Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Gobierno y PP reducen a un acuerdo mínimo en vivienda la Conferencia de Presidentes
Incertidumbre en los Altos del Golán mientras las tropas israelíes se adentran en Siria
Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

La Justicia de Estados Unidos rechaza la apelación de Pablo Ibar y mantiene la cadena perpetua

Imagen de archivo del hispanoestadounidense Pablo Ibar.

Belén Ferreras

1

El Tribunal de Apelaciones de Florida (Estados Unidos) ha confirmado la cadena perpetua para Pablo Ibar y ha rechazado la celebración de un nuevo juicio, tal y como había solicitado la defensa en su recurso de apelación del pasado mes de febrero. Este fallo supone un fuerte golpe para Ibar y su entorno. Tanto el abogado defensor, Joe Nascimiento, como el portavoz de la Asociación Pablo Ibar Juicio Justo, Andrés Krakenberger, se mostraban esta misma semana de visita en Euskadi “muy esperanzados” con un fallo que les fuera favorable.

No ha sido así. La sala ha desestimado todos los argumentos de la defensa. Pablo Ibar -estadounidense de origen vasco- fue condenado a cadena perpetua en 2019 tras conmutarse la pena de muerte a la que estaba condenado y por la que llevaban más de 20 años en el corredor de la muerte acusado de un triple asesinato cometido en Florida en junio de 1994.

Fuentes de la asociación, que han señalado que el “fallo ha supuesto un gran mazazo para la familia”, han criticado que el tribunal ni siquiera se haya molestado en “fundamentar su decisión”. La defensa estudia ahora la posibilidad de interponer un recurso ante el Tribunal Supremo de Florida.

“En esta apelación, el acusado busca anular las condenas y sentencias por tres cargos de asesinato en primer grado, un cargo de robo a mano armada y un cargo de intento de robo con un cargo de robo con arma mortal. Plantea doce cuestiones, ninguna de las cuales merece una revocación”, afirman los magistrados del Cuarto Distrito de Apelación, que confirman la pena a cadena perpetua que le fue impuesta en 2019 a Pablo Ibar. De las doce cuestiones planteadas, la sala únicamente se ha pronunciado por escrito para argumentar la cuestión relativa a la actuación del juez con uno de los jurados que denunció presiones, pero que también rechaza.

“El sumario en este caso supera con creces las 20.000 páginas, y la defensa presentó 125 páginas de argumentos que contenían doce motivos sustanciales por las que Ibar no recibió un juicio justo. El Tribunal de Apelaciones del Cuarto Distrito de Florida, al no explicar su decisión sobre las otras 11 cuestiones con una opinión escrita, ha perjudicado sustancialmente la capacidad de Ibar de solicitar revisión por parte del Tribunal Supremo de Florida”, indican desde la Asociación. Por este motivo, en primer lugar, el abogado de Ibar presentará una moción solicitando a dicho Tribunal de Apelaciones que “reconsidere su decisión y que elabore una opinión escrita que aborde todas las cuestiones” para poder posteriormente apelarlas ante el Tribunal Supremo de Florida. Destacan además que este mismo tribunal fue el que anuló la condena del otro coacusado en este caso, Seth Peñalver en 2006, y anuló asimismo la condena anterior de Ibar en 2016 que le mantenía en el corredor de la muerte, calificando de “escasas y débiles” las pruebas contra Ibar.

El jurado arrepentido

Los magistrados firmantes de fallo en el que se ratifica la cadena perpetua para Pablo Ibar recuerdan que tres días después de que fuera declarado culpable, un miembro del jurado llamó al despacho del juez Dennis Bailey para expresar su “pesar” por el veredicto, aunque “no mencionó ningún acto indebido”, según se indica en la resolución.  A la vista de ello, la defensa solicitó que se entrevistara al jurado, a lo que el juez se opuso, explicitando “que la expresión subjetiva de pesar por un miembro del jurado era insuficiente para invadir las deliberaciones del jurado. El magistrado Bailey señaló además que su autoridad para entrevistar a los jurados se limitaba a supuestas violaciones de la instrucción del tribunal que prohibía a los miembros del jurado hablar públicamente de su servicio como jurado.

La resolución del Tribunal de Apelaciones recuerda que casi simultáneamente en el tiempo a estos hechos, la Fiscalía puso en conocimiento del juez que un miembro del jurado, sospechoso de ser el mismo que contactó con el despacho del juez, había publicado comentarios en redes sociales en los que expresaba su arrepentimiento, a la vez que pedía consejo. En esta ocasión, el juez sí solicitó entrevistarse con el jurado, a lo que la defensa se opuso. Pese a ello, el tribunal entrevistó al jurado. Este admitió haber publicado los comentarios al tiempo que accedió, por indicación del juez, a eliminarlos y a cerrar las cuentas asociadas a dicho comentarios.

En esta situación y cuando aún quedaba pendiente la fase de sentencia, el fiscal pidió que se expulsara a este jurado. La defensa, sin embargo, objetó y argumentó que la conducta del citado miembro “no era sustancialmente perjudicial” y no solicitó la anulación del juicio, un nuevo juicio o la eliminación del miembro del jurado. No obstante. el juez Bailey decidió echar al citado componente del jurado por violar la instrucción que les prohíbe comentar nada sobre el juicio. Su puesto fue ocupado por un suplente.

En la apelación del pasado 28 de febrero, la defensa de Pablo Ibar sostuvo que el tribunal de primera instancia de Broward County “abusó de su discrecionalidad” en unas situaciones y otras, se “equivocó”. Nascimento afirmaba que el juez entre otras cuestiones, claramente violó el derecho constitucional del acusado al debido proceso tras rechazar la moción de la defensa de prohibir cualquier referencia a los procedimientos de identificación impropios y sugestivos y proporcionar al jurado instrucciones especiales para guiar sus deliberaciones, y al rechazar asimismo la moción de la defensa de anulación del juicio basada en argumentos impropios de la acusación“. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones ha desestimado los argumentos del letrado de Ibar y considera que ”el mero remordimiento de un miembro del jurado es insuficiente para justificar una intromisión en las deliberaciones del jurado. Sencillamente no había pruebas que sugirieran que el miembro del jurado estuviera influenciado por ningún factor externo ni que hubiera dado consentimiento a un acuerdo entre los miembros del jurado para hacer caso omiso de sus juramentos e instrucciones“, se indica en la resolución.

El abogado y miembros de la asociación en favor de Pablo Ibar han estado esta semana en Euskadi, dentro de la campaña que recaudación de fondos que están llevando a cabo para poder costear las sucesivas apelaciones.

Etiquetas
stats