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Castilla-La Mancha recibirá más de 200 millones de euros para las ayudas directas a pymes y autónomos afectados por la pandemia

Uatae cree que la reforma de los autónomos es un avance, pero se olvida de los autónomos dependientes

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la Orden Ministerial de Hacienda que establece el reparto entre las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla de los 7.000 millones de euros con que está dotada la Línea COVID de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas prevista en el RealDecreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la crisis económica provocada por la pandemia. Castilla-La Mancha recibirá un total de 206,3 millones, colocándose como la décima comunidad autónoma en cuanto al reparto de estos fondos-

El Real Decreto-ley prevé que se efectúen las correspondientes transferencias a cada ente territorial con cargo a dos créditos extraordinarios. Uno, por importe de 5.000 millones de euros, con destino a las Comunidades Autónomas –con la excepción de Baleares y Canarias– y a las Ciudades de Ceuta y Melilla. Y el segundo, dotado con 2.000 millones de euros, para los dos archipiélagos, que han sufrido un impacto económico superior por la pandemia, dada su especial dependencia del sector turístico.

Dos terceras partes del primer importe se distribuyen según el peso relativo del indicador de renta de cada Comunidad Autónoma y Ciudad, que mide la caída del PIB en 2020 moderado en función de la prosperidad relativa de cada una de ellas. El indicador de renta de cada Comunidad y Ciudad es la cifra resultante de dividir el peso relativo de cada entidad territorial en la caída del PIB de 2020 en relación con 2019 entre su respectiva prosperidad relativa, medida a través de su renta per cápita respecto de la renta per cápita nacional.

Dos novenas partes del importe se distribuyen según el indicador de desempleo, que considera la media ponderada entre el peso de la Comunidad Autónoma y Ciudad en el total de parados registrados en enero de 2020 y su contribución al incremento del paro registrado nacional desde el 31 de enero y hasta final de ese ejercicio.

Una novena parte de su importe se distribuye conforme al indicador de desempleo juvenil (16-25 años) que, análogamente al criterio anterior, considera la media ponderada entre el peso de la Comunidad Autónoma o Ciudad en el total de jóvenes parados registrados en enero de 2020 y su aportación al incremento del paro juvenil registrado a lo largo del año pasado en todo el país.

En cuanto al segundo compartimento de 2.000 millones de euros reservado para las Comunidades de Baleares y Canarias, su reparto se realizará de forma proporcional a su peso relativo en la caída en 2020 de los afiliados a la Seguridad Social en términos netos. Este indicador se medirá con la reducción del número medio anual de afiliados en alta entre 2019 y 2020, descontando el efecto del número de trabajadores en ERTE medios en 2020.

Convenios y transferencias

El Ministerio de Hacienda efectuará la transferencia de estos recursos a cada Comunidad Autónoma y a las Ciudades de Ceuta y Melilla dentro de los diez días siguientes en que adquiera eficacia el convenio que se celebre con cada uno de estos territorios. Aunque los entes territoriales también podrán solicitar que la liberación de estos fondos pueda realizarse con posterioridad.

De acuerdo con el Real Decreto-ley 5/2021, la Línea COVID se configura como una dotación de carácter presupuestario, cuyo objeto es la canalización de ayudas directas a autónomos y empresas, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado. Esa misma norma contempla también una línea destinada a la reestructuración de deuda financiera dotada con 3.000 millones de euros. Y además un fondo de recapitalización de empresas afectadas por la Covid-19 de 1.000 millones de euros.

Posteriormente, se dictará otra Orden Ministerial en la que se especificarán cuestiones técnicas que resultan necesarias para el desarrollo de las ayudas previstas en el Título I del Real Decreto-ley.

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