Dolores Vázquez: injusticia judicial, social y política
El pasado 27 de abril Dña. Dolores Vázquez recibió del Ministerio de Igualdad la Medalla a la promoción de los valores de igualdad en el Día de la Visibilidad Lésbica. Ese día, la Sra. Vázquez hizo un discurso que he escuchado íntegramente, en el que dijo, entre muchas otras cosas, que está orgullosa de sí misma y que ha logrado despejar, poquito a poco, solita, todo un sufrimiento. También dijo que cuando salió –de prisión, se entiende– estaba sola en el mundo y que este homenaje es algo que siempre ha deseado, desde el minuto uno. Terminó su discurso –en las grabaciones que he visto– diciendo “quiero más”.
En algunos medios he leído que también afirmó que espera recibir un perdón más amplio, también de la sociedad y de los medios de comunicación, así como una compensación económica, pero que “es el Gobierno el que tiene que decidir” y que cree que “con buena fe todo es posible”.
El caso Wanninkhof fue un caso claro de error judicial en el contexto de uno de los ejemplos más paradigmáticos de juicio paralelo que hayamos conocido. Ciertamente, se generó un ambiente social tal que, según se ha escrito en muchas ocasiones, el juicio oral –por Tribunal del Jurado– habría sido un mero trámite, pues la sentencia ya estaba escrita de antemano por la justicia popular que, se quiera o no, también se imparte en nuestra sociedad.
La propia Dolores Vázquez, en el discurso de la pasada semana, afirmó que el día en que se emitió el veredicto, una funcionaria de la prisión le dijo, cogiéndole las manos, que no tuviera mucha esperanza porque ya había sido condenada de antemano.
El caso Wanninkhof lo recordamos muchas personas. Es sencillo de relatar, pero tremendamente duro de asumir. Sin necesidad de más detalles: el 9 de octubre de 1999 desapareció la joven de 19 años Rocío Wanninkhof y el 2 de noviembre siguiente apareció su cadáver; tras muchas conjeturas la Guardia Civil detiene el 7 de septiembre de 2000 como principal sospechosa del crimen a la Sra. Vázquez, que ingresa en prisión preventiva y permane privada de libertad un total de 17 meses. En el juicio se argumentó ampliamente acerca de la relación sentimental que la acusada había tenido en el pasado con la madre de la joven Rocío. El 25 de septiembre de 2001, tras el veredicto del Tribunal de Jurado, se dicta sentencia condenatoria a 15 años y 1 día de prisión por un delito de asesinato, sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anula posteriormente por falta de motivación, ordenando celebrar un nuevo juicio, en resolución confirmada por el Tribunal Supremo. Finalmente, se descubrió casualmente, a raíz del asesinato de otra joven, que el asesino era otra persona. La Sra. Vázquez fue exculpada, sin que haya sido indemnizada al parecer por diversos problemas técnicos en relación con su reclamación, y se marchó posteriormente a vivir a Inglaterra. Como dijo en su discurso, en ese momento “estaba sola en el mundo”.
Esto fue lo que ocurrió, a muy grandes rasgos, en el procedimiento judicial.
Pero pasaron muchas más cosas, desde luego. En primer lugar, se produjo el juicio paralelo mediático más llamativo de los que yo haya conocido nunca -y ya van varios-.
En varios medios de comunicación se montaron auténticos shows, con programas especiales, mesas redondas, con conclusiones sobre la culpabilidad de la Sra. Vázquez. No me referiré a medios y programas concretos ni a sus direcciones -ya saben, no quiero querellas-, pero la realidad es que hubo claros ejemplos de un ejercicio indecente de sensacionalismo y dramatismo, de un lado, y predisposición contra la Sra. Vázquez, de otro. Fuera por razón de su pasada relación sentimental con la madre de la asesinada y/o por otras razones, no acierto a comprenderlo, pero lo cierto es que así fue.
Hay sobre este caso varios trabajos universitarios, tanto desde el punto de vista del ejercicio del periodismo como acerca del Tribunal de Jurado. En dichos análisis se concluye que, entre otros muchos medios, incluso diarios escritos considerados “serios”, de máxima tirada, vulneraron los derechos fundamentales de la Sra. Vázquez a la presunción de inocencia y al honor, la intimidad y la propia imagen, generando juicios paralelos a través de sus informaciones y valiéndose del sensacionalismo informativo para alimentar el interés de la audiencia por el caso, por ejemplo, dando prioridad a las declaraciones del Fiscal y de la acusación en detrimento de las de la defensa y mostrando una clara discriminación por la orientación sexual de la acusada.
Si solamente se hubiera pretendido -y conseguido, desde luego- vender más periódicos y más programas, incluso habiendo sido extraordinariamente lamentable, habría sido un mal menor. Pero la irresponsabilidad de muchos medios fue tal que, incluso siendo conscientes de su papel -al menos, venían obligados a serlo-, se incumplieron todos los códigos deontológicos y, lo que es realmente un mal mayor, se generó una conciencia social contraria a atender a ningún elemento exculpatorio de la Sra. Vázquez y favorable a demostrar cada día su culpabilidad. Lo que, sin duda, tuvo su resultado, el buscado: su culpabilidad y condena judicial.
También llegó a afirmarse que, en este caso, contra lo que suele acontecer normalmente, las personas candidatas a formar parte del Tribunal de Jurado no presentaron apenas excusas, pareciendo que todas ellas querían formar parte del Tribunal. A lo que se añade que hay un convencimiento bastante extendido -imposible de acreditar, desde luego- de que, de haber sido juzgado el caso por un Tribunal profesional, la sentencia habría sido distinta y que la Sra. Vázquez fue condenada por un Tribunal del Jurado muy influenciado por las noticias incriminatorias de los medios de comunicación y el “clamor social” resultante.
En España, como en otros países, existe el Tribunal de Jurado como instancia de decisión, como medio de participación ciudadana en la Administración de Justicia, según el artículo 125 de la Constitución, para algunos tipos de delitos, como el que se comenta. De este Tribunal de Jurado se predica una vocación de verdad con el componente de la “percepción ciudadana”, que se entiende reforzada por el deber cívico asociado al desempeño de una función que exige, asimismo, una gran responsabilidad. A través del Jurado, es la propia sociedad la que decide sobre los hechos juzgados: el juicio popular es, por tanto, democrático y soberano -aunque, constitucionalmente, desde luego, no más que el juicio profesional-.
Sin embargo, el hecho de que sea un grupo de ciudadanos el encargado de decidir sobre los hechos probados del caso hace que, en muchas ocasiones, se dude de la capacidad de los jurados de abstraerse de aquello que han conocido al margen del proceso judicial -de ahí el éxito de éste y otros juicios paralelos-. Buscar la “verdad” en este contexto del juicio con jurado popular tiene, si cabe, más dificultades, aunque ello no significa que el Jurado popular yerre más que un Tribunal profesional.
De otra parte, no debe olvidarse que el magistrado ponente, esto es, el presidente del Tribunal del Jurado, debió en este caso haber devuelto el veredicto a fin de que el mismo fuera debidamente motivado, lo que no hizo dicho juez profesional, permitiendo un veredicto sin motivación, como más tarde instancias superiores afirmarían.
¿Cabe utilizar este caso para dudar de la capacidad de enjuiciamiento del Tribunal del Jurado? En mi opinión, no, pese a todas las dudas que gran parte de la ciudadanía alberga al respecto. Un Tribunal del Jurado debidamente instruido por quien lo preside -profesional-, cuyo veredicto sea también debidamente examinado y, en su caso, sometido a corrección, ofrece todas las garantías que podemos legítimamente exigir.
En todo caso, volviendo al comienzo, Dolores Vázquez ha sido objeto de una enorme injusticia judicial, social y política. De las dos primeras ya he hablado algo. Resta la tercera, la política.
Cierto que ha sido homenajeada en los términos antedichos. Pero también lo es que no ha sido indemnizada ni reparada de ninguna otra manera por sus 17 meses de prisión y todo el escarnio al que fue sometida, pese a que han pasado ya demasiados años. Y eso que solicitó una indemnización que le fue denegada en el año 2010 por el Ministerio de Justicia -no entraré en los detalles ni en el acierto o desacierto de esta decisión-, por un Gobierno socialista. La medalla recibida es de justicia, pero no es la única reparación que merece. Sea con ocasión del Día de la Visibilidad Lésbica o no, la injusticia cometida merece reconocimiento pleno y, desde luego, asunción de responsabilidades que, aunque ya sin contenido jurídico, hace tiempo debieron ser expresadas.
GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR.
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