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'Patrulla Animal' es un espacio coordinado por Elisa Reche en el eldiario.es Murcia, para defender los derechos de los animales como seres sintientes. 

La mayoría de Ayuntamientos de la Región incumplen la ley al no poner microchip a los gatos callejeros

Gatos ferales encerrados en la perrera de Almería.

Raquel López Teruel

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En este artículo voy a explicar por qué los gatos ferales deben identificarse con microchip a nombre de los Ayuntamientos de la Comunidad Autonóma de Murcia en base a la Ley 6/2017 de protección animal.

Para una mejor comprensión de este post, voy a plantear cinco cuestiones con sus respectivas respuestas.

1. ¿Por qué deben identificar los Ayuntamientos a los gatos ferales con el microchip a su nombre?

Porque los gatos ferales son propiedad de cada Ayuntamiento. La Ley 6/2017 de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia lo dice muy claro en su artículo 25, donde se incluye que tienen el deber de aplicar el método C.E.R. consistente en la captura, esterilización y retorno del gato feral al punto de origen donde fue capturado.

2. ¿Qué Ayuntamientos de la Región de Murcia están identificando con chips los gatos ferales a su nombre?

A día de hoy, el Ayuntamiento de San Javier y el Ayuntamiento de Alhama de Murcia han sido los consistorios de la Región de Murcia que han dado el primer paso en identificar a los gatos ferales de sus respectivos municipios a su nombre. Igualmente están trabajando activamente en la aplicación del método C.E.R.

A nivel profesional, he tenido la suerte de haber podido formar en materia de gatos ferales, de colonias felinas y de maltrato animal a agentes de la autoridad y funcionarios de ambos Ayuntamientos.

En la práctica, hay que precisar que el proceso de 'chipado' y de esterilización de todos los gatos ferales de un municipio es un proceso lento, porque los Ayuntamientos cuentan con presupuestos limitados, de ahí que tanto la identificación de gatos ferales como la aplicación del método C.E.R., a todos sus gatos ferales, es una actividad que precisa de varios años de aplicación en cada Ayuntamiento, hasta que estén todos los gatos ferales identificados y esterilizados.

3. ¿Por qué hay Ayuntamientos que no identifican con el microchip a su nombre a los gatos ferales?

Los Ayuntamientos de la Región de Murcia que no identifican a sus gatos ferales lo hacen por algunos de los motivos que se citan a continuación:

⦁ Porque tienen un presupuesto limitado y prefieren invertirlo en dedicarlo exclusivamente a esterilizar a los gatos ferales.

⦁ Porque tienen la creencia errónea de que si no los identifican a su nombre no tendrán ninguna responsabilidad en el caso de que haya algún accidente o incidente con animales.

⦁ Porque no estén haciendo nada en materia de colonia felinas, incumpliendo la Ley 6/2017. Lamentablemente esto ocurre con un gran número de los ayuntamientos de la Región de Murcia. En estos casos, cualquier ciudadano o entidad de protección animal puede presentar por escrito una queja en el Ayuntamiento e igualmente también puede poner una queja por escrito, basada en el citado incumplimiento ante el Defensor del Pueblo.

4. ¿El resto de Ayuntamientos de la Región de Murcia están haciendo algo en materia de colonias felinas?

Los Ayuntamientos de Alcantarilla, Fortuna, Aguilas, Jumilla, Yecla, Molina de Segura y Las Torres de Cotillas. Aunque de momento no están 'chipando' a sus gatos ferales a su nombre, están aplicando el método C.E.R., reconociendo a sus gatos ferales y sus colonias felinas y realizando censos municipales.

5. ¿Cuál es la forma más idónea de 'chipar' a los gatos ferales de un Ayuntamiento?

En la práctica, se opta por una de estas dos opciones:

a) Identificar al gato feral a nombre de un Ayuntamiento y poner en los datos del domicilio del titular el del propio Consistorio.

b) Identificar al gato feral a nombre de un Ayuntamiento y poner en los datos del domicilio el nombre de la calle, jardin, plaza o inmueble donde reside el animal o el nombre de la colonia felina a la que pertenezca.

¿Cuál de estas dos opciones es la más idónea?

Yo aconsejo, la segunda opción porque permite obtener datos sobre la movilidad, o no, de un gato feral y en el caso de que se haya desplazado, habilita analizar por qué se desplazó para averiguar si ello fue debido a que se asustó, por algún acto vandálico, maltrato, fuegos articiales, u otra causa.

Si eres una persona activa en la protección animal te animo a que investigues y preguntes por escrito y registro a tu Ayuntamiento, solicitando información sobre qué se está haciendo al respecto en materia de colonias, qué formación se imparte a los gestores de colonias felinas, cómo y dónde solicitar el carné de alimentador, qué presupuesto municipal se dedica al método C.E.R. y todo lo que se te ocurra, aplicando la lógica jurídica y con buenas formas. El Ayuntamiento tiene la obligación de contestarte por escrito, en un plazo de un mes, en base al artículo 20 de la Ley de Transpariencia.

Si quieres que escriba un artículo comentando tu caso o algún tema de interés, puedes enviarme un email a mi web www.deanimals.com y/o si deseas formarte en esta materia, puedes suscribirte a las newsletter de mi web, para recibir información de promociones y de eventos formativos gratuitos.

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