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Sanidad decreta los servicios mínimos en Castilla-La Mancha por la huelga de médicos

Urgencias en Toledo

Carmen Bachiller

4 de diciembre de 2025 08:36 h

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La Consejería de Sanidad ha decretado este jueves los servicios mínimos de atención sanitaria prestados por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) durante la huelga de médicos convocada entre el 9 y el 12 de diciembre de 2025, ambos inclusive, por parte de las organizaciones sindicales Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y Sindicato Médico Castilla- La Mancha (CESM). Ayer era apoyada por el Colegio Oficial de Médicos de la comunidad autónoma.

Sanidad justifica los servicios mínimos en el artículo 28.2 de la Constitución que habla de asegurar los “servicios esenciales” para la comunidad.

Aunque lo habitual es que con carácter general se establezcan los mismos efectivos que para un día festivo, en este caso no será así. Se han fijado servicios mínimos del 100% en determinadas unidades, del 25% en el ámbito ordinario de la Atención Primaria y del 33% en Hospitalaria y Especializada complementaria, según recoge la resolución publicada hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Los servicios mínimos, según las unidades

En el ámbito de Atención Primaria y Urgencias Extrahospitalarias se garantizará la atención urgente en cada Zona Básica con el 100% de los efectivos previstos para un día festivo, con las siguientes particularidades adicionales:

- Personal de guardia programada en cada PAC.

-Hasta la hora de comienzo de la guardia programada en cada PAC se establecerán como servicios mínimos el mismo número de efectivos que los de la guardia, considerándolos a todos los efectos como personal en jornada ordinaria.

- Servicio de respuesta sanitaria (CCU): el 100% de los servicios.

- Unidad autonómica de coordinación trasplantes Castilla-La Mancha: el 100% de los servicios.

- Resto de centros el 25% de los efectivos de un día no festivo.

En los centros hospitalarios y atención especializada se garantizará la presencia del personal propio de un día festivo para garantizar la atención urgente.

Además, se garantizará la plena asistencia sanitaria urgente y programada a pacientes afectados por patologías críticas o especialmente graves en los que la secuencia temporal de sus tratamientos pueda verse afectada si se produce una reprogramación o aplazamiento por afectar negativamente a su situación y/o evolución clínica, y en particular:

- Urgencias y unidades de críticos: Se garantizará con el 100% del personal habitual.

- Diálisis: Se garantizará la actividad programada y la urgente con el 100% del personal habitual.

- Hospital de Día Oncohematológico: Se garantizará la actividad programada y la urgente con el 100% del personal habitual.

- Oncología Radioterápica: se garantizará la continuidad de los tratamientos en curso con el 100% del personal habitual.

- Unidades de reproducción asistida y fertilidad: se garantizará la continuidad de las pruebas y tratamientos en curso con el 100% del personal habitual.

Adicionalmente y de forma complementaria, para garantizar la atención sanitaria mínima debida en el resto de supuestos, los servicios mínimos serán del 33% de los efectivos de un día no festivo para prestar la actividad ordinaria que garantice un mínimo de continuidad en los diagnósticos, tratamientos, altas y resto de gestión propia de los centros sanitarios.

En cuanto al régimen de prestación de servicio y retribución del personal al que, en su caso, se le asigne servicio mínimo en régimen de guardia, tanto presencial como localizada, será el correspondiente a un día no festivo, por tener tal carácter los días afectos a la convocatoria de huelga.

Las empresas o entidades que, mediante gestión indirecta realicen servicios de titularidad del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en materia de atención sanitaria, deberán garantizar la efectiva prestación de servicios en los mismos términos establecidos para centros del Sescam.

Una decisión basada en la “peculiaridad” del colectivo

La decisión se ha tomado dada la “peculiaridad” del colectivo convocante de la huelga y su duración de cuatro días que se suman a un fin de semana y festivo previo - el puente de la Constitución- y otro fin de semana posterior, suman un total de 9 días teóricos sin actividad ordinaria.

Y por otro lado se justifica en que hay centros en los que determinados servicios y especialidades no prestan servicios los días festivos, pero la presencia de esos profesionales se requiere necesariamente para atender los requerimientos asistenciales inaplazables derivados de la actividad sanitaria de un día ordinario.

El Sindicato Médico de Castilla-La Mancha ha anunciado su decisión de impugnar la resolución de la Consejería de Sanidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma por “desproporcionados” y afirma que la huelga sigue adelante.

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