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¿Caducan los derechos?

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Sólo si eres autónomo. Si has generado como trabajador por cuenta ajena prestación por desempleo y te das de alta como autónomo, la prestación tiene una fecha de caducidad (5 años) tras la cual no tienes la posibilidad de “disfrutarla”.

¿Te imaginas a un trabajador de una gran empresa al que después de 30 años trabajados le digan que ya no tiene derecho a esa prestación, que se le ha pasado el plazo? Y es que la prestación se solicita cuando se necesita.

Sindicatos y legisladores defienden principalmente a los trabajadores de las grandes empresas, públicas y privadas.

Un derecho no debe tener fecha de caducidad.

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