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El Tribunal de Cuentas alerta de que la Agencia Tributaria vulneró la ley al prorrogar tres contratos sin sacarlos a concurso

Una oficina de la Agencia Tributaria

Laura Galaup

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El Tribunal de Cuentas alerta sobre el incumplimento de la ley de contratación pública por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) al licitar varios servicios de limpieza. En uno de sus últimos informes el órgano fiscalizador advierte sobre la suscripción de tres contratos menores — en sus sedes de Bizkaia (10.628 euros), Asturias (1.047 euros) y Navarra (3.586 euros) — que fueron prorrogados, vulnerando así la normativa que regula las adjudicaciones estatales. En uno de esos expedientes examinados también se infringió la legislación porque el sumatorio del importe de las adjudicaciones analizadas superó “los límites cuantitativos” establecidos para ese modelo de adjudicación. 

El análisis elaborado por el tribunal se centra en tres expedientes, licitados como servicio de limpieza, en los que cada una de las adjudicaciones “sucede a otro contrato menor extinguido por expiración del plazo”, expone el informe de fiscalización elaborado por el tribunal. En estos casos, la Agencia Tributaria optó por pedir “oferta solamente al mismo empresario que había sido contratista en el contrato precedente, a quien se le adjudica el nuevo”. 

Ante estos hechos, el tribunal concluye que “la práctica expuesta supone de hecho la prórroga de cada uno de los tres mencionados contratos, lo que debe considerarse infracción de las previsiones contenidas en el artículo 29.8” de la ley de contratación del sector público, “que prohíbe la prórroga de los contratos menores”. Este epígrafe establece un límite de 40.000 euros para las licitaciones de obras y 15.000 euros para las adjudicaciones relacionadas con suministros o servicios. En estos casos, la regulación también establece que estas adjudicaciones “no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga”. 

En uno de los expedientes el tribunal llega a aludir a una práctica de “fraccionamiento temporal”. Se trata del contrato analizado con el importe más elevado (10.628 euros), que fue adjudicado el 1 de marzo de 2019 como un “servicio [de] limpieza para los edificios de la agencia estatal tributaria de Bizkaia del 1 al 15 de marzo”. El informe elaborado por el órgano fiscalizador recoge otros contratos menores con el mismo fin para ejecutarse del 16 al 31 de enero (12.283 euros) y del 16 al 28 de febrero (10.628 euros), sin especificar en el desglose realizado qué empresa recibió esa concesión. Según los datos aportados por la plataforma de contratación estatal, fue la compañía Masterclin SA la que gestionó esas tres adjudicaciones. Las tres fueron otorgadas por la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en el País Vasco a través de tres contratos menor de servicios y, de acuerdo a la información del portal de licitación pública, las tres licitaciones sumarían 33.500 euros. 

En este expediente el tribunal destaca entre las irregularidades que “se suceden con el mismo contratista varios contratos menores de duración quincenal que, acumuladamente, exceden los límites cuantitativos de los contratos menores, con infracción de lo establecido en el artículo 118.3” de la ley de contratación pública.

Alegaciones de la Agencia Tributaria

Ante las advertencias planteadas por el tribunal sobre la adjudicación de limpieza para una de sus sedes vascas, la agencia admite los hechos y expone que optaron por la fórmula de contratación expuesta para hacer frente a la suspensión de la adjudicación del contrato de limpieza del año 2019, que se produjo en diciembre de 2018 después de que uno de los licitadores  —“que había sido rechazado por baja temeraria”—  presentase un recurso. Al tratarse de un servicio esencial, se justifican desde la agencia, “era preciso que hubiera una continuidad”, exponen en las alegaciones presentadas ante el tribunal. 

En ese escrito explican que “por las fechas” no pudieron cubrir la contratación durante los meses en los que estuvo suspendido el concurso “mediante un procedimiento negociado sin publicidad”. Ante esta situación, recurrieron a un contrato menor para quince días: “Y hubo que volver a realizar otros por igual duración hasta la resolución del recurso que se produjo el 22 de febrero de 2019 rechazando las alegaciones del licitador y por tanto entonces se pudo continuar la tramitación para formalizar el contrato”. 

El tribunal apunta a dos expedientes más gestionados por la agencia contrarios a la ley de contratación pública. Las licitaciones señaladas son de menor cuantía que la anterior, una de 1.047 euros y otra de 3.586 euros. El primer contrato menor se emitió en mayo de 2019 por la delegación de Asturias para la limpieza de embarcaciones de vigilancia aduanera y el segundo se suscribió bajo el concepto “limpieza cristales exteriores escalera principal” del edificio de la delegación en Navarra. 

Como ha sucedido en la licitación del servicio de limpieza de la sede de Bizkaia, el órgano fiscalizador alerta de que en el expediente de cada uno de estos contratos menores consta que cada uno de ellos “sucede a otro contrato menor extinguido por expiración del plazo” y en cuya licitación solo se ha pedido oferta al mismo empresario que ya había gestionado este servicio. Por lo tanto, concluye el tribunal, la administración ha incumplido la ley de contratación. 

La Agencia Tributaria expone que en estos dos expedientes más “cumple individualmente las exigencias legales para la celebración de contratos menores”, recoge el informe. Desde el gabinete de prensa de la AEAT explican que en el adjudicación para limpiar los barcos de vigilancia aduanera en Asturias recurrieron a un “contrato puente” y defienden que está “ajustado a derecho, de conformidad con la doctrina de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado”.

El texto final del informe fue aprobado en marzo por el pleno del Tribunal de Cuentas y en él se han analizado las adjudicaciones de servicios de seguridad privada y de limpieza formalizados en 2018 y 2019 por autoridades administrativas independientes. La AEAT asegura que “no se han producido sanciones a raíz de estos casos”.

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