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La Justicia da luz verde a la implantación del pasaporte COVID en Cantabria

Una persona muestra su pasaporte Covid para que lo escaneen.

Rubén Alonso

9 de diciembre de 2021 12:14 h

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La Justicia ha dado luz verde al pasaporte COVID en Cantabria, de manera que será necesario para acceder a “zonas interiores e instalaciones cubiertas donde esté autorizada la venta y consumo de bebidas”. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha aceptado la solicitud realizada por la Consejería de Sanidad avalando el uso de esta herramienta, al igual que ya se está haciendo en casi una decena de comunidades, por un periodo de cuarenta días desde las 00.00 horas de este viernes.

Así, Cantabria se una a Galicia, Aragón, Baleares, Murcia, Catalunya, Comunitat Valenciana, Canarias y Navarra, que también cuentan con el respaldo de sus tribunales superiores de Justicia para imponer el certificado, y a Euskadi, que tras el primer revés judicial obtuvo la aprobación por parte del Supremo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, en su resolución, considera el uso del certificado COVID “una medida adecuada, idónea, necesaria y proporcional”. Los magistrados entienden que es adecuada por cuanto la medida se impone en lugares donde está autorizada la venta y/o consumo de bebidas o comidas por el “mayor riesgo de trasmisión que esta situación genera en cuanto incompatible con el uso de la mascarilla”.

Y subrayan, en este sentido, que los lugares en los que se exigirá la exhibición del pasaporte “aluden a actividades no esenciales asociadas de alguna manera al ocio, es decir, a la voluntad del ciudadano que decide hacer uso de estas instalaciones”. Junto a ello, destacan que “su imposición conlleva la mitigación de las medidas que rigen en este momento para todos ellos, en cuanto permite, en tales condiciones y en nivel de riesgo no controlado, un mayor aforo del actual”.

Además, dado que “se ofrecen evidencias científicas que avalan el menor riesgo de infección entre vacunados que en no vacunados, la menor transmisión en caso de contagio, y el escaso impacto de la medida propuesta que permite mayor aforo de los locales afectados en su interior, la sometida autorización se erige como idónea para conseguir el objetivo propuesto”.

Del mismo modo, señala la Sala que “son medidas necesarias, en cuanto no se conocen otras medidas más moderadas para lograr el objetivo propuesto con la misma eficacia”.

“Precisamente, esta medida permite el aumento de aforos al tiempo de procurar no llegar al escenario de nuevas restricciones de derechos fundamentales mucho más intensas”, añade, para finalizar apuntando que “cumple con la proporcionalidad en el sentido estricto, pues se trata de una ”mera exhibición momentánea de la documentación en accesos voluntarios al interior de estos locales“. ”Sin la exigencia del certificado COVID no sería factible flexibilizar las condiciones para el acceso a estos locales de alto riesgo por permitir el consumo de bebida o comida en su interior“, concluye.

Así, según señaló Sanidad, con el uso del pasaporte COVID se incrementará el aforo permitido hasta el 100% en los niveles 1 y 2 de riesgo, hasta el 75% en el 3 y hasta el 50% en el 4. Además, los establecimientos y espacios tendrán que tener un medidor de CO2 si se encuentran en nivel 2, 3 y 4, como medida para frenar la propagación del virus, tal y como recoge un BOC extraordinario del pasado 3 de diciembre. Así, Sanidad ha actualizado el nivel de riesgo de los municipios para reactivar el Semáforo COVID desde este viernes, situando a cinco de ellos en nivel 2.

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