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El Gobierno precisa los detalles de la entrada en vigor de las medidas de alarma

El Gobierno decreta el estado de alarma para frenar la segunda ola del coronavirus
Madrid —

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Madrid, 25 oct (EFE).- El Gobierno ha precisado los detalles de cuatro de las medidas que se derivan de la declaración del estado de alarma, aprobada hoy por el Ejecutivo en un Consejo de Ministros extraordinario para frenar el avance del coronavirus.

En un comunicado, la Secretaría de Estado de Comunicación ha señalado que la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno “será efectiva desde hoy mismo en todo el territorio nacional, salvo para el caso de la comunidad autónoma de Canarias”.

En cuanto a la limitación de entrada y salida de las comunidades autónomas o de ámbitos territoriales inferiores, la de reuniones en la calle o domicilios y la de permanencia en lugares de culto, “no serán efectivas hoy” con la entrada en vigor del estado de alarma, sino “cuando lo decida” el presidente de cada comunidad autónoma, “teniendo en cuenta la evolución de los indicadores epidemiológicos, y previa comunicación al Ministerio de Sanidad”, indica la nota.

El Gobierno ha anunciado la declaración del estado de alarma desde este domingo, y con la intención de que pueda alargarse hasta el 9 de mayo de 2021, para frenar la segunda ola del coronavirus y dar cobertura legal al toque de queda nocturno.

Los presidentes autonómicos serán las autoridades competentes mientras dure el estado de alarma, y además el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que reúne a Ministerio de Sanidad y a las consejerías territoriales, se encargarán de ir modulando las medidas según la evolución de la pandemia.

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