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Álvaro Lobato, el juez que difunde ideología antisindical y cree que Glovo sufre “acoso”

El juez Álvaro Lobato durante una sesión del juicio

Oriol Solé Altimira

Barcelona —
10 de julio de 2025 22:30 h

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Se suele decir que los jueces solo hablan en sus sentencias. El magistrado Álvaro Lobato lo ha mostrado sobremanera en su rechazo a la demanda que Just Eat interpuso contra Glovo por competencia desleal. La resolución va más allá de resolver el caso concreto e incluye alabanzas a la compañía de Óscar Pierre y críticas políticas propias de la ideología neoliberal a la regulación laboral y a la Inspección de Trabajo. El magistrado incluso traslada a su sentencia el título de un artículo de opinión que escribió a principios de año: “La España sindicalizada”.

Lobato llegó al juzgado mercantil 2 de Barcelona hace tres años. Se reincorporó así a la carrera judicial, de la que había cogido una excedencia en 1996 para pasar por grandes despachos privados como Gómez-Acebo y Pombo y DLA Piper. También fundó su propio bufete. En la actualidad es, además, secretario de la fundación Fide.

En círculos jurídicos barceloneses se conoce el talante liberal de este magistrado, pero los abogados consultados no recuerdan en sus resoluciones digresiones ideológicas como las que Lobato ha incluido en su sentencia de este jueves. Las mismas fuentes agregan que un juez de lo mercantil no suele tratar grandes casos mediáticos.

Uno de los fragmentos más llamativos de la sentencia de Lobato del caso Glovo es la crítica que realiza a las inspectoras de Trabajo que vigilaron si la compañía de Óscar Pierre cumplía con la sentencia del Supremo del año 2020 que anuló su modelo de falsos autónomos. El magistrado llega a cuestionar la profesionalidad de las funcionarias, a las que atribuye “un indiscutible sesgo de grupo” y las señala porque, a su juicio, desconocen que la ley rider sí permite a las plataformas tener a repartidores como autónomos.

En sus consideraciones contra la Inspección de Trabajo, el juez apostilla: “En todas las declaraciones parecía resonar, con atronadora unanimidad, el eco nostálgico de la España sindicalizada, 'el mundo de ayer' administrado y burocrático”.

En mi criterio no hay nadie más indicado que los propios afectados para decidir lo que mejor les conviene…….. excepto algún iluminado y omnisciente burócrata que parece gozar de un privilegiado acceso a la Verdad

Álvaro Lobato Juez del caso Glovo

¿A qué se refiere el juez Lobato con “el eco nostálgico de la España sindicalizada”? El propio magistrado lo había explicado en un artículo en enero en El Confidencial: “Un incremento gradual pero significativo de la presencia e intervención del Estado en múltiples ámbitos de la actividad social, económica y cultural”. Un fenómeno negativo, en opinión de Lobato, que también aprovechaba su tribuna para arremeter contra “la izquierda paleolítica anclada en un universo cultural e ideológico totalmente periclitado que continúa idolatrando lo 'público' como un icono sagrado”.

En un vídeo de hace once meses de la fundación de la que es secretario, el juez había ido más lejos y había cuestionado abiertamente el papel de los sindicatos. “Se está produciendo un desplazamiento de lo colectivo a lo individual. En el seno de una empresa, las jerarquías rígidas y autoritarias pierden pertinencia. ¿Qué sentido tiene hoy la defensa colectiva de los intereses que ya no son homogéneos de los trabajadores de una empresa? Planteo el tema, que ya sé que es vidrioso, de los sindicatos...”, arrancaba el juez Lobato.

Proseguía su argumentación el juez con un entierro del marxismo. “La empresa no es hoy un terreno de la lucha de clases, no digo que no haya escenario de eso, pero el capitalismo ha cambiado y esa visión tan beligerante no se corresponde con la realidad”, sostenía.

“Seguimos teniendo estructuras que defienden posiciones colectivas en un escenario que está desapareciendo. No quiero sumarme a eso, pero tiendo a pensar que este tipo de organizaciones [los sindicatos] ya defienden solo los intereses de sus miembros, que cada vez son menos, o de las propias burocracias que generan. ¿Tiene algún sentido el sindicalismo clásico, del siglo XIX o XX, en una empresa que ya no genera confrontación como Marx lo relataba?”, apostillaba el juez Lobato en la grabación.

“No sé nada del Derecho Laboral”, admitía el juez en otro de los vídeos de su fundación en los que ejerce de entrevistador a un socio del bufete Sagardoy, habitual en la defensa de las empresas en conflictos laborales con los sindicatos y que diseñó la reforma laboral del PP de 2012.

“Vivimos una revolución industrial que ha convertido el trabajo en algo caso individual. Tengo la impresión de que las grandes instituciones intermedias representativas de estos colectivos han perdido pertinencia. ¿Qué sentido tienen hoy los sindicatos?”, lanza el juez a su interlocutor, en una intervención en la que considera a la clase obrera “en trance de desaparición”.

En su sentencia de este jueves, el juez Lobato también se hace preguntas. “¿Cuál es la razón por la que no se permite elegir a los trabajadores el modo de prestar su servicio en la plataforma?”, se cuestiona, para responderse a renglón seguido: “En mi criterio no hay nadie más indicado que los propios afectados para decidir lo que mejor les conviene…….. excepto algún iluminado y omnisciente burócrata que parece gozar de un privilegiado acceso a la Verdad”.

El “acoso” a Glovo

El reverso de la “España sindicalizada”, según se desprende de la propia sentencia del juez Lobato, es Glovo. El magistrado se deshace en elogios a la empresa, en contraste con el “brumoso laberinto normativo” que, a criterio del juez, impuso la ley rider en 2021 al introducir “rigidez” y “elevando costes” laborales.

Al contrario que las sentencias de los jueces de lo social que han desenmascarado el modelo de falsos autónomos de Glovo y han equiparado su modelo de negocio a las empresas de reparto tradicionales, Lobato presenta a Glovo como una empresa con una actividad “claramente innovadora” y “en permanente innovación tecnológica”.

“¿Cómo deberían haber actuado un grupo de emprendedores que habían adoptado la iniciativa de aventurarse en un negocio novedoso, tecnológicamente avanzado y sin una definición clara de un marco laboral consolidado? Realmente, en mi criterio hicieron lo que debían hacer: poner en marcha su negocio”, señala el magistrado.

El juez no solo descarta que el modelo de falsos autónomos con los que operó Glovo desde su fundación en 2015 hasta, según lo anunciado por la propia empresa, el pasado 1 de julio, suponga competencia desleal a Just Eat. El magistrado respalda los cambios de modelo que Glovo ha venido realizando desde la sentencia del Supremo que tumbó su modelo laboral para mantener a sus repartidores como autónomos pese a lo dictaminado por el Alto Tribunal y la ley rider.

“Es evidente que la compañía ha ido adaptándose a las exigencias e imperativos legales que han experimentado intensas variaciones”, indica el magistrado, que comprende que Glovo “optase por el marco laboral que minimizara los costes y favoreciera la viabilidad del negocio” ante “un entorno de acentuada incertidumbre legal”.

El juez también aprovecha su resolución para definir como “tuitiva y proteccionista” la “naturaleza” del derecho del trabajo. Muchos más elogios le merece la libertad de empresa, que considera “el mejor instrumento de asignación de recursos jamás inventado por la mente humana”.

En suma, el juez convierte su sentencia de un pleito mercantil sobre competencia desleal en un aval a la actuación de Glovo que está siendo cuestionada por la vía penal. La Fiscalía acusa al fundador de la compañía, Óscar Pierre, de un delito contra los derechos de los trabajadores precisamente por mantener su modelo de falsos autónomos. Las tesis del juez Lobato de un caso que queda fuera de su jurisdicción se sitúan en la línea de la tesis de defensa de Pierre.

“Hay que hacer un esfuerzo de contención para no calificar como denodada e incansable persecución, el continuo acoso de la inspección de trabajo mediante levantamiento de actas y la imposición de sanciones sistemáticamente revocadas, o las modificaciones legales en el ámbito penal enderezadas específicamente a sancionar la conducta de los directivos de la compañía”, concluye el magistrado Lobato, un juez que habla, y mucho, en su sentencia.

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