Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El ataque limitado de Israel a Irán rebaja el temor a una guerra total en Oriente Medio
El voto en Euskadi, municipio a municipio, desde 1980
Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal

Estas son las leyes contra los desahucios que ya ha recurrido el gobierno de Rajoy

El presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy

João França

El PP explora impugnar la ley catalana contra los desahucios y la pobreza energética antes del 5 de mayo. Como ha avanzado Catalunya Plural, la PAH alerta de que esta medida podría afectar también otras comunidades autónomas donde se están tramitando leyes inspiradas en la que aprobó por unanimidad el Parlamento de Catalunya a iniciativa de la PAH, la Alianza contra la Pobreza Energética y el Observatorio DESC.

El gobierno de Rajoy tiene en su histórico diversas leyes autonómicas de vivienda recurridas al Tribunal Constitucional: el Decreto Ley 6/2013 de Andalucía sobre la función social de la vivienda, la Ley Foral 24/2013 de Navarra de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda, la Ley 2/2014 de modificación de la Ley de vivienda de Canarias y la Ley 3/2015 de vivienda de Euskadi. En todos estos casos, el Ejecutivo invocó el artículo 161.2 de la Constitución para lograr la suspensión cautelar de los artículos recurridos. La PAH añade a esta lista el bloqueo en el Congreso de la ILP que presentaron en 2013 e inspiró la ILP catalana, convertida en la ley ahora en disputa.

Repasamos las leyes contra los desahucios recurridas por el gobierno del PP:

Andalucía: ley sobre la función social de la vivienda

El gobierno de Andalucía aprobó en abril de 2013 un decreto-ley sobre la función social de la vivienda. Una de las medidas más polémicas era la expropiación temporal de las viviendas vacías para dedicarlas a su función social. Esta medida estaba presente también en la ley catalana del derecho a la vivienda aprobada en 2008 y no fue objeto de recurso de inconstitucionalidad, aunque fue eliminada en una reforma del primer gobierno de Artur Mas. No obstante, el gobierno de Rajoy consideró que, en el caso de la norma andaluza, esta medida entraba en conflicto con el derecho a la propiedad, y la recurrió ante el Tribunal Constitucional. El PP también recurrió las sanciones impuestas sobre las viviendas vacías, aunque en Catalunya siguen vigentes y se aplican gracias a las mociones que la PAH ha llevado a varios ayuntamientos. El parlamento andaluz aprobó una ley que sustituía el decreto-ley del gobierno autonómico que también fue suspendida por el TC.

Navarra: medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda

En el caso de la ley foral 24/2013, aprobada el 2 de julio por el Parlamento de Navarra, el Consejo de Ministros presentó recursos similares. El ejecutivo entendió que la definición de vivienda deshabitada de la ley también entraba en conflicto con el derecho a la propiedad y que no se debería regular desde las competencias en materia de vivienda o urbanismo porque afectan “condiciones básicas que garantizan la igualdad entre todos los españoles”. En cuanto a la expropiación de derecho de uso de la vivienda el ejecutivo consideró que había una “discriminación arbitraria” en centrarlo en filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos. Para sortear este cuestionamiento, la ley catalana definió con detalle qué es un “gran tenedor de vivienda” que puede ser objeto de sanciones. El recurso del TC también cuestionaba el régimen sancionador de la ley navarra.

Canarias: modificación de la ley de vivienda

En junio de 2014 el parlamento de Canarias aprobó una modificación de la ley de vivienda vigente desde 2013. El objetivo principal de esta modificación era garantizar el carácter social de la vivienda y alejarla de intereses especulativos. Como en los otros casos, se planteaba la expropiación temporal de inmuebles de entidades bancarias para evitar el desahucio de familias en riesgo de exclusión. Una vez más, el Ejecutivo planteó un recurso en el que cuestionaba que el gobierno autonómico invadiera competencias del Estado en materia de propiedad privada. También considera que discrimina a las entidades jurídicas y cuestiona que se establezcan sanciones en base a “indicios de no habitación”.

Euskadi: ley de vivienda de 2015

El parlamento vasco aprobó en junio de 2015, un mes antes de la catalana, una ley para garantizar el acceso a una vivienda a todo el que lo necesite en contra de la voluntad del gobierno del PNV. La ley 3/2015 establece la vivienda como un derecho subjetivo que los ciudadanos pueden exigir a las instituciones, como la educación y la sanidad. También establece una tasa a las viviendas que llevan más de dos años deshabitadas. Para garantizar que las familias vulnerables no se queden en la calle se establece también un alquiler forzoso a entidades financieras cuando se produzcan desahucios y no haya ninguna alternativa habitacional. En este caso, el ejecutivo de Rajoy ya cita la sentencia del Constitucional contra el decreto-ley andaluz y asegura que tendría unas “consecuencias aún más amplias”. En cuanto a la argumentación del recurso, es similar a otros casos en cuanto al derecho a la propiedad privada y régimen sancionador.

Etiquetas
stats