Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El concejal y la funcionaria de Chamberí que negaron licencia de obras a la pareja de Ayuso acabaron fuera de sus puestos
El PP de Feijóo cierra filas con Isabel Díaz Ayuso
OPINIÓN | '¡No disparen al periodista!', por Raquel Ejerique

Denuncian la aplicación de un síndrome no avalado por la ciencia para privar de la custodia de su hija a una mujer

Con la nueva ley desaparecería esta separación de tareas y cuidados y se otorgaría la custodia compartida desde que uno de los dos la solicite

Marta Borraz

Varias organizaciones feministas se han unido para enviar cartas al Ministerio de Justicia y al Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra una sentencia emitida por el Juzgado de Instrucción nº5 de Talavera de la Reina (Toledo) que priva a Susana Guerrero de la custodia de su hija de once años en favor de su padre, condenado por violencia de género en 2008.

El hombre intentó adoptar a Guerrero cuando tenía 13 años, que declara haber sido víctima de abuso sexual por su parte llegando a dejarla embarazada. Entonces ingresó en prisión provisional por la denuncia de la propia Policía, pero Guerrero no declaró en su contra. La decisión judicial que la aparta de la hija de ambos se basa en el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP), una supuesta patología que no ha sido avalada por la comunidad científica y que mantiene enfrentados a los psicólogos.

La decisión debe ser ratificada por la Audiencia Provincial de Toledo tras rechazar el recurso presentado por la defensa. En él el abogado pedía al tribunal paralizar el proceso alegando que existía una denuncia contra el hombre en Canarias por presunto maltrato contra la mujer y presuntos abusos sexuales hacia la menor. La Audiencia lo ha desestimado porque Guerrero dejó pasar los plazos procesales para informar de esta causa ante la jueza que ha dictado la sentencia. Algo negado por la defensa, que emitirá un escrito pidiendo explicaciones al tribunal.

Pero lo que ha desatado la alerta de las organizaciones, entre las que se encuentran la Asociación de Mujeres Juristas Themis o la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, es que la sentencia alude explícitamente al SAP, ideado en 1985 por el médico Richard Gardner en el proceso de litigio de la custodia de sus hijos.

Según el desarrollo de su teoría, un progenitor (la mayoría de las veces la madre) aliena a sus hijos contra el otro en el contexto de la disputa por su custodia. En este sentido, la sentencia se fundamenta en el informe de un psicólogo adscrito a los juzgados que concluye que el testimonio de la menor en contra del padre está “inducido” por la madre y habla de una “influencia perjudicial” de ella en la niña.

La mujer denuncia que “el psicólogo vio a la niña diez minutos” y su defensa asegura que ha pedido en múltiples ocasiones “el vídeo de la sesión sin éxito”. Además, dice, “no se aceptan los informes contrarios a esta versión”, que afirman que el testimonio de la niña sobre los supuestos abusos “cuenta con indicadores de veracidad suficientes” o los de Servicios Sociales que sostienen que “en la unidad familiar no se detecta situación de riesgo para la menor”.

Una “teoría pseudo-científica” para el CGPJ

Ninguna de las organizaciones científicas de referencia como la Organización Mundial de la Salud o la Asociación Americana de Psiquiatría, han reconocido el SAP como entidad clínica y el Consejo General del Poder Judicial lo ha invalidado. Este organismo niega en su Guía de Criterios de Actuación Judicial Frente a la Violencia de Género que sea una categoría clínica y habla de teoría pseudo-científica. Fuentes del mismo aseguran a eldiario.es que el de Guerrero no es un caso aislado. “Tenemos constancia de que el SAP se está utilizando en varias sentencias”, afirman.

Las mismas fuentes confirman que el próximo noviembre se actualizará esta guía para “reforzar la no recomendación de su uso”. El CGPJ teme que el supuesto trastorno, que el Gobierno instó a los jueces a no usar en 2011, “pueda ser utilizado para culpar a las mujeres de los miedos razonables de los niños hacia un padre violento”.

El CGPJ asegura que la negativa de algunos menores a ver al progenitor no custodio puede explicarse sin recurrir al SAP. Esgrime motivos como ansiedad del menor tras la separación de sus padres, inquietud ante la ausencia del progenitor custodio durante la visita, comportamiento inapropiado de uno de ellos o por la existencia de violencia hacia la madre o ellos mismos. De hecho, en su informe La justicia española ante el abuso sexual infantil Save the Children califica de “preocupante” que los juzgados den crédito al SAP “sin practicar una investigación exhaustiva, lo que podría conllevar la desprotección” de los menores.

La ONG alerta de que esto “pueda estar obstaculizando la investigación de presuntos abusos sexuales sospechados e incluso verbalizados por niños y niñas”. En este sentido se expresa la psicóloga forense Sonia Vaccaro que denomina el SAP como “una ideología sin validez científica que empezó a difundirse tras la aprobación de la Ley de Violencia de Género y es defendida por aquellos grupos que se dicen afectados por ella”. Vaccaro llama la atención sobre el hecho de que tratándose aparentemente de un trastorno, “¿cómo es posible que el tratamiento y el diagnóstico solo se manifiesten en el ámbito judicial?”.

La AEN rechaza su uso

Sin embargo, no existe unanimidad en España sobre el SAP. Hay psicólogos que sí validan su existencia. Entre ellos, José Manuel Aguilar Cuenca o aquellos que asesoran a organizaciones de padres divorciados. Es el caso de SOS Papá, que lucha por la custodia compartida impuesta y en su web califica el SAP de “maltrato infantil oculto”. Junto a otras publicaciones, cuelga artículos como “La violencia de género: una moderna caza de brujas” o “Réquiem por la justicia sometida a la ideología de género”.

Sus defensores argumentan que ha sido utilizado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en algunas sentencias y la Coordinadora de Psicología Jurídica del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España emitió en 2008 un comunicado en el que valida el “análisis de la problemática conocida como SAP” siempre que se haya descartado “por completo la existencia de cualquier forma de maltrato o negligencia” con el niño. Ese comunicado fue contestado por varios psicólogos como Andrés Montero, entonces integrante de la Sección de Psicología Jurídica del Colegio de Madrid.

Los valedores del SAP aseguran que produce “un grave daño en el bienestar emocional y en el desarrollo de los menores que lo sufren”. Así se expresan los psicólogos C. Segura, M.J Gil y M.A Sepúlveda, que reconocen tres niveles de SAP. En casos severos, dicen, “pueden darse denuncias falsas por maltrato hacia los menores […] y hace que adopten un rol de víctimas de algo que no han sufrido”.

Por el contrario, la Asociación Española de Neuropsiquiatría (AEN) rechaza del uso del SAP y asegura que es “un grave intento de medicalizar lo que es una lucha de poder por la custodia de un hijo”. La organización lo define como “castillo en el aire” de Gardner, que nunca demostró su teoría y solo “se basó en sus opiniones personales”. Mikel Munarriz, presidente de la organización, resalta “el sesgo de género del SAP” que perpetúa “la idea de que las malas son siempre las mujeres”.

La AEN explica cómo “cualquier intento de la madre por evitar que le quiten la custodia se convierte en nuevas pruebas” de manipulación y “cualquier intento de protesta del menor, en nuevos síntomas”. Por lo que, concluye la AEN, “el SAP se construye de modo que nunca pueda ser refutado”.

stats