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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

El Supremo avala una cláusula suelo: rehipotecaron su casa para comprar una imprenta

Protesta contra las cláusulas suelo.

Eduardo Bayona

Zaragoza —

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Una pareja de Zaragoza, J. M. A. R. y M. C. S. G. S., tendrá que seguir pagando una cláusula suelo del 2,5 % a Bantierra hasta que terminen de liquidar su hipoteca: rehipotecaron su casa para adquirir un negocio y el Tribunal Supremo estima que, en ese caso, no pueden acogerse a las normas de protección de los endeudados, ya que no se trata de un asunto de consumo.

La pareja obtuvo el mismo resultado ante el Juzgado Mercantil número 1 de Zaragoza y ante la Sección Quinta de la Audiencia Provincial, con lo que, además de perder el pleito, encadenan tres condenas consecutivas a pagar las costas del procedimiento.

J. M. A. R. y M. C. S. G. S. se subrogaron en 2004 en el crédito que había suscrito con Bantierra el promotor de la casa que compraron. Al formalizar la subrogación, su cláusula suelo pasó del 2,5 % al 2,75 % mientras la de techo permanecía en el 15 %.

Cuatro años después, clientes y banco acordaron ampliar la hipoteca en 60.000 euros con el objetivo de comprar la mitad de las participaciones de un negocio de artes gráficas en La Muela. La entidad financiera les impuso entonces una cláusula suelo del 4 % que dos años después, por la “especial vinculación” que tenían, quedó reducida al 2,5 %.

“El destino del préstamo no fue un acto de consumo”

Más adelante, los hipotecados solicitaron a los tribunales que declararan la nulidad de la cláusula por su “abusividad debido a la falta de transparencia”.

Sin embargo, el Juzgado Mercantil número 1 concluyó que “el destino del préstamo no fue un acto de consumo, sino una actividad mercantil”, por lo que “no cabía el control de transparencia y solo el de inclusión, que lo pasaba porque existía una oferta vinculante, que contenía de forma clara y precisa las condiciones de la ampliación del préstamo hipotecario, y las cláusulas de la escritura estaban igualmente redactadas con claridad, concisión y sencillez”.

La Audiencia añadió que la cláusula inicial “podía no reunir las condiciones de transparencia exigibles para su validez”, aunque “en 2008 la negociación de las condiciones de ampliación del préstamo se producen en un contexto diferente”, en el que “las nuevas condiciones traen causa de una finalidad mercantil”.

“La ampliación del préstamo no es un acto de consumo, en atención al destino de la suma financiada”, añadía el tribunal provincial.

“Las propias necesidades de consumo propio”

El Supremo, por su parte, concluye que “una misma persona puede ser considerada consumidor respecto de ciertas operaciones y operador económico respecto de otras”, y que, en este caso, al contrato de ampliación del préstamo no le es aplicable “la normativa protectora de consumidores, porque quien contrata con el empresario no tenía la condición de consumidor, en la medida en que la ampliación del préstamo iba destinada a la adquisición de la mitad del capital social de una sociedad mercantil”.

En este sentido, anota que la normativa de protección de los consumidores afecta “solo a los contratos celebrados fuera e independientemente de cualquier actividad o finalidad profesional” y que tienen “el único objetivo de satisfacer las propias necesidades de consumo privado de un individuo”.

En ese caso, quien recibe el préstamo es la “parte considerada económicamente más débil, mientras que esta protección no se justifica en el caso de contratos cuyo objeto consiste en una actividad profesional”.

Más de 8.000 demandas por cláusulas suelo en Aragón

Los juzgados especializados en cláusulas abusivas han resuelto en Aragón un total de 1.753 asuntos desde que entraron en funcionamiento el 1 de junio de 2017.

Ese volumen de casos, no obstante, representa únicamente el 20,7 % del total de los que han entrado en los tribunales, lo que refleja el nivel de atasco que está generando el cribaje judicial de las cláusulas suelo. Con todo, la media de resoluciones de la comunidad se sitúa por encima de la estatal.

En esos quince meses, entre junio de 2017 y agosto de 2018, han llegado a los juzgados especializados (hay uno por provincia) 8.480 demandas, prácticamente la mitad de ellos en Zaragoza.

El Gobierno de Aragón ha solicitado al Ministerio de Justicia más medios personales para asumir la avalancha de asuntos.

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