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Un Juzgado de León revoca el alta forzosa de un paciente de un hospital privado hasta que encuentre plaza en una residencia

El Hospital San Juan de Dios de León, en una imagen de archivo.

Alba Camazón

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El Juzgado de Instrucción número 1 León ha revocado el alta forzosa de un paciente del hospital privado San Juan de Dios hasta que encuentre plaza en una residencia o centro especializado. El paciente tiene graves secuelas por un accidente cerebrovascular.

El juez coincide con la Fiscalía y concluye que el paciente, con dependencia “severa” tras un ictus, no tiene capacidad para decidir sobre su alta. El juez señala que el leonés no está en disposición de comprender “el alcance del alta y tampoco de adoptar los cuidados médicos indicados”.

El informe de la Fiscalía señala que este paciente necesita a otra persona para realizar “todas las actividades” y aprecia que el centro hospitalario ha solicitado plaza en centros residenciales y que el alta es para continuidad de cuidados a cargo de su madre. Sin embargo, su madre, de 81 años, está enferma y tiene pocos ingresos, por lo que no puede hacerse cargo de su cuidado.

“La decisión de alta pone en riesgo la salud e integridad física del propio paciente y también de su madre, a la que se viene a encomendar el cuidado del mismo, sin que tenga la capacidad necesaria para ello, máxime en la actual situación de alarma sanitaria”, señala el Ministerio Fiscal, que reconoce que la epidemia ha incrementado la dificultad para encontrar una residencia.

“Estimamos que en la actual situación han de mantenerse, por el interés del

paciente y la preservación de su salud e integridad, los cuidados a cargo del centro en el que está ingresado en este momento, hasta que sea posible la concesión de una plaza en un centro de aquellas características“, indica el fiscal.

El magistrado ordena que el paciente continúe en el hospital hasta que pueda encontrar plaza en una residencia o centro especializado después de que la Gerencia de Salud rechazara la petición inicial.

Tras ordenar el mantenimiento del ingreso hospitalario, el juez archiva las diligencias abiertas porque considera que los hechos no son constitutivos de delito. El hospital San Juan de Dios de León, no obstante, podrá reclamar por la vía civil.

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