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Media docena de ayuntamientos, 300 familias y 55 empresas piden ayudas estatales por las inundaciones

Seis ayuntamientos y 294 familias, 43 comunidades de vecinos y 55 empresas piden ayudas estatales por las inundaciones

elDiario.es Cantabria

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La Delegación de Gobierno en Cantabria ha recibido reclamaciones de seis ayuntamientos de Campoo y Liébana, una junta vecinal, 294 familias, 43 comunidades de vecinos y 55 instalaciones industriales afectadas por las inundaciones del pasado mes de diciembre, para acogerse a las ayudas estatales por situaciones de emergencia.

Los ayuntamientos son Campoo de Enmedio, Campoo de Suso, Reinosa, Potes, Vega de Liébana y Peñarrubia, que junto a la Junta Vecinal de Cañeda han presentado reclamaciones por importe de 279.803 euros, según ha informado este jueves el delegado del Gobierno en Cantabria, Eduardo Echevarría.

Según ha explicado, por el momento no es posible cuantificar el importe total de las reclamaciones de particulares porque ahora, una vez vencido el plazo establecido para la solicitud de ayudas estatales por la vía ordinaria del decreto 307/2005, hay que hacer una valoración una a una para ver si cumplen los requisitos del decreto.

El delegado ha explicado que se ha remitido a los ayuntamientos una notificación “para que separen la ayuda ordinaria de la extraordinaria”, ya que para ésta última tienen de plazo hasta el 15 de febrero, y si fuera necesario se podría ampliar hasta el 15 de abril.

Echevarría ha explicado que las ayudas extraordinarias están destinadas a ayuntamientos, para la restauración de bienes municipales e infraestructuras dañadas, y requieren un acuerdo del Consejo de Ministros que acote el territorio afectado.

Ayudas ordinarias por emergencia

Las ayudas estatales contempladas en el Real Decreto 307/2005 están destinadas a la atención a necesidades derivadas de una situación de emergencia tales como daños materiales y estructurales en viviendas y enseres de primera necesidad.

Tiene carácter subsidiario y son complementarias a otros sistemas de cobertura de daños. Estas ayudas se dirigen a propietarios o inquilinos de una vivienda habitual, los cuales deben figurar como empadronados en la misma, además de a comunidades de propietarios o dueños de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.

El decreto regula también los requisitos que deben cumplir los solicitantes, los ingresos anuales máximos que puede tener cada unidad familiar o las cuantías de las subvenciones, que van desde los 15.120 euros en el caso de la destrucción total de la vivienda hasta los 2.580 euros estipulados para los desperfectos en enseres.

Los daños en la estructura de una casa podrán ser subvencionados hasta con 10.320 euros mientras que los no estructurales recibirían una cuantía máxima de 5.160 euros.

Además, las comunidades de propietarios podrían percibir hasta 8.000 euros, la misma cantidad que los establecimientos industriales, mercantiles y de servicios. En ambos casos, deberán contar con una póliza de seguro en vigor en el momento de la inundación. Esta última condición no se aplica a las unidades familiares, según informó en su día el Ayuntamiento de Reinosa a los vecinos afectados.

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