que hace falta un periodo de adaptación para que con el tiempo se sumen los miles de propietarios que se calcula que hacen este tipo de negocios.
Cabe recordar que el decreto por el que se regulan las viviendas con fines turísticos ha entrado en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), que fue el pasado 11 de febrero. El mismo establece la obligatoriedad rellenar una declaración responsable donde se firma que los inmuebles reúnen los requisitos fijados por la misma norma y de inscribirlos de oficio en el Registro de Turismo de Andalucía.
El objetivo del registro es eliminar su clandestinidad y la competencia desleal, garantizando los derechos de los usuarios porque se vela por el cumplimiento de “unos requisitos mínimos básicos de infraestructura y de calidad, cuya exigencia supone un criterio irrenunciable” por parte de la Consejería de Turismo que, en todo caso, dispone de potestades de inspección y sancionadora como posibles medios con los que perseguir una situación irregular.
Principales exigencias
Entre otros requisitos, el decreto fija que las habitaciones tendrán ventilación directa al exterior o a patios y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas; estarán suficientemente amuebladas y dotadas de los aparatos y enseres necesarios para su uso inmediato; dispondrán de refrigeración cuando el periodo de funcionamiento comprenda los meses de mayo a septiembre; contarán con folletos de información turística; ofrecerán un servicio telefónico de atención para cualquier incidencia; y contarán con ropa de cama, lencería y menaje en general, en función a la ocupación de la vivienda y un juego de reposición.