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La Ley de Ciencia deja de penalizar a los investigadores con contrato temporal que cojan permisos para cuidar

Varias científicas en un laboratorio en una imagen de archivo

Marta Borraz

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Elegir entre cuidar a su hija enferma y prematura o acabar su proyecto de investigación. Es la situación a la que estaba abocada la científica Evelina Leivada, contratada doctora en la Universidad Rovira i Virgili de Tarragona gracias a una de las ayudas a la contratación más prestigiosas del Ministerio de Ciencia e Innovación. La cuestión es que la reducción de jornada que necesitaba pedirse para atender a su bebé, que nació con 25 semanas, no era uno de los supuestos que hacían alargar este tipo de contratos temporales, por lo que las horas se acabarían perdiendo. Su caso ha inspirado un cambio en la ley.

Hasta ahora, los contratos temporales de investigación, que tienen una duración determinada, solo podían ser prorrogados bajo las circunstancias de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y lactancia o durante el permiso de maternidad y paternidad. Lo que dejaba fuera a quienes pidieran otro tipo de permisos disponibles en la legislación para conciliar, como era el caso de Evelina. El departamento dirigido por Diana Morant recibió a la mujer e impulsó junto a Unidas Podemos una enmienda a la Ley de Ciencia para ampliar estos supuestos.

La norma fue aprobada definitivamente por el Congreso a finales de agosto y entró en vigor el pasado 7 de septiembre. A partir de ahora, los contratos temporales tanto predoctorales como postdoctorales (con una duración máxima de cuatro y seis años respectivamente) no penalizarán a quienes se acojan a permisos por un amplio abanico de motivos: reducciones de jornada por nacimiento de hijo prematuro u hospitalizado, por cuidado de menores o familiares afectados por enfermedad grave, personas dependientes u otras “situaciones análogas”, así como “por razones de conciliación” o por violencia de género. En estos casos, al igual que pasaba antes con los permisos de maternidad y paternidad, se prorrogará el contrato el tiempo equivalente a las horas reducidas, especifica la ley.

Evelina considera un éxito y “una victoria” la modificación legislativa. “Creo que todos los científicos y las científicas salimos beneficiadas de este cambio”, asegura en conversación con este medio. No sabe todavía si ella entra en la nueva redacción porque la convocatoria con la que ella entró a la universidad es anterior, pero está a la espera de respuesta por parte del ministerio. Aún así, se muestra orgullosa de que “las y los futuros investigadores no tendrán que elegir entre cuidar a su hijo o hija y acabar su contrato de investigación”.

Sindicatos como CCOO, que durante la tramitación de la ley reclamaron a los partidos políticos que lo incluyeran como enmiendas, celebran el cambio. “Es una medida a la que no se le ha dado tanta importancia porque el tema de la conciliación siempre se ha dejado muy de lado en el sector de la investigación, pero es un gran avance”, opina su portavoz, Elisa Fernández. La situación anterior “suponía que se penalizara a las personas con necesidades de conciliación, dificultando aún más la ya de por sí complicada carrera investigadora e incrementándose la brecha de genero al ser mujeres las principales afectadas”, prosigue.

La “tubería rota” de la ciencia

Esto es así porque son ellas mayoritariamente las que siguen acogiéndose a este tipo de permisos y sobre las que en mayor medida recae la carga de cuidados. Además, en este sector el desarrollo profesional está estrechamente vinculado a mantenerse activo publicando y haciendo méritos, lo que perjudica a quienes, como en estos casos, por motivos de conciliación, deben dejar en suspenso sus carreras.

Son, de hecho, las dificultades para conciliar uno de los elementos que influyen en que en ciencia se produzca la llamada metáfora de la “tubería rota”, que viene a decir que aunque las mujeres tienen una representación mayor o igual que los hombres en las primeras etapas de la carrera investigadora, esta proporción desciende a medida que avanzan en ella y sube el rango. Esto da lugar a un “gráfico de tijera” en la representación de las mujeres en las diferentes etapas de la carrera.

Para Evelina, que cuando hizo la denuncia basándose en su propia experiencia, era “frustrante” haber dedicado años a la ciencia pero arriesgarse por el parón de cuidar a su hija “a perder la oportunidad de construir un currículum competitivo solo por ejercer este derecho”. No era algo inocuo ni para ella ni para su carrera: “Una vez acabado el contrato se prevé lograr una plaza permanente, y un currículum competitivo maximiza las posibilidades, pero ¿cómo lo voy a hacer si no tengo las mismas posibilidades de tener méritos que otros?”, se preguntaba en conversación con este medio.

Otra de las demandas que tenía la mujer, y que sigue manteniendo porque depende de la Seguridad Social, es que las bajas por maternidad se extiendan a las situaciones de muerte fetal independientemente de las semanas de gestación. Antes de dar a luz a su bebé, ella sufrió un aborto médico en la semana 20, pero no tenía derecho a prestación a pesar de haber sido “el momento más difícil de mi vida”. La ley actualmente concede el permiso si el fallecimiento del feto se produce a partir de la semana 26. También en esos momentos Evelina tuvo que seguir produciendo. “Estuve activa incluso cuando estaba perdiendo a mi bebé, incluso justo después de haberlo perdido”, cuenta.

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