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El SESCAM debe pagar una indemnización de 105.000 euros por la muerte de una paciente

sanidad

elDiarioclm.es

El Servicio de Salud de Castilla la Mancha (SESCAM) ha dictado Resolución, en un caso tramitado por los Servicios Jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente, mediante la cual estima “totalmente la reclamación”, reconociendo su propia responsabilidad, y acuerda indemnizar con la cantidad de 105.000 euros a la madre y hermano de la paciente de 42 años fallecida por “graves errores” durante práctica de una histeroscopia realizada en el Hospital de Tomelloso.

Según informa el Defensor del Paciente, la mujer acudió al hospital para someterse a una histeroscopía quirúrgica para extirpación de los pólipos endometriales.  Dicha operación  la llevó a cabo una ginecóloga, la cual tras finalizar comunicó que “había resultado bastante dificultosa por la cantidad de pólipos encontrados, pero aún así, el mismo día la dio el alta de la Unidad de Cirugía Mayor Ambulatoria-Ginecología”, según señalan desde la asociación.

Los cuidados tendría que continuarlos en su domicilio pero “no llegó a salir del Hospital dado que la evolución posterior a la intervención no fue satisfactoria”. La paciente comenzó a desarrollar epigastralgia (dolor de boca del estómago) y distensión abdominal acompañada de náuseas y sudoración, por lo que se decidió su ingreso en planta de hospitalización de Ginecología.

Ante la situación de la paciente, se solicitó un TAC que “fue el que reveló la existencia de varias perforaciones” y con “nefastos” resultados se decidió intervenir encontrando “una perforación de útero, una lesión en pedículo y ovario derecho y tres lesiones a nivel de intestino”, según explican desde El Defensor del Paciente. Tras la operación la paciente entró en estado de shock y fue trasladada a la UCI del Hospital “Mancha Centro” de Alcázar de San Juan, donde ingresó con shock séptico, “fracaso multiorgánico secundario a múltiples perforaciones uterinas/intestinales y otra lesión en uréter que había pasado desapercibida”, explica la asociación.

La defensa del caso ha sido llevada a cabo por el abogado Álvaro Sardinero, especialista en Derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente, el cual afirma que todo fue ocasionado durante la realización de una histecoscopia que “se llevó a cabo sin la diligencia técnica debida y sin adoptar unas mínimas cautelas tendentes a evitar tal número de lesiones y perforaciones”, y lo que es más importante, “sin detectarlas y sin poner los medios para revisar la zona quirúrgica antes de decidir dar el alta a la paciente”. Cuando la mujer ingresó en el Hospital de Alcázar de San Juan “el daño ya estaba hecho” y la paciente no logró recuperarse a pesar de todos los intentos por parte del equipo médico, falleciendo el 12 de agosto de 2015.

Por ello la resolución concluye que “el acto médico cuestionado no se ajusto a los parámetros de la lex artis”. Además, afirman que tanto la historia clínica como los informes médicos disponibles dan por probado que las complicaciones sufridas fueron de origen yatrogénico, secundarias a la intervención quirúrgica. Por tanto, “existe una relación causal entre el acto médico y el óbito de la enferma”.

Por último, Carmen Flores, presidenta de la asociación señala que “estamos ante un claro caso de negligencia en el que no ha sido necesario acudir a la vía judicial”. Además comenta que “ojalá” los Servicios de Salud lo reconozcan y así se “evite la necesidad de acudir a juicio para hacer valor los derechos de los pacientes”.

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