Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
¿Cómo ha votado cada municipio de Catalunya desde 1980?
La acampada por Gaza culmina su segunda semana: “Seguiremos”
Opinión - Eurovisión y Europa, hundidas de la mano. Por Rosa María Artal

Así avanza la Ley de trabajo en plataformas digitales: refleja la dirección “implícita” y el papel clave de la 'app'

Un repartidor de Uber Eats durante la pandemia.

Laura Olías

0

La futura regulación del trabajo en plataformas digitales para combatir los falsos autónomos, la ampliada 'Ley Rider', ya cuenta con un primer borrador. La mesa de diálogo social entre el Ministerio de Trabajo, los sindicatos y la patronal negocia un texto, al que ha accedido elDiario.es, en el que se abordan varios cambios en el Estatuto de los Trabajadores para intentar reforzar el estatus laboral de los trabajadores de estas plataformas, que gran parte trabajan como autónomos en situación de fraude, al menos en las plataformas de reparto como Glovo, Deliveroo y Amazon, según ha investigado la Inspección de Trabajo. El documento se refiere a la organización y dirección que se efectúa “de forma implícita” por parte de estas empresas, así como el papel de la aplicación (app) y la tecnología de estas compañías como “agente primordial” de la actividad, para tratar de atar a las empresas incumplidoras para que contraten a sus empleados.

En esta ocasión, la mesa de diálogo social no ha arrancado con una propuesta legislativa del Ministerio de Trabajo, sino que en una primera reunión el equipo de Yolanda Díaz recogió las posturas de los agentes sociales sobre esta regulación y se está elaborando el borrador, aún abierto a cambios, con la inclusión de propuestas de los negociadores. Por ejemplo, el texto recoge que el Ministerio de Trabajo deberá crear un registro de plataformas digitales, propuesta de UGT, en un plazo de dos meses, que será de acceso público y en el que todas las compañías tendrán la obligación de inscribirse así como presentar el algoritmo que utilicen.

La regulación contra los falsos autónomos en plataformas digitales era un compromiso de Trabajo, que quedó algo aplazado por la pandemia. La urgencia de abordar esta cuestión está ligada sobre todo a las continuas actas de la Inspección de Trabajo y sentencias que señalan la existencia de falsos autónomos en plataformas de reparto, como Glovo, Deliveroo y Uber Eats, a las que recientemente se ha unido el gigante del comercio electrónico Amazon, con el alta de oficio como trabajadores de unos 4.000 repartidores de Madrid y Barcelona por parte de la autoridad laboral. Estos trabajadores además fueron considerados “esenciales” en los momentos más duros de la pandemia, por lo que siguieron trabajando en estas condiciones irregulares, ya que las multinacionales por el momento recurren las actas de Inspección en los tribunales y no modifican su modelo laboral.

El Supremo como referencia

Tampoco Glovo, pese al varapalo de la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre el trabajo en estas plataformas digitales, que concluyó que sus repartidores son falsos autónomos, a propósito del caso de un repartidor (o rider), Isaac Cuende. Fuentes de la negociación apuntan que esta sentencia del Alto Tribunal está sirviendo de base para la regulación que pretende aprobar Trabajo y que inspira cuestiones recogidas en el borrador como el papel central de las plataformas digitales y la tecnología cuando estos funcionen como “el agente primordial de la actividad”, ya sea por su coordinación y organización del servicio o por disponer de los “activos clave” para su ejecución.

El borrador recoge la modificación de una ley sobre medidas mínimas de seguridad y salud en el trabajo, la revisión de dos artículos del Estatuto de los Trabajores y la inclusión en este de una disposición adicional, que es la que más entra a reforzar los indicios de laboralidad en las plataformas digitales. Una de las cuestiones en discusión es hasta dónde debe alcanzar la regulación de plataformas, al existir empresas de muy distinto tipo y sectores de actividad. Por el momento, el borrador incluye dos tipos de plataformas a las que la normativa sería de aplicación: el reparto o distribución de cualquier producto y los servicios en el ámbito del hogar familiar. Fuentes del diálogo social apuntan que esta selección está aún abierta a discusión, en la que los sindicatos empujan para que la regulación sea lo más amplia posible.

La disposición trata de atar a las platafomas como empleadoras, a través de la organización y dirección de “forma implícita”, manifestada por ejemplo en las situaciones en que las personas que prestan estos servicios puedan ver afectadas sus condiciones de trabajo, el mantenimiento de su empleo o su retribución, entre otras. Se contempla la posibilidad de que los trabqajadores presten su servicio con “libertad de horarios”.

El documento incluye además el derecho de los trabajadores de plataformas a conocer sus “franjas horarias semanales efectivas” con al menos 48 horas de antelación y contempla que la utilización habitual de equipos y herramientas de propiedad del trabajador en su jornada “tendrá una retribución específica”. Se aborda también la obligación de que los empleadores garanticen “la seguridad y la salud” de los trabajadores al utilizar sus equipos de trabajo, entre los que se contemplan aquellos “imprescindibles” para el desarrollo adecuado de la actividad laboral, ·aun cuando sean puestos a disposición por las propias personas trabajadoras“.

La negociación del texto legislativo sigue abierta, con la próxima reunión aún sin agendar, pero que podría ser la semana que viene, según fuentes del diálogo social. La patronal es la que afronta un papel más complejo en la mesa, ya que tiene entre sus miembros compañías que defienden intereses enfretados, como Just Eat (con un modelo laboral de trabajadores, subcontratados) y Glovo (con otro de autónomos), entre otras.

Etiquetas
stats