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La jueza de la dana dice que la “tesis exculpatoria” de la defensa de Mazón “se convierte en inculpatoria” de Pradas

Salomé Pradas y Carlos Mazón, en una imagen de archivo.

Lucas Marco

València —
4 de septiembre de 2026 14:51 h

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La jueza de la dana considera que la “tesis exculpatoria” expresada en un reciente escrito por la defensa del expresident Carlos Mazón “se convierte en inculpatoria respecto de” la exconsellera Salomé Pradas, investigada en la causa. El exjefe del Consell negó que hubiera un “nexo causal individualizado” entre su actuación y los fallecimientos en la catástrofe del 29 de octubre de 2024, trágica jornada que dejó 232 fallecidos.

La magistrada, en un auto dictado este viernes, cuestiona abiertamente el argumentario del expresident, que figura personado en la causa como una suerte de 'preinvestigado'. La jueza considera que sus afirmaciones sobre el carácter consensuado del contenido del Es-Alert “implica desconocer” tanto la estructura del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) como la “secuencia” de la elaboración del texto de alerta a los móviles.

La resolución también destaca la “intervención y autorización directa” de Pradas en relación con el Es-Alert, “dadas sus competencias como gestora de la emergencia y directora del Plan Especial frente al Riesgo de Inundaciones, en la situación 2 de emergencia”.

“No es solo que no se enviara ningún mensaje Es-Alert hasta las 20.11, retrasado con disquisiciones jurídicas absurdas sobre el confinamiento, por no decir de las lingüísticas, sino que previamente, de forma incomprensible, no se utilizaron otros medios de aviso a la población, absolutamente ajena a los riesgos, especialmente en las zonas donde no llovía”, afirma la jueza.

La magistrada refrenda que las medidas de protección a la población “jamás llegaron a tiempo” y que el contenido del Es-Alert fue “manifiestamente erróneo e incompleto”. El siguiente mensaje a los móviles, que sí que incluía la recomendación de buscar refugio en altura, “fue sumamente tardío”, apostilla la resolución.

Por otro lado, el auto rebate la tesis de la defensa de Mazón sobre los fallecimientos acaecidos tras el primer Es-Alert de las 2011: “El desconocimiento del gravísimo riesgo que estaban asumiendo las víctimas, la falta de avisos adecuados, y con antelación suficiente, es patente y común precisamente en todos los casos que se mencionan en el escrito”.

Además, también agrega que “a nadie se le escapa que la falta de avisos sobre el riesgo que asumía la población al bajar a los garajes resultó mortal”.

Sugerencia “en buena lógica” para que salga de la causa

La instructora incluso invita a Mazón a salirse de la causa y abandonar su llamativa personación. “En cualquier caso, si el aforado Sr. Mazón estima que no hay nada que se le pueda imputar, en buena lógica puede apartarse del procedimiento, nadie le obliga a ser parte de las presentes diligencias previas”, indica el auto.

La jueza, además, recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV), en la resolución que excluyó que se imputara a Mazón, también dijo que la magistrada de Catarroja debía “seguir investigando”, un aspecto “olvidado” en el escrito de la defensa del expresident del PP.

Además, el auto señala, en relación con los mensajes intercambiados entre Pradas y el jefe de gabinete de Mazón, que José Manuel Cuenca los borró y que el expresident no los ha aportado “voluntariamente” en ningún momento.

“En realidad, el escrito no es sino una extensa solicitud de sobreseimiento, dirigida a un órgano que no es competente, y formulada por una persona que no ostenta la condición de investigada”, manifiesta la jueza.

Una “afirmación hueca”

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra también rechaza el carácter prospectivo que le reprochaba la defensa de Mazón a su instrucción. “La afirmación de que se mantiene una investigación personal prospectiva contra el señor Mazón es una afirmación hueca, sin refrendo ni mención a diligencia alguna que tenga tal carácter. El Ministerio Fiscal ya rechazó la posibilidad de nulidad de cualesquiera diligencias que pudieran amparar la personación”, explica el auto.

Por otro lado, la instructora recuerda que no es su competencia “analizar cualesquiera hipótesis que pueda formular la representación” del expresident, “ni validar lo ya resuelto por el TSJ-CV y por la Audiencia Provincial de Valencia, ni sobreseer o confeccionar un auto de imputación frente a un aforado”.

El abogado del expresident instaba en su escrito a la jueza a que dijera si mantenía otras líneas de investigación relativas a Mazón. “La necesidad de que se expresen lo que se denominan líneas de investigación, es una pretensión que no tiene acogida en nuestro ordenamiento”, contesta en el auto.

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