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La Justicia tumba el decreto del Gobierno de Almeida que impedía empadronarse en centros sociales de Lavapiés

Imagen de un encuentro del Colectivo AGAR, integrado en la Red Interlavapiés.

Guillermo Hormigo

Madrid —
17 de septiembre de 2025 22:15 h

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Importante revés al Gobierno de José Luis Martínez-Almeida en su ofensiva contra centros sociales de asistencia a la población migrante en Lavapiés. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Madrid ha declarado la nulidad del decreto aprobado en abril de 2024 por el concejal presidente del distrito Centro, Carlos Segura, que anulaba la Carta Aval. Esto es, una herramienta que permite el empadronamiento de personas sin domicilio fijo en la capital en ciertos centros sociales.

La sentencia, contra la que cabe apelación, critica con dureza la medida adoptada por el Ayuntamiento, al que condena a abonar las costas del proceso. En el escrito, al que ha tenido acceso Somos Lavapiés, la magistrada estima el recurso del Colectivo AGAR (integrado en la Red Interlavapiés) y concluye que “se ha omitido un trámite esencial, el trámite de audiencia en el expediente administrativo”. Este hecho, argumenta, “implica la nulidad de pleno derecho de la resolución recurrida por haber prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y, por tanto, vulnerando derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional”.

La jueza se refieren en concreto a lo dispuesto en las letras a) y e) del artículo 47.1 de la Ley 39/2015. Unos preceptos que establecen cómo los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos donde “se lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional” o se “prescinda total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados”. Desde el Ejecutivo municipal, ante las preguntas de este diario, no trasladan hasta el momento una reacción a este dictamen ni confirman si presentarán recurso.

Para la jueza, aunque la propia Carta Aval contempla que el distrito Centro puede darla de baja en cualquier momento, dicha finalización debe ir precedida de la pertinente comunicación previa a las entidades afectadas. “Respecto del trámite de audiencia en todo procedimiento administrativo, se configura en nuestro ordenamiento jurídico como un trámite indispensable en los procedimientos en que hay interesados, de manera que es preciso que toda administración siga en la tramitación de los expedientes un procedimiento con todas las fases legalmente previstas”, expone.

La jueza reprocha al Ayuntamiento que no acredite el supuesto alto número de empadronamientos ficticios

Aunque esta es la principal motivación para dejar sin efecto el decreto del distrito, la magistrada critica igualmente la falta de justificación de la medida: “Llama poderosamente la atención que los motivos por los cuales se retira la Carta Aval, consistentes en el supuesto alto número de empadronamientos ficticios y en las presuntas irregularidades en cuanto a la comunicación de baja de empadronamientos, no figura acreditada de ninguna manera en todo el expediente administrativo”. Y añade: “De conformidad con el referido documento, se constata que en el distrito Centro el total de empadronamientos ficticios en servicios sociales fue de 259 y los efectuados por el Colectivo AGAR fue de 106, de manera que no se puede considerar objetivamente excesivo dicho número atendiendo al contexto sociológico específico del Distrito Centro”.

Un contexto que la jueza describe con todo detalle en la sentencia: “La parte recurrente, al igual que otras entidades colaboradoras como la Asociación Valiente Bangla, tiene una función que resulta fundamental para la administración municipal y, por extensión, para toda la ciudadanía madrileña. Es un hecho notorio para toda persona que haya nacido, crecido y vivido en el centro de Madrid que en el distrito Centro existe una población de considerable entidad que vive bajo el umbral de la pobreza y en una situación de extrema vulnerabilidad, y que dicho segmento poblacional se encuentra integrado mayormente por personas migrantes”.

Además de a Colectivo AGAR, la resolución cita la oposición a la medida de la Junta Municipal de Centro que ha llevado a cabo la entidad Valiente Bangla, que según describe en sus redes “desde 2007 asesora a personas extranjeras para regularizar su situación y fomentar su integración en la sociedad española”. En septiembre del 2024, fue una de las agrupaciones afectadas por un desalojo promovido por la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS), también adscrita al Gobierno de Almeida. Fuentes de EMVS comunicaron a este medio que las asociaciones no podrían seguir en sus locales “ya que el contrato original establecía un periodo de cinco años con otros dos de prórroga”, pero el caso despertó una gran oposición vecinal en Lavapiés. 

La magistrada no solo cuestiona la difícil situación de las personas migrantes, sino del conjunto del tejido social en Lavapiés debido a determinadas dinámicas del mercado inmobiliario: “En los últimos 15 años se ha producido un aumento de la turistificación de la ciudad de Madrid en una proporción geométrica y que el incremento desproporcionado de pisos turísticos, junto con otros factores, ha derivado en el encarecimiento exorbitante de los precios de alquiler y en la carestía de oferta de vivienda, todo lo cual ha determinado la expulsión de esta zona a una considerable parte de la ciudadanía además de imposibilitar a determinados colectivos marcados por la vulnerabilidad acceder a unas condiciones de vida humana y mínimamente dignas ante dicha situación”.

Se ha producido un aumento de la turistificación de Madrid y el incremento desproporcionado de pisos turísticos ha derivado en el encarecimiento exorbitante de los precios de alquiler y la carestía de oferta de vivienda, lo cual ha determinado la expulsión de esta zona a una parte de la ciudadanía

La concejala de Más Madrid Cuca Sánchez califica de “cacicada” la actuación de Segura y celebra la decisión judicial en declaraciones a este periódico: “Felicitamos a los colectivos por su victoria. La sentencia es tajante y demoledora: esta resolución no se ajusta a derecho y, por tanto, queda anulada. Carlos Segura argumentó, con bulos tal y como se ha demostrado, que se estaban produciendo un elevado número de empadronamientos ficticios. Algo totalmente falso, fue una decisión del PP mezquina que, tal y como apunta el fallo judicial, no se sustenta en ningún documento y que no se ajusta a derecho”. 

“El Colectivo AGAR demandó al Ayuntamiento y ha ganado, es una victoria para los colectivos y para las personas que luchan por buscarse la vida en nuestra ciudad. El padrón es un derecho y el Ayuntamiento de Almeida no ha hecho más que obstaculizarlo. Y las consecuencias son nefastas para miles de personas, de familias, de niños y niñas. Sin padrón no hay asistencia sanitaria, ni los niños y niñas pueden ser escolarizados, ni acceder a una vivienda... Almeida les niega sus derechos más básicos y les invisibiliza, por eso este fallo judicial es tan importante”, concluye la edil.

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