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Competencia llevará hasta el Supremo su conflicto con los trabajadores de su sede de Barcelona

Sede de la CNMC en Madrid.

Antonio M. Vélez

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido llevar hasta el Tribunal Supremo el conflicto que mantiene desde hace dos años con su plantilla de Barcelona, unos cien trabajadores con la categoría de personal laboral (no funcionario) procedentes de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) con los que pactó un convenio colectivo en diciembre de 2016 que posteriormente no aplicó, lo que le ha valido dos condenas judiciales.

Fuentes del organismo confirman que la entidad va a presentar finalmente recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que el pasado 24 de enero ratificó la condena que en mayo de 2017 recibió la entidad de un juzgado de primera instancia por vulnerar el derecho a la negociación colectiva de esos trabajadores al no aplicar ese convenio. La decisión de recurrir ya ha sido comunicada por la secretaría general del organismo a sus trabajadores.

El recurso ante el Alto Tribunal supone un cambio de criterio en el seno de la CNMC, que en un primer momento se inclinaba por no recurrir.

La sentencia del TSJC, que confirmó el criterio del juez laboral “de conformidad con reiterada doctrina jurisprudencial ampliamente citada en la sentencia de instancia”, desestimó el recurso del organismo –que pedía no aplicar el acuerdo– y el de los trabajadores –que habían reclamado aplicarlo como convenio colectivo– y ratificó la anterior resolución, que dispuso que el acuerdo entre organismo y trabajadores debía aplicarse como acuerdo colectivo con efectos desde el 1 de febrero de 2017.

Como excusa para no aplicar el convenio, el organismo siempre se ha escudado en las reticencias de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) a abrir la mano con un presupuesto que es “limitativo” y en que requiere del visto bueno del Ministerio de Hacienda para aplicar las mejoras salariales que reclama su personal laboral, mayoritario en la entidad.

El pasado 27 de febrero, el presidente de la CNMC se reunió con la secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, María José Gualda, para tratar de revertir esta situación. Tras recibir su primera condena por este asunto, en 2018, el organismo ya trató de convencer a los grupos parlamentarios, sin éxito, para que suavizaran las cortapisas presupuestarias que dice sufrir.

La sentencia de primera instancia había censurado la “dejación de funciones por parte de los correspondientes órganos administrativos” del Gobierno de Mariano Rajoy a la hora de emitir una serie de informes solicitados por la CNMC sobre el convenio, silencio en el que el organismo se escudó para no aplicarlo. 

“La Administración, como señala el Magistrado de instancia, ha tenido ocasión para actuar en cumplimiento de sus obligaciones legales pero no lo ha hecho así y lo que no puede hacer es convertir en ineficaces los derechos constitucionales de los afectados exigiendo informes no preceptivos u omitiendo la emisión de aquéllos que son preceptivos”, razonó luego el TSJC.

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