Personal de la Radio Televisión de Galicia demanda a la compañía por las inspecciones de su correo
El pasado 10 de enero el director de la CRTVG firmó una normativa que le permite a la empresa vigilar los sitios web que consultan los trabajadores y trabajadoras y también leer los mensajes que envían y reciben en sus cuentas corporativas de correo electrónico. La compañía justifica esta medida con el objetivo de “proteger la información de la organización y el buen desarrollo de su actividad” y Alfonso Sánchez Izquierdo, cuando fue interpelado en el Parlamento por esta decisión, defendió que es una práctica habitual en muchas empresas.
Sin embargo, desde un inicio la medida generó un fuerte rechazo entre los trabajadores y trabajadoras de la compañía, que de inmediato denunciaron que suponía un ataque a su libertad sindical, a su derecho a la intimidad y que violaba el secreto de las comunicaciones. Además, los y las periodistas de la TVG señalaban que la empresa conculcaba de este modo la libertad de prensa, el secreto profesional y la confidencialidad de las fuentes de información.
Este miércoles la CUT, sindicato mayoritario en el Comité de Empresa, anunció que acaba de presentar una demanda de conflicto colectivo ante el TSXG por esta norma interna, por considerarla un “ejercicio abusivo del control empresarial”. “Habrá que llegar hasta donde haya que llegar con esta demanda, nuestro compromiso ético-sindical es este, no nos importa quién se ponga enfrente, nosotros ya hemos dado nuestro paso adelante”, señaló Raquel Lema, responsable de la CUT en la CRTVG.
El sindicato reitera una vez más que esta medida responde a la preocupación de la dirección del ente ante la creciente actividad de denuncia que los y las trabajadoras están realizando, por ejemplo a través del blog Eu Non Manipulo, “de una política sistemática de manipulación informativa que ya apesta”. Al mismo tiempo, rechaza las justificaciones ofrecidas por la compañia para llevar a cabo la monitorización de las páginas web visitadas por los trabajadores (certificar que el uso de internet “se limita a los temas directamente relacionados” con los “cometidos del puesto de trabajo” y que no se introducen en la red “contenidos obscenos, inmorales u ofensivos y, en general, carentes de utilidad para los objetivos de la CRTVG”) y el espionaje del correo electrónico (comprobar que se utiliza para “la realización de actividades que estén directamente relacionadas con las funciones del puesto de trabajo”).
Consideran que la medida puesta en marcha por la empresa, además de “establecer un régimen de terror en el que las pautas contenidas en la Resolución están redactadas de una manera tan ambigua que provocan pánico a posibles sanciones entre el plantel”, pretenden limitar la capacidad de los y de las periodistas de investigar y publicar asuntos incómodos para el Partido Popular: “¿Quién puede, por ejemplo, confiar en una periodista de un medio para realizar una denuncia de corrupción política confidencial y contrastada en cualquier Ayuntamiento del PP cuando todas sus comunicaciones están a la vista de Dirección General, principal adalid del partido en el Gobierno en este centro de trabajo?”, señala Lema. El sindicato concluye que la norma aprobada constituye “una vuelta a la Edad Media para todos los trabajadores y trabajadoras”.