El Supremo rechaza enviar el juicio de las mascarillas a la Audiencia Nacional como pidieron Ábalos y Koldo García
El Tribunal Supremo rechaza el último intento del exministro socialista José Luis Ábalos y quien fuera su asesor Koldo García para tratar de aplazar su primer juicio por corrupción, que se celebrará finalmente a partir del próximo 7 de abril en el Alto Tribunal.
La Sala de lo Penal desestima la mayoría de las alegaciones formuladas por sus defensas en la audiencia preliminar y acuerda que la vista por los contratos de mascarillas que dos entes dependientes del Ministerio de Transportes adjudicaron a la empresa de la trama y la contratación en empresas públicas de una expareja del exministro se celebre en el Supremo, tal y como estaba previsto, según ha adelantado la Cadena Ser y confirman fuentes jurídicas a elDiario.es.
Ambos habían impugnado la competencia del Alto Tribunal para enjuiciarles. Su tesis es que “no es competente” tras la renuncia al escaño de Ábalos el pasado 28 de enero. En la vista preliminar, la petición se encontró con la oposición de la Fiscalía, que consideró “descabellado” dejarles “poder elegir” el tribunal que les debe juzgar. El tribunal advierte que permitir el cambio de tribunal a estas alturas dejaría la competencia “al capricho del acusado”.
La resolución desestima las quejas por indefensión realizadas por las defensas de Ábalos y Koldo García, que alegaron que no se les han devuelto los discos duros que les incautó la UCO y que eso perjudica a su derecho de defensa. Según el auto, acusaciones y defensas han tenido acceso “en igualdad de condiciones” al material intervenido. Y afirma que el magistrado instructor facilitó plenamente el acceso a los «datos brutos» de ciertos materiales, una vez individualizados y previamente analizados y expurgados a petición de algunas defensas.
La Sala también rechaza que se vulnerara la inmunidad parlamentaria de Ábalos o que se le investigara ilegalmente antes de que el Congreso concediera el suplicatorio, tal y como afirmó su defensa. Los jueces defienden la jurisprudencia “respalda la posibilidad de realizar algunas mínimas indagaciones sobre un aforado antes de pedir el suplicatorio” para confirmas esas sospechas.
En el apartado de pruebas, la Sala admite gran parte de los testigos y peritos solicitados, pero rechaza citar a declarar a altos cargos políticos solicitados por las acusaciones y defensas por su “falta de relación” con el objeto del proceso o porque considera que sus testimonios no son necesarios para el esclarecimiento de los hechos imputados.
Así, los jueces rechazan que declaren como testigos el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, así como los ministros María Jesús Montero (Hacienda), Fernando Grande Marlaska (Interior) o los exministros Reyes Maroto y Salvador Illa.
Sí admiten la declaración como testigos del exministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, y de la presidenta del Congreso, Francina Armengol. Ambos eran durante la pandemia presidentes de Canarias y Baleares, respectivamente, gobiernos autonómicos que adjudicaron contratos a la empresa epicentro de la presunta trama.
También figuran, entre la lista de más de 75 testigos aceptados, la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano; la expresidenta de Adif Isabel Pardo de Vera, investigada en la Audiencia Nacional por el 'caso Koldo'; el exsecretario de Estado de Interior Rafael Pérez; el director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras; el exgerente del PSOE Mariano Moreno, así como exjefes de gabinete, expresidentes de Renfe, Correos y Puertos del Estado, y empresarios, familiares y allegados de los acusados.
Fuentes del entorno del exministro Ábalos señalan que, a su juicio, esta resolución prueba que la decisión de que el asunto fuera a ser juzgado por el Alto Tribunal estaba tomada de antemano a la vista preliminar. Afirman así que haber renunciado antes al escaño tampoco habría servido para trasladar el asunto a la Audiencia Nacional.
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