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El Obispado de Jaca inscribe a su nombre la catedral 15 días antes de que venza el plazo para inmatricularla

Exterior de la Catedral de Jaca.

Eduardo Bayona

Zaragoza —

El Registro de la Propiedad advierte de que esa anotación no tendrá efecto como título de propiedad en dos años, lo que abre una vía para que las administraciones litiguen para que sea un bien público

El obispado de Jaca ha anotado a su nombre la posesión de la catedral de esta localidad oscense, uno de los edificios emblemáticos del románico español, que fue declarado monumento nacional en junio de 1931 y Bien de Interés Cultural en 1985.

La diócesis que preside Julián Ruiz efectuó los trámites el pasado 9 de junio, tan solo quince días antes de que, el día 26 de ese mes, dejara de estar vigente el precepto de la Ley Hipotecaria por el que, desde 1998 y gracias a una reforma impulsada por el Gobierno de José María Aznar, la iglesia podía inscribir a su nombre el dominio de fincas y templos apoyándose en informes de los notarios eclesiásticos.

Ese procedimiento, cuyo uso ha sido duramente criticado por organizaciones como Mhuel, ha servido para que la iglesia inscribiera a su nombre la posesión de algunos de los principales exponentes del arte mudéjar en Aragón, caso de la catedral de La Seo o las parroquias de La Magdalena y San Juan de los Panetes. En todos esos casos, las anotaciones fueron realizadas a mediados de los años 80, cuando la normativa hipotecaria vigente desde 1946 prohibía expresamente la inmatriculación de edificios dedicados al culto. Los tres edificios señalados, por otro lado, han sido objeto de importantes inversiones de dinero público para ser restauradas.

Vía inédita para declarar bien público una catedral

La inmatriculación de la catedral de Jaca, una finca de 4.604 metros cuadrados, abre, sin embargo, una vía inédita para que las administraciones puedan pleitear para que el templo, construido entre 1077 y 1139 al elegir Sancho Ramírez a esa ciudad como capital de Aragón, sea declarado de titularidad pública.

La nota registral de la catedral atribuye su “pleno dominio” al obispado de Jaca “por título de inmatriculación mediante certificación expedida por el canciller-secretario de la diócesis” el 1 de junio pasado. Sin embargo, anota que esa inscripción “no surtirá efecto respecto de terceros en dos años”, lo que abre la vía a que las instituciones públicas reclamen también la inscripción a su nombre del dominio.

“La inscripción de esta obra nueva”

Por otro lado, el Registro de la Propiedad de Jaca ha notificado al ayuntamiento de esa ciudad “la inscripción de esta obra nueva al no haberse acreditado que dicha obra se ejecutara con la preceptiva licencia municipal”.

El registrador requiere así al consistorio para que emita un informe sobre “la situación urbanística de la finca y las medidas de disciplina que, en su caso, pudiera adoptar, dada la posibilidad de que la obra no se ajuste a la ordenación urbanística”.

Colectivos ciudadanos han llevado hasta el Parlamento Europeo la protesta contra las inmatriculaciones, que ha permitido a la iglesia anotar a su nombre la posesión de templos durante los últimos 17 años. Esa presión popular logró que el Congreso aprobara hace unas semanas una reforma legal que impide que puedan seguir produciéndose situaciones de ese tipo.

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