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ALBACETE

Una empresa convierte en amenazas a su plantilla unas elecciones sindicales por “la mierda del plan de igualdad”

Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

Alicia Avilés Pozo

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Todo empezó con la obligación establecida por ley para que todas las empresas y sociedades de más de 50 empleados y empleadas dispongan de un plan de igualdad. Fue el detonante para que en la sociedad cooperativa ColladoChamp de Navas de Jorquera, en la provincia de Albacete, se celebraran unas elecciones sindicales que no terminaron bien. Desde ese momento se produjeron una serie de vulneraciones de derechos fundamentales que el sindicato CCOO llevó a los tribunales y sobre las que ya hay sentencia firme.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha ratificado la sentencia de junio de 2023 que ya condenaba a esta empresa por vulneración de derechos fundamentales de libertad sindical y de integridad física y moral. Con ello, tras desestimar su recurso, la condena al cese inmediato de los comportamientos delictivos y a indemnizar con 30.000 euros al sindicato y con 10.000 euros a una de las demandantes.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso elDiarioclm.es, los hechos se remontan a 2022, cuando ColladoChamp, dedicada al cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos, principalmente champiñón, y con un total de 100 trabajadores y trabajadoras, tuvo conocimiento de que debía elaborar un plan de igualdad. Para ello mantuvo conversaciones con el sindicato UGT, único con representación en la sociedad cooperativa, a fin de que se celebraran elecciones sindicales para su consecución.

Al proceso electoral para elegir a cinco representantes del Comité de Empresa, el primero que celebraba, se presentaron dos candidaturas, la de UGT y también la de CCOO. A partir de ese momento, en mayo de 2022, el presidente de la cooperativa llevó a cabo una serie de actuaciones, demostradas por grabaciones de audio, que desencadenaron los hechos.

En primer lugar, conminó a la denunciante, número uno de la lista de CCOO y a otras trabajadoras de la candidatura, a que renunciaran a esa aspiración, pidiéndolo como “un favor”. También tuvo este tipo de conversación con otro trabajador, “presionándolo” para abandonar la candidatura, puesto que era “incompatible con prestar servicios en la empresa”.

“Tener dos sindicatos es un problema”

Las transcripciones de las grabaciones recogidas en la sentencia desvelan que la sociedad cooperativa amenazó a estos trabajadores, en caso de no aceptación, con un “cambio de actitud y comportamiento de la empresa en el futuro”. “Para nosotros, tener dos sindicatos es un problema”, proclamaron en su segunda conversación con el trabajador mencionado.

Posteriormente, durante el proceso electoral, ColladoChamp permitió el acceso y el mantenimiento de reuniones del personal de su plantilla con representantes de UGT pero no así con los de CCOO, a los que “les fue prohibido el acceso al centro de trabajo”. Continuaron asimismo las conversaciones con los miembros de esta última lista para que renunciaran a la candidatura y con otros miembros de la plantilla para que votasen a UGT.

“Que tú estés en un sindicato u otro solo nos da problemas, pero la mierda del plan de igualdad nos obliga a esto. A nosotros nos consta que Comisiones Obreras solo la lía”, refiere uno de los directivos de la empresa en una de esas conversaciones.

Las elecciones sindicales se celebraron y CCOO consiguió una representante en el Comité de Empresa, la que luego fue una de las demandantes. Pero ahí no acabaron las intimidaciones y amenazas. Tras constituirse este órgano, esta última fue citada por el presidente de la cooperativa para firmar el plan de igualdad, a lo que la trabajadora se negó por no haberlo leído con anterioridad ni haberlo consultado con su sindicato.

Esta petición se volvió a repetir en días posteriores. Ante la negativa de la trabajadora para firmarlo, el presidente de la empresa le espetó: “Si esto va a ser así, en vez de llevarnos bien nos vamos a llevar mal. Si no facilitas las cosas, ya sabes lo que pasa (…) No haces más que molestar”, le dijo.

Las represalias no tardaron en llegar. En agosto, tanto esta trabajadora como el resto de empleados que integraban la candidatura de CCOO, que anteriormente se encontraban repartidos en diferentes grupos de trabajo, fueron concentrados en uno solo, asignándoles la recogida del champiñón en una nave en la que existían “problemas de acondicionamiento, climatización y humedad”, y por lo tanto, peor productividad. Además, en el caso de la demandante, la empresa no atendió a sus quejas por padecer una artritis reumatoide al menos desde 2021.

Bajas y despidos

Tras otra serie de recriminaciones, esta trabajadora se dio de baja por ansiedad en el mes de septiembre. Después, la sociedad cooperativa realizó una serie de acciones contra otras trabajadoras de la lista de CCOO: una sanción a una de ellas por faltar a trabajar en festivo (era 12 de octubre); y el despido de otra por “haberse visto disminuido su rendimiento”.

Estos son los motivos que llevaron al sindicato a demandar a la empresa en octubre de ese año. Fue por “acoso laboral” a los integrantes de su candidatura electoral. El proceso concluyó en la citada sentencia del pasado mes de junio, ahora ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, tras desestimar el recurso de la empresa.

Este periódico ha contactado con ColladoChamp para conocer sus impresiones sobre estos hechos. Fuentes de la empresa han indicado que están en desacuerdo con la sentencia pero que no adoptarán ninguna medida judicial más.

La secretaria provincial de Industria de CCOO en Albacete, Itsaso Cortés Somavilla, ha celebrado la sentencia y ha afirmado que la consecuencia de esta forma de proceder fue que dos de las personas que iban en la candidatura renunciaron a la lista, reconociendo “la valentía de las otras tres personas por no ceder ante las intimidaciones y por querer defender los derechos de todas las compañeras y compañeros”. “La persecución y el acoso al que se vieron sometidas fueron terroríficos, con amenazas y presiones”, ha indicado.

Pese a la sentencia favorable, Cortés ha señalado que es “una victoria agridulce”, ya que al final de todo este proceso, las tres personas de la candidatura “están fuera de la empresa”, lo que “obviamente no sólo es negativo para ellas, sino que también va en detrimento de la defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras en un sector, mayoritariamente de personas migrantes, y en el que las condiciones laborales dejan mucho que desear”.

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