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Bankia, condenada a pagar más de 6 millones a 87 afectados por la Cooperativa Móstoles Sur, en Madrid

Bankia, condenada a pagar más de 6 millones a 87 afectados por la Cooperativa Móstoles Sur, en Madrid

EUROPA PRESS

MADRID —

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que el juez estima la demanda presentada por los afectados, obligando a la entidad a devolver las cantidades aportadas más los intereses legales correspondientes. Así, los compradores consiguen recuperar el dinero invertido por la compra de una vivienda que nunca les han entregado.

La indemnización a la que tiene que hacer frente Bankia asciende a 4.448.825 euros más 1.722.958 euros de intereses legales, lo que suma un total de 6.171.783 euros. La sentencia determina que “la Cooperativa nunca contrató el seguro o aval de la Ley 57/68, siendo responsable el Banco”.

Tras celebrar el fallo, la directora de El Defensor de tu Vivienda, Marta Serra, ha destacado que los tribunales siguen dando la razón a los cooperativistas y compradores de vivienda afectados por la compra de vivienda sobre plano.

“Ningún comprador debe dar nada por perdido ya que la Ley está a su favor y debe luchar por recuperar lo que es suyo. Juntos estamos consiguiendo que se ponga fin a las injusticias que multitud de cooperativistas y compradores de vivienda sobre plano han sufrido en los últimos años”, ha dicho.

PROMOCIÓN QUE NO SE CONSTRUYÓ

Móstoles Sur Sociedad Cooperativa Madrileña de Viviendas es una cooperativa que tuvo en proyecto desarrollar diferentes promociones; algunas se construyeron y la gente obtuvo sus viviendas, como en el caso de las casas de La Gavia.

Sin embargo, la promoción que iba a construirse en el Sector Las Viñas I en Navalcarnero nunca llegó a realizarse, por problemas fundamentalmente de desarrollo urbanístico.

La Cooperativa se constituyó en el año 2004, si bien, la mayoría de los cooperativistas se adhirieron en el año 2007. Aunque de los documentos firmados no resulta que hubiera una fecha concreta y comprometida de entrega de las viviendas de los planes de pagos pactados se deduce que la entrega estaba prevista en el año 2009.

No obstante, según ha apuntado la asociación, lo cierto es que a día de hoy las viviendas no se han empezado a edificarse ni se van a construir.

Por tanto, dada la situación y teniendo en cuenta que la cooperativa no contrató el seguro de entregas a cuenta o aval bancario que exigía la Ley 57/68, y dado que el banco tampoco verificó que dicha garantía existía para cubrir sus aportaciones en caso de que las viviendas no se entregasen en el plazo pactado por los cooperativistas, ahora, la entidad financiera debe responder frente a estos 87 cooperativistas de vivienda.

La sentencia afirma que “la Cooperativa nunca contrató el seguro o aval de la Ley 57/68, siendo responsable el Banco, dado que sabía que abonaban a la cooperativa los adelantos en una cuenta aperturada en dicha entidad, siendo además que Caja Madrid incluso financió a algunos socios la aportación inicial, los recibos se enviaban desde la oficina de Caja Madrid, dos meses antes, financió la primera de las promociones de la Cooperativa, los terrenos de pagaron con cheques bancarios emitidos por la oficina de Caja Madrid”. Por ello y en base a la Ley 57/68, el Juzgado declara a Bankia responsable.

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