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El Consejo de Economistas advierte: “O se hace política de Vivienda en serio o aquí va a haber un lío”

El precio de la vivienda subió un 4,2 % en la eurozona en el cuarto trimestre

Marina Estévez Torreblanca

La preocupación por la subida de los precios de la vivienda en España se va extendiendo por cada vez más ámbitos, con recetas diversas y hasta contrapuestas para paliar esta situación, pero un mismo punto de partida. El presidente del Consejo General de Colegios de Economistas, Valentín Pich, ha advertido este jueves: “O se hace política de vivienda en serio o aquí va a haber un lío”.

A su juicio, la vivienda en España es “un problema grave” por el que existe “gran preocupación” debido a sus posibles efectos sociales y “en la liquidez de quienes viven en las grandes ciudades”. “La subida del alquiler tiene efecto en salarios, pérdida de competitividad e inflación. Va a haber una presión en los incrementos de salarios para poder pagarse el alquiler y poder vivir, y esto va a tener un efecto en la economía”, ha alertado Pich, para quien “tenemos mucha propiedad y poco alquiler”.

Los precios de la vivienda continúan repuntando, tanto en España como en el resto de la zona euro. Según Eurostat, subieron un 4,2% en los países del euro en el cuarto trimestre de 2017, un 7,2% en España. Son cifras que no se veían desde antes del estallido de la crisis financiera que desembocaría en la Gran Recesión. En el caso de los alquileres, las subidas son aún más importantes: El precio medio de los alquileres en España en el primer trimestre del año ha crecido hasta el 18,2% interanual si lo comparamos con enero-marzo de 2017.

A su entender, debe haber cambios en una fiscalidad que en la actualidad está “contaminada de malas ideas” para atender este reto. “Fiscalmente vamos muy retrasados. El mercado va mas rápido que la mentalidad de los legisladores”, ha advertido.

Sobre un posible impulso a las deducciones por alquiler, Pich ha advertido de que “hay muchos matices” y que es necesario hacer una reflexión al respecto, entre otras cuestiones para evitar problemas de fraude.

Su sugerencia sería “fomentar a tope la facilidad para que inversores pequeños o importantes invirtieran en vivienda y mercado trabajara”. La existencia de las socimis, vehículos de inversión en el mercado del alquiler, le parece positiva desde este punto de vista. En su receta, Pich difiere de la idea defendida por diversos colectivos de inquilinos y grupos políticos que consideran que precisamente el fomento de la vivienda como inversión, y no como un derecho, es lo que favorece la subida de precios.

En todo caso, Pich ha recalcado que se trata de un tema “bastante complejo” en el que entran elementos de política fiscal, autonómica, urbanística y de los ayuntamientos, sobre el que es urgente una reflexión alejada de “lo ideológico”. El Colegio de Economistas se plantea en este sentido emitir un próximo informe sobre cómo la fiscalidad puede favorecer la rebaja de precios, especialmente en los alquileres.

La deducción por inversión en vivienda habitual sigue siendo la principal

Precisamente se presentaba un estudio del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF-REGAF) oacute;rgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España en el que se analizaban distintos aspectos de la declaración de la renta y del patrimonio en 2017, así como las novedades que introduce el proyecto de presupuestos de 2018. El REAF-REGAF constata que la deducción por inversión en vivienda habitual en 2017 fue de 1.177 millones de euros. A pesar de su eliminación en 2013, se mantiene como la principal deducción para los que compraron antes de ese año, aunque lógicamente va en declive (en 2014 fueron 1.785 millones).

En cuanto a los beneficios por arrendamiento de viviendas, en 2017 fueron de 305 millones de euros.

Reducción en las aportaciones a planes de pensiones

El estudio constata que las aportaciones a los planes de pensiones se han reducido notablemente en los últimos años, ya que mientras en 2010 se deducían por este concepto 4,2 millones de contribuyentes, en 2015 (último ejercicio que recoge) esta cifra cayó hasta los 2,8 millones, informa EFE. El presidente del REAF, Jesús Sanmartín, ha opinado que esta caída podría estar relacionada con la jubilación en los últimos años de trabajadores de grandes empresas, que aportaban a sus planes planes de pensiones y ahora han dejado de hacerlo. En cualquier caso, Pich ha considerado que “no hace daño que la gente, ahorre”, ya que además es bueno para la economía, aunque ha advertido de que las críticas a las pensiones públicas “muchas veces son interesadas”.

Recomendaciones para la declaración de la renta: cuidado con confirmar sin revisar

Además, el REAF-REGAF ha emitido una serie de recomendaciones para aquellos que aún no hayan realizado su declaración de la renta de 2017. Al respecto, recalcan que debe obtenerse el borrador y los datos fiscales y revisarlos antes de confirmar la declaración. “Puede haber algún contribuyente tentado a dar el ok sin revisar bien la declaración, especialmente si le sale a devolver. En eso entraña un mayor peligro la nueva app”, ha recalcado el director del servicio de estudios del REAF, Rubén Gimeno. A su juicio, la mayor utilidad de esta nueva herramienta es la facilidad que permite para hacerse con el número de referencia.

En cuanto a los elementos a revisar, inciden en la titularidad real de bienes y derechos a efectos de los rendimientos de cuentas, de activos financieros o inmuebles (por ejemplo en el caso de que dos personas, padre e hijo sean cotitulares de una cuenta corriente) y en la imputación de rentas inmobiliarias. También si las circunstancias personales y familiares si hubieran cambiado por ejemplo en caso en caso de divorcio; y rentas por las que no ha tenido que retener el pagador.

En concreto, en casos de separación matrimonial, cuando la guarda y custodia es compartida y el cónyuge que no convive con los hijos les paga anualidades por alimentos, este puede aplicarse la mitad del mínimo por descendientes aunque, si opta por ello, no puede aplicar el tratamiento especial a las anualidades.

Otra idea es que debe tenerse a la vista las declaraciones de los cinco años anteriores, y poner buen cuidado para no equivocarse si se piensa que no se está obligado a declarar, porque ello podría acarrear sanciones. También aconsejan prepararse para una posible revisión por la AEAT si por su trabajo recibe dietas y asignaciones para gastos de viaje o si ha trabajado en el extranjero por cuenta ajena en 2017, por cuyas percepciones no ha de tributar.

Si se tiene un inmueble alquilado y se quedó vacío en algún período del año pasado, debe de tenerse en cuenta que, por ese tiempo, habrá de imputarse rentas inmobiliarias y no se puede deducir ningún gasto –ni siquiera la parte proporcional del IBI–, excepto los de preparación del piso para volver a alquilarlo.

Plazos en las declaraciones informativas

El Consejo de Economistas ha apelado también a la “sensibilidad de la AEAT” respecto a los plazos de presentación de declaraciones informativas a Hacienda, como las declaraciones de entidades en régimen de atribución (modelo 184) y las de operaciones con terceros (modelo 347), que se han adelantado recientemente y que, por su complejidad y por juntarse con el resto de plazos de declaración.

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