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'Patrulla Animal' es un espacio coordinado por Elisa Reche en el eldiario.es Murcia, para defender los derechos de los animales como seres sintientes. 

Veneno en la playa canina de Mazarrón

Playa para perros Sierra de la Morera en Mazarrón

Raquel López Teruel

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A finales del mes de agosto me enteré de que había algún impresentable echando alguna sustancia con veneno en la playa canina de la Sierra de Las Moreras en Mazarrón (Murcia). Como consecuencia de dicho acto un perro se intoxicó y falleció pocos minutos después, de camino al veterinario de urgencias.

Cuando me enteré de esta noticia, pensé: “¡Pobre perro! y sobre todo, ¡pobre familia!”.

La familia de este pobre perro tiene que estar destrozada, tanto por la muerte repentina de su animal como por ver la agonía que sufrió el pobre perro de camino al veterinario de urgencias, tras apreciar que éste podía estar envenenado.

Sé lo que se sufre por la pérdida repentina de un ser querido de cuatro patas porque recientemente mi querida Tania se me fue de este mundo terrenal tras sufrir un infarto mientras le daba su paseo matutino rutinario junto a mi otro perro, llamado Garri, a ambos los rescaté de la calle.

Sin embargo, el sufrimiento de la familia que pierde a un animal por envenamiento es doble, ya que por un lado sufre la pérdida de su querido familiar animal y por otro, siente la impotencia de ver una sociedad impasible, en la mayoría de estos casos.

El artículo 336 del Código Penal es muy desconocido para muchas autoridades  (alcaldes y sus respectivos concejales con competencias en materia de Protección Animal, Medio Ambiente y de Seguridad Pública e, incluso, también para algunos agentes de la autoridad) de ahí la inexistencia de protocolos para una actuación rápida y eficaz en casos de envenenamientos de animales.

El citado artículo regula como hecho punible toda aquella conducta realizada por una persona que consiste en el uso de veneno, siempre y cuando este veneno pueda tener una eficacia destructiva, no selectiva y no esté autorizada la persona para su uso. Este artículo tipifica como delito solo el hecho de usar veneno en las circunstancias referidas. Si por un casual el animal envenenado no es un animal de la fauna silvestre no domesticado y éste tiene secuelas o fallece se produciría un segundo delito, el delito de maltrato animal  regulado en el artículo 337 del Código Penal.

Si, además, resultase intoxicada una persona adulta o niño, estaríamos ante un delito de lesiones o incluso un delito de homicidio.

Por todo ello, el “simple hecho de que alguien tire veneno o cebos envenenados” en playas, jardines, calles, cerca de colonias felinas, etc; no es una cuestión baladí, por dos razones:

 

  1. La persona responsable se convertirá en un delincuente si se acredita ante el juzgado que éste es el responsable de haber dado ese uso ilegal del veneno.
  2. La persona responsable podrá ser condenada por un juzgado por uno o por varios delitos (citados anteriormente), si resulta intoxicada o fallecida una persona o un animal.

El protocolo para los casos de veneno, cebos envenenados y envenenamiento de animales requiere el mismo que se aplica para los casos de envenenamientos de personas o de fauna silvestre protegida.

El hecho de que un animal toque o coma veneno y se intoxique con éste conlleva la misma respuesta punitiva del Código Penal para el caso similar en el que un ser humano, adulto o niño, toque o coma veneno  (expuesto ilegalmente por un tercero) y se intoxique con éste.

¿A quién podemos contactar cuando tengamos conocimiento de que hay venenos o cebos envenenados?

En estos casos se debe actuar con carácter urgente y pensar cómo se actuaría si estuviera en peligro la vida de una persona ya que se debe proceder exactamente igual.

Por tanto, podemos realizar todos o algunos de los siguientes items que cito a continuación:

 

  1. Avisar por teléfono al 112.

 

  1. Llamar por teléfono, enviar email o comparecer en persona ante los agentes de la autoridad más cercanos (policía local, policía nacional, Seprona, guardia civil o agentes medioambientales).

 

  1. Contactar con el alcalde de la zona.

 

  1. Contactar con el concejal con competencias en materia de Animales.

 

  1. Contactar con el concejal con competencias en materia de Medio Ambiente.

 

  1. Contactar con el concejal con competencias en materia de Seguridad Pública.

 

 

A las autoridades citadas en los puntos dos a seis inclusive se las puede localizar fácilmente, vía email o teléfono que tengan publicado en la web del Consistorio o también a través de las redes sociales en el caso de que las utilicen para el desempeño de su cargo público.

Cuando contactemos con el 112 o cualquier otra autoridad debemos relatarle de forma clara la información que tengamos al respecto: la ubicación del sitio donde había veneno, descripción del posible sospechoso, indicación de personas o animales intoxicados si los hubiere. Igualmente, es importante que les indiquemos que envíen a agentes de la autoridad para inspeccionar e investigar los hechos denunciados, por tratarse de un delito de carácter público y existir un riesgo real e inminente para la vida de personas y de animales.

Y, sobre todo, no debemos tocar nada hasta que llegue un agente de la autoridad para inspeccionar el lugar de los hechos y proceda a su retirada aplicando el protocolo de cadena de custodia y los pasos legales a seguir para los casos de veneno.

Si no se realizara dicha actuación por ninguna autoridad tras tu requerimiento, puedes presentar un escrito ante el Ayuntamiento y ante la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma del lugar de los hechos, comentando todo lo ocurrido y solicitando información sobre el protocolo de actuación para el caso de vertido de venenos y envenenamientos que pueda afectar a colonias felinas y animales domésticos.

Querido lector: si deseas realizarme alguna consulta sobre protección animal o formarte conmigo puedes contactarme a través de mi web  https://www.deanimals.com/

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