Cómo Shakira venció a Hacienda: residencia fiscal, “ausencias esporádicas” y su relación con Gerard Piqué
La cantante Shakira se anotó este lunes una importante victoria en su periplo contra la Hacienda española, después de que la Audiencia Nacional condenara a la Agencia Tributaria a devolver 55 millones de euros, procedentes de las declaraciones del IRPF y el Impuesto de Patrimonio de un ejercicio (2011) en el que no era residente fiscal en el país.
Si bien cabe recurso contra la sentencia ante el Tribunal Supremo, algo que desde el fisco ya han adelantado que van a solicitar a la Abogacía del Estado, el fallo desmonta la interpretación del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y la Agencia Tributaria para considerar a la artista como contribuyente en nuestro país en el año 2011. Este ejercicio fiscal se recurrió por la vía administrativa y no por la penal, una senda que siguieron los ejercicios de 2012 a 2014 y en los que la artista reconoció haber defraudado 14,5 millones de euros al fisco español. Estos son los argumentos con los que la defensa de Shakira ha torcido el brazo a Hacienda.
¿Qué es la residencia fiscal?
La ley fija varios supuestos para determinar la residencia fiscal, como explica el fiscalista Alejandro del Campo, socio fundador del bufete DMS Legal Intelligence, siendo los más relevantes la permanencia más de 183 días en el país o que el núcleo de sus intereses económicos se encuentre en nuestras fronteras. “Cualquiera de esos dos criterios, o ambos, son los que permiten a España considerarte residente fiscal. Hay un tercer criterio, que se maneja de pasada en la sentencia de la Audiencia Nacional, que es cuando tu cónyuge o hijos menores viven en España, lo que te convierte en residente de forma automática”, apunta en conversación con elDiario.es.
El problema es que, como recoge la sentencia, la Agencia Tributaria solo apunta 163 días de estancia en el país en 2011, en tanto que la defensa de Shakira reconoce 143, menos de la barrera legal. Y en aquel ejercicio ni el centro de sus intereses económicos se encontraba en España ni la pareja, en los primeros compases de su relación, tenía hijos (el primero, Milán, nació en enero de 2013).
“El elemento más relevante de la sentencia de la Audiencia Nacional es que refuerza una interpretación estricta y probatoria del concepto de residencia fiscal en dos planos”, detalla José Manuel Corrales, profesor de Economía y Empresa de la Universidad Europea. “El tribunal insiste en que, si no se acredita la permanencia física en España por encima de 183 días, no puede hablarse de residencia fiscal. Y se subraya que la carga probatoria corresponde a Hacienda, y que no bastan indicios indirectos (consumos, tarjetas, etc.) si no hay prueba sólida de presencia física o de centro de intereses económicos”, apunta por correo electrónico.
Su noviazgo con Gerard Piqué
Shakira y el exfutbolista del Barça Gerard Piqué se conocieron en 2010, en el Mundial de Sudáfrica, pero no hicieron oficial su relación hasta marzo de 2011. Su idilio –que finalizó en 2022– coincidió con las 90 fechas de la gira “Sale el sol” para presentar su séptimo álbum de estudio y, a pesar de la oficialidad de su romance, para la Audiencia Nacional –a diferencia de lo expuesto por la Agencia Tributaria– no es suficiente para justificar un arraigo fiscal en el país.
Según el abogado Pelayo Ballesteros, del bufete Mas y Calvet, la sentencia subraya que “jurídicamente no es equiparable una relación sentimental a una relación conyugal”, a lo que se suma el hecho de que no había tenido hijos “con un residente fiscal en España”.
Este, precisamente, era uno de los argumentos fundamentales de Hacienda para amarrar la residencia fiscal en aquel año y el fallo lo rechaza: “Por lo tanto, no existía un núcleo familiar a efectos legales de una persona extranjera”.
¿Qué son esas “ausencias esporádicas”?
Otra de las claves para atar la residencia fiscal son las “ausencias esporádicas”, es decir, las salidas puntuales del país que interrumpen la presencia física pero no las obligaciones fiscales. “España puede considerar que una persona que está en el país tres meses pero luego se va dos meses fuera está en una ausencia esporádica y, por tanto, se computa como permanencia en el país”, dice Del Campo.
El fiscalista recuerda el precedente que sentó la llamada sentencia de los becarios, de 2017, en la que el Tribunal Supremo cerró la puerta a que la Agencia Tributaria cobrara el IRPF a unos becarios del ICEX que permanecieron fuera más de 183 días, ya que el fisco estimaba que esta era solo una ausencia puntual del país. “Ya esa sentencia dio un buen escudo ante Hacienda frente al cómputo de la permanencia”, dice el experto.
El secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda Gestha cree que este caso es “difuso” y coincide con una gira mundial de la cantante que evitó que pasara ese umbral de los 183 días, aunque España fue el país donde más estuvo la artista.
“La sentencia corrige una práctica administrativa relevante: el uso expansivo del concepto de ”ausencias esporádicas“, dejando claro que no puede vaciar de contenido el criterio de permanencia”, apunta Corrales, lo que, a pesar de reforzar la seguridad jurídica, “podría dificultar inspecciones basadas en presunciones amplias, y potencialmente abrir la revisión de expedientes donde la prueba haya sido débil o indirecta”.
¿Cuánto ha de devolver Hacienda?
La sentencia aún podría ser recurrida al Tribunal Supremo en casación, algo que no descartan los ninguno de los expertos consultados. Los 55 millones que tendría que devolver son las cuantías que tuvo que abonar la cantante, de las cantidades presuntamente defraudadas en el IRPF y el Impuesto de Patrimonio, junto a las dos sanciones muy graves. Sin embargo, Del Campo calcula que el fisco tendrá que abonar unos 73 millones de euros, incluidos intereses, en tanto que Gestha apunta a una cuantía inferior, unos 34 millones.
“Previsiblemente, por lo mediático y por la cuantía millonaria del caso, la Administración interpondrá contra esta sentencia un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. No obstante, en mi opinión el punto es claro y no presenta dudas de derecho –y como se ha visto, tampoco de hecho–, es un tema de prueba. Por ello, lo normal es que el Alto Tribunal considere que el recurso carece de interés casacional y que, en consecuencia, lo inadmita a trámite”, apunta Ballesteros.
Un hecho en el que coincide Mollinedo, el portavoz de Gestha: “La Audiencia Nacional ha hecho una interpretación de las pruebas que ha recabado la Agencia Tributaria y no parece deducirse de esa valoración que la Agencia Tributaria hubiera amarrado correctamente la residencia fiscal”, apunta. “Tal vez esa sea una de las razones por las que no se llevó ese año a delito contra la Hacienda pública”, dice, como sí sucedió con los ejercicios de 2012 a 2014. Shakira reconoció haber defraudado 14,5 millones de euros entre aquellos años para evitar la cárcel.
“Supone un alivio inmenso y un profundo orgullo comprobar el rigor e independencia de nuestros tribunales y nos reconforta constatar que, frente a posiciones administrativas inaceptables, podemos confiar en una Justicia que funciona de verdad y asegura la prevalencia de la ley”, dijo, en declaraciones a través de una nota de prensa, el abogado que ha defendido a la cantante en el proceso, José Luis Prada.
“Mi mayor deseo es que este fallo siente un precedente para Hacienda y sirva a los miles de ciudadanos anónimos que cada día son abusados y aplastados por un sistema que presume su culpabilidad y los obliga a demostrar su inocencia desde la ruina económica y emocional. A ellos va dedicada esta victoria”, declara la cantante que, desde 2023, reside en Miami.
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