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El juez descarta, de momento, el sobreseimiento de la causa contar la S. D. Huesca en la Operación Oikos

Carlos Aranda, y el presidente del Huesca, Agustín Lasaosa, detenidos en la operación contra el presunto amaño de partidos de fútbol en Primera y Segunda División

ElDiarioAragón

El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Huesca ha rechazado archivar la causa contar la S. D. Huesca por el presunto amaño de partidos en el marco de la Operación Oikos. Todo empezó el pasado 28 de mayo cuando la Policía Nacional detuvo a nueve personas, jugadores de Primera y Segunda División así como directivos, por participar presuntamente en una organización criminal dedicada al amaño de partidos de fútbol a través de las apuestas deportivas. Entre los detenidos se encontraban el presidente del Huesca, Agustín Lasaosa, y el jefe médico del club, Juan Carlos Galindo Lanuza, además de dos exjugadores.

El 31 de mayo, el Huesca solicitó el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones, algo que el magistrado rechaza en un auto del pasado 7 de junio por el “carácter prematuro de la petición”. Señala el juez que “no se ha levantado el secreto de las actuaciones por lo que difícilmente se puede conocer con plenitud la atipicidad que se predica de los hechos punibles investigados”. Indica también que “aún no se ha dictado ninguna resolución de imputación judicial provisional o la citación para ser oído en calidad de investigada”.

Lo que se ha acordado, dice el auto, es poner en conocimiento del club “que existe un procedimiento penal por hecho punibles atribuidos a sus directivos y/o empleados de los cuales pudiera derivarse una responsabilidad penal y civil para la persona jurídica”.

En definitiva, dice, “procede desestimar la petición por su carácter precipitado, sin perjuicio de que una vez que se levante el secreto de las actuaciones, que lo será en un breve plazo, pueda tener conocimiento de lo actuado, en su caso ser oída”. No ha lugar al sobreseimiento, concluye, “sin perjuicio de que pueda producirse esta desvinculación del procedimiento en un momento ulterior”.

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