El Supremo da luz verde a la demolición del chalé de Aia de 11 habitaciones y 11 baños propiedad de una exedil del PNV
El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación interpuestos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que dictaba la demolición de un chalé de grandes dimensiones erigido hace más de una década en los terreno del antiguo caserío tradicional de Amezti, una zona no urbanizable, en la que solo se podría haber reconstruido el viejo edificio respetando sus características. Ubicado en el municipio guipuzcoano de Aia, el edificio, de once habitaciones y otros tantos baños, es propiedad de Maite Garrastazu, quien fuera edil del PNV en otro Ayuntamiento de la provincia, el de Zarautz.
La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en una resolución fechada el 8 de julio de 2026 y cuya ponente ha sido la magistrada Ángeles Huet de Sande, ha inadmitido a trámite los dos recursos de casación interpuestos, uno de ellos por el Ayuntamiento del municipio (en manos del PNV) y otro por los promotores del edificio. Arguye la resolución, sin entrar al fondo de la cuestión, que “no basta la mera afirmación apodíctica de que el criterio de la sentencia lesiona los intereses generales, ni se explicitan las razones por las que la doctrina que contiene la sentencia discutida pueda resultar gravemente dañosa para dichos intereses generales, ni se vincula el perjuicio a tales intereses con la realidad a la que la sentencia aplica su doctrina”. La resolución, que es firme, impone las costas procesales a los recurrentes.
El caso contra la vivienda fue promovido por la Federación Guipuzcoana de Deportes Aéreos, ya que los parapentistas empleaban la zona donde se construyó la nueva casa, conocida como Talaiamendi, para sus actividades de vuelo. También es un lugar con presencia de halcones. Como adelantó este periódico hace casi una década, la vivienda triplicaba en superficie al viejo caserío y, aunque estaba en la misma parcela, no ocupaba ni la misma zona ni tenía la misma estructura. El Ayuntamiento de Aia había ido autorizando los diferentes pasos y, de hecho, había habido una primera sentencia de los juzgados de Donostia que recalcaba que no cabía estimar los recursos porque las obras habían tenido licencia municipal en todo momento.
El Superior vasco, que dictó la sentencia que ordenaba la demolición en enero del pasado año, determinó que es “intrascendente” que la construcción, iniciada en 2014 y planificada desde 2010, encajase o no en la normativa local ya que “la ordenación municipal está subordinada al principio de legalidad” y hay “reglas generales” que marcan que “la licencia para reconstruir en lugar distinto del que ocupaba el caserío Amezti” es “nula de pleno derecho”. Recordaba, además, que existen informes tanto técnicos como fotográficos que acreditan que la construcción no respeta en nada la tradicional, que se encontraba en ruinas.
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